Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de junio de 2016 /

El Peruano

lo cual, a través de los Oficios N°s 1065 y 1087-2016-SG/ MINSA, el Ministerio de Salud solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma total de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 8 477 591,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos 449: Gobierno Regional del Departamento de Ica y 458: Gobierno Regional del Departamento de Puno, destinado al financiamiento de la operación y mantenimiento del Hospital de Apoyo de Nasca y del nuevo Centro de Salud Acora, respectivamente, en el marco de lo señalado en el numeral 36.1 del artículo 36 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; De conformidad con lo establecido en el artículo 36 de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público en el Año Fiscal 2016; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 SOLES (S/ 8 477 591,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de los pliegos Gobierno Regional del Departamento de Ica y Gobierno Regional del Departamento de Puno, destinado a financiar la operación y mantenimiento del Hospital de Apoyo de Nasca y del nuevo Centro de Salud Acora, respectivamente, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA Gobierno Central 011 : Ministerio de Salud 001 : Administración Central - MINSA En Soles

1.2 El detalle de los recursos asociados a la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 se encuentra en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo y se publicará en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe) y del Ministerio de Salud (www.minsa.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (05) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de junio del año dos mil dieciséis. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1391146-3

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para Equipamiento de Infraestructura Hospitalaria

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 8 477 591,00 --------------------8 477 591,00 ============ En Soles Instancias Descentralizadas 449 : Gobierno Regional Departamento de Ica 402 Salud Palpa - Nasca del

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 6 845 161,00 458 : Gobierno Regional Departamento de Puno 405 Salud Puno del

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016 a favor del pliego Poder Judicial
DECRETO SUPREMO Nº 148-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del pliego Poder Judicial; Que, el numeral 4.3 del artículo 4 de la Ley Nº 30373, Ley del Equilibrio Financiero de Presupuesto del

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3. Bienes y Servicios TOTAL EGRESOS 1 632 430,00 --------------------8 477 591,00 ============

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