Norma Legal Oficial del día 10 de junio del año 2016 (10/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Viernes 10 de junio de 2016 /

El Peruano

Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016
DECRETO SUPREMO Nº 149-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se ha aprobado el Presupuesto Institucional del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre; Que, el primer párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, autoriza excepcionalmente, la realización de transferencias de recursos de las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a favor del pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, con la finalidad de otorgar el financiamiento y cofinanciamiento del complemento remunerativo a cargo de dicha entidad, para la asignación de los gerentes públicos de acuerdo con la normatividad de la materia; Que, asimismo, el tercer párrafo de la citada Disposición Complementaria Final establece que para el financiamiento de dicha remuneración, se autoriza de manera excepcional a las entidades receptoras de gerentes públicos a efectuar transferencias de recursos a favor de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, de los recursos destinados a la contratación bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 de profesionales para los cargos que sean cubiertos con gerentes públicos; Que, por su parte, el cuarto párrafo de la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, establece que las transferencias de recursos se efectúan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante modificaciones presupuestarias en el nivel institucional aprobadas por Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector habilitador, a propuesta de este último; Que, mediante el Informe N° 181-2016-MINAGRIOPRES/OGPP, la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, solicita considerar el monto de DOSCIENTOS OCHENTA MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 280 547,00) a favor del pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, para financiar el pago de las remuneraciones de tres (03) gerentes públicos, correspondiente al período de junio a diciembre del presente año, asignados al pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, de acuerdo con lo establecido por la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; señalándose, asimismo, que cuenta con saldos disponibles en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, en la Categoría Presupuestal 9001: Acciones Centrales; en virtud de lo cual, a través del Oficio N° 811-2016-MINAGRI-SG, el Ministerio de Agricultura y Riego solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, tomando en cuenta el periodo correspondiente de junio a diciembre del presente año fiscal para el pago de las remuneraciones solicitadas, resulta necesario autorizar una transferencia de partidas hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 274 350,00), del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, a favor del pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, para los fines señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en la Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,

aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF y modificatorias; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, hasta por la suma de DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y 00/100 SOLES (S/ 274 350,00), del pliego 165: Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre a favor del pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil, para ser destinados al financiamiento del pago del complemento remunerativo de tres (03) gerentes públicos asignados al pliego Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, conforme a lo señalado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA ACCIONES CENTRALES ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios : TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA 274 350,00 ----------------274 350,00 En Soles : Gobierno Central 023 : Autoridad Nacional del Servicio Civil 001 : Autoridad Nacional del Servicio Civil En Soles : Gobierno Central 165 : Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre ­ SERFOR 001 : Administración Central - SERFOR

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001922 : Desarrollo de Grupo Directivo y Gerencial del Servicio Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales : TOTAL EGRESOS

274 350,00 ----------------274 350,00 ==========

Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente decreto supremo. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran, como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas

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