Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2016 (17/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

589728

NORMAS LEGALES

Viernes 17 de junio de 2016 /

El Peruano

los recursos naturales de una manera responsable y congruente con el respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, asimismo, de conformidad con el literal a) del artículo 7 de la Ley Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, dada por el Decreto Legislativo Nº 1013, el Ministerio del Ambiente tiene entre sus funciones específicas, formular, aprobar, coordinar, supervisar, ejecutar y evaluar el Plan Nacional de Acción Ambiental; Que, con Decreto Supremo N° 014-2011-MINAM se aprobó el Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERÚ: 2011-2021, señalando a su vez que el Ministerio del Ambiente se encargará de coordinar, supervisar, y evaluar el citado instrumento, en el marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental y del proceso estratégico de desarrollo del país; Que, el literal b) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008-MINAM, precisa que la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental tiene entre sus funciones conducir los procesos de formulación del Plan Nacional de Acción Ambiental, en coordinación con los órganos de línea; Que, de acuerdo al informe del visto, se ha elaborado la actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental - PLANAA PERÚ: 2011-2021 de manera participativa e inclusiva con las diferentes entidades públicas con competencia ambiental en los tres niveles de gobierno; dicho documento contiene los objetivos, metas prioritarias, acciones estratégicas e indicadores y metas en el corto, mediano y largo plazo, los cuales serán orientadores para la organización, diseño, ejecución y evaluación de los planes, programas, proyectos y agendas que en materia ambiental se realicen en el país al 2021; Que, previa a su formal aprobación, la citada propuesta requiere ser sometida a consulta para recibir opiniones y sugerencias de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que, corresponde emitir la presente resolución; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Secretaría General, de la Dirección General de Políticas, Normas e Instrumentos de Gestión Ambiental, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y, el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2009-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación de la propuesta de actualización del Plan Nacional de Acción Ambiental PLANAA PERÚ: 2011-2021, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Dicha publicación se realizará en el Portal Web institucional del Ministerio del Ambiente (http://www.minam. gob.pe/consultaspublicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de diez (10) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto normativo señalado en el artículo 1 de la presente resolución, deberán ser remitidas, por escrito, al Ministerio del Ambiente, cuya sede se encuentra ubicada en la Avenida Javier Prado Oeste N° 1440, San Isidro ­ Lima, y/o a la dirección electrónica planaa@minam.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL PULGAR-VIDAL OTÁLORA Ministro del Ambiente 1393577-3

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Designan representantes alternos del Viceministro de Comercio Exterior y de la Viceministra de Turismo ante el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental constituida por R.S. Nº 004-2016-MINAM
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 186-2016-MINCETUR Lima, 13 de junio de 2016 VISTO, el Memorándum Nº 259-2016-MINCETUR/ VMCE del Viceministro de Comercio Exterior, y el Memorándum Nº 615-2016-MINCETUR/VMT, y; CONSIDERANDO: Que, con Resolución Suprema Nº 004-2016-MINAM se conforma el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental de naturaleza temporal, encargado de revisar y evaluar las recomendaciones del Estudio del Desempeño Ambiental del Perú CEPAL/OCDE, así como elaborar un plan de acción para su implementación; Que, conforme el artículo 3 de la mencionada Resolución, se designa a El/La Viceministro/a de Comercio Exterior y El/La Viceministro/a de Turismo como representantes de dicho grupo de trabajo; Que, el artículo 4 de la citada Resolución Suprema, establece que las entidades del Poder Ejecutivo designan a su representante alterno, con rango de funcionario de alto nivel o con capacidad de decisión, mediante resolución del titular correspondiente; Que, en consecuencia, resulta necesario designar a los representantes alternos del Viceministro de Comercio Exterior y de la Viceministra de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo-MINCETUR, ante el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y la Resolución Suprema Nº 004-2016-MINAM. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como representantes alternos del Viceministro/a de Comercio Exterior y del Viceministro/a de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR ante el Grupo de Trabajo de la Comisión Multisectorial Ambiental constituida por Resolución Suprema Nº 004-2016-MINAM, a los profesionales que a continuación se detallan: -Señora Lourdes Loayza Bellido, Abogada de la Dirección de Norteamérica y Europa del Viceministerio de Comercio Exterior; y - Señora Nathaly Mendoza Díaz, Directora de la Dirección de Asuntos Ambientales Turísticos del Viceministerio de Turismo. Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución al Ministerio del Ambiente, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1393008-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.