Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 2016 (25/06/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 25 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590751

de Director/a Ejecutivo/a de la Dirección de Saneamiento Básico de la ex Dirección General de Salud Ambiental (CAP-P N° 1029), se encuentra calificado como de confianza; Que, según Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, que establece la nueva estructura orgánica del Ministerio de Salud, contemplando como órgano de línea a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, la cual tiene como unidades orgánicas a su cargo la Dirección de Salud Ambiental, la Dirección de Inocuidad Alimentaria y la Dirección de Fiscalización en Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del mencionado Decreto Supremo, establece que mediante Resolución Ministerial se establecen las acciones necesarias para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; Que, por Resolución Ministerial Nº 097-2016/MINSA, de fecha 15 de febrero de 2016, se asignó temporalmente las funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud correspondientes, entre otros, al puesto de Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Ambiental de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, a la licenciada en enfermería Susalen María Tang Flores; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 191-2016/ MINSA de fecha 16 de marzo de 2016, se dispuso la equiparación, en forma transitoria, de los órganos de la estructura orgánica del Ministerio de Salud aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2016-SA, con los órganos de su anterior estructura orgánica aprobada por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, equiparando a la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria con la ex Dirección General de Salud Ambiental; Que, mediante documento de Visto, la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria solicita dar por concluida la designación señalada precedentemente y que se efectúe la designación de la licenciada en enfermería Susalen María Tang Flores, bajo la modalidad de contratación administrativa de servicios, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849; Que, a través del Informe Nº 419-2016-EIE-OARH/ MINSA, remitido con Memorando Nº 857-2016-OGRHOARH-EIE/MINSA, la Oficina General de Recursos Humanos emite opinión favorable, en relación a lo solicitado por la Directora General de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, señalando que procede la designación de la profesional propuesta, bajo el régimen de contratación administrativa de servicios, en el cargo de Director/a Ejecutivo/a (CAP-P Nº 1029) de la citada Dirección General, el cual se encuentra calificado como de confianza; Que, en mérito a lo señalado precedentemente, resulta pertinente adoptar las acciones de personal necesarias a fin de asegurar el normal funcionamiento de la citada Dirección General; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro de Salud Pública y del Secretario General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo Nº 1057 y otorga derechos laborales; el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, aprobado por Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y sus modificatorias; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y el Decreto Supremo N° 0072016-SA, que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 812-2015/MINSA, por

las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Designar en la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, en el marco de la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, a la profesional que se detalla a continuación, en el cm argo que se indica, asignándole las funciones que se señalan:
Nombres y Apellidos Licenciada en Enfermería Susalen María Tang Flores Cargo Directora Ejecutiva de la Dirección de Salud Ambiental CAP ­ P Nº 1029

Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1396608-2

Designan representantes titulares del Ministerio de Salud ante los Comités Nacionales del Consejo Nacional de Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 442-2016/MINSA Lima, 22 de junio del 2016 Visto, el Expediente N° 16-045010-001 que contiene el Informe N° 06-2016-TLC-SECCOR/CNS y la Nota Informativa N° 034-2016-SECCOR/CNS, de la Secretaría de Coordinación del Consejo Nacional de Salud; CONSIDERANDO: Que, los artículos 1, 2, 4 y 6 de la Ley N° 27813, Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, establecen que el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud - SNCDS tiene la finalidad de coordinar el proceso de aplicación de la política nacional de salud, promoviendo su implementación concertada, descentralizada y coordinando los planes y programas de todas las instituciones del sector a efecto de lograr el cuidado integral de la salud de todos los peruanos, estando conformado por el Ministerio de Salud como órgano rector del sector salud y siendo el Consejo Nacional de Salud, el órgano consultivo del Ministerio de Salud, el cual constituye los comités nacionales de servicios de salud, información y planificación coordinadas; medicamentos; articulación docencia ­ atención de salud ­ investigación; y otros que estime pertinentes de acuerdo a sus fines; Que, los literales a), b) y c) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1161 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud, el formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de Promoción de la Salud, Prevención de Enfermedades, Recuperación y Rehabilitación en Salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; así como conducir el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud; Que, el literal a) del artículo 9 del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 0042003-SA, establece entre otros, que cada componente del Consejo Nacional de Salud puede designar un representante en cada Comité Nacional, el cual tendrá un alterno que concurre en ausencia del titular; no siendo requisito pertenecer al Consejo Nacional de Salud para ser miembro del Comité Nacional; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2016-SA, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, se aprueba la estructura orgánica y las funciones de los órganos y unidades orgánicas, en cuyo

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.