Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 140

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de junio de 2016 /

El Peruano

el área materia de visación de plano, y la superposición precisada en el párrafo precedente, tal como se colige del Informe Técnico Nº 1273-2013-SGPUC-GDU/MDSJL de fecha 2 de noviembre de 2013 e Informe Técnico Nº 046-2016-CRC-SGPUC-GDU/MDSJL de fecha 23 de mayo de 2016, confirmado por la Gerencia de Asesoría Jurídica en su Informe Nº 400-14-GAJ-MDSJL de fecha 2 de octubre de 2014, que implica para ambas resoluciones la inconcurrencia del requisito de validez a que se refiere el inciso 2 y 4 del Artículo 3 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444; Que, con el Informe Nº 304-2015-GAJ/MDSJL de fecha 10 de noviembre de 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica demuestra que la Resolución Sub Gerencial Nº 007-2014-SGHU-GDU/MDSJL de fecha 8 de enero de 2014 resulta ineficaz, y la Resolución Gerencial Nº 1152014-GDU/MDSJL de fecha 13 de noviembre de 2014 con vicios que causan su nulidad de pleno derecho, bajo la causal descrita en los inciso 1 y 2 del Artículo 10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444, cuya formalización se encuentra sujeto a los lineamientos previsto para tal fin en el Artículo 202 del mencionado ordenamiento legal, que permite, en sede administrativa, aplicar la nulidad de oficio de los actos administrativos incursos en vicios de nulidad, aún cuando hayan quedado firmes, y; Estando dentro del plazo legal para aplicar la nulidad de oficio en sede administrativa, y a lo previsto en el numeral 202.2 del Artículo 202 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar de oficio la NULIDAD de la Resolución Gerencial Nº 115-2014-GDU/MDSJL de fecha 13 de noviembre de 2014, emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, consecuentemente dejar sin efecto legal alguno la Resolución Sub Gerencial Nº 007-2014-SGHU-GDU/MDSJL de fecha 8 de enero de 2014 y Plano Nº 010-2014-SGHU-GDU/MDSJL, emitidos por la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas, en aplicación a lo regulado en el numeral 217.2 del Artículo 217 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la remisión de copia certificada de lo actuado a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la Entidad para la aplicación de lo preceptuado en el inciso 11.3 del Artículo 11 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. Artículo Tercero.- DISPONER la notificación del presente acto administrativo a la Asociación Las Lomas de la Fragata 26 de Noviembre y Agrupación Familiar 16 de Diciembre, en la forma y plazo regulado en el Artículo 18, 20 y 24 de la Ley del Procedimiento Administrativo General ­ Ley Nº 27444. Regístrese, comuníquese y cúmplase. EDILBERTO SANCHEZ SANCHEZ Gerente Municipal 1397332-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modificado por el artículo único de la Ley N° 30305, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el próximo 28 de julio se celebra el 195 Aniversario de la Declaración de la Independencia del Perú; Que, es necesario resaltar los hechos históricos trascendentes con el propósito de fortalecer y reafirmar nuestra conciencia cívica, fomentando la realización de actividades simbólicas tradicionales como el embanderamiento de todos los inmuebles en el distrito; En uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley N° 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el Embanderamiento General de las viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito de San Juan de Miraflores, durante el mes de julio, con motivo de la Celebración del 195 Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECORDAR a los titulares de las viviendas particulares e instituciones no estatales, que de conformidad con el Decreto Ley N° 11323 del 31 de Marzo de 1950, es obligatorio el uso de la Bandera Nacional (de forma rectangular, con los colores nacionales, sin escudo de armas); encontrándose reservado el Pabellón Nacional (con el Escudo Nacional al centro) para uso de los edificios del Estado. Artículo Tercero.- EXHORTAR a los vecinos del distrito a fin que efectúen la limpieza y pintado de las fachadas de los predios, para su mejor presentación y ornato general de la ciudad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal, el cumplimiento del presente Decreto, a la Secretaría General su publicación y a la Subgerencia de Relaciones Públicas y Comunicaciones su difusión. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAVIER ERNESTO ALTAMIRANO COQUIS Alcalde 1397666-1

MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de San Miguel
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2016/MDSM San Miguel, 17 de junio de 2016 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº240-2016-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el informe Nº0932016-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos, el informe Nº098-2016-GPP/MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el informe Nº005-2016-GDH/MDSM emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, el Acta de Instalación y Conformación de la Comisión Organizadora del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes de fecha 13.05.2016; y,

MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES
Disponen el Embanderamiento General de las Viviendas, instituciones públicas y privadas y locales comerciales del distrito, con motivo de la celebración del 195 Aniversario de la Independencia del Perú
DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2016/MSJM San Juan de Miraflores, 20 de junio del 2016

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