Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 141

El Peruano / Miércoles 29 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº309/MDSM, se aprobó la creación del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes ­ CCONNA, del distrito de San Miguel, quien en adelante se denominará CCONNA ­ SM, el mismo que constituye el espacio de ejercicio del derecho de participación de carácter consultivo por niñas, niños y adolescentes a nivel distrital elegidos democráticamente y que representen a diversos grupos y formas de organización donde generen propuestas para favorecer su desarrollo integral; Que, el artículo 8º de la ordenanza citada, dispone que la Comisión Organizadora del CCONNA del distrito de San Miguel, tiene entre sus funciones, elaborar el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes ­ CCONNA del distrito de San Miguel; Que, mediante informe de vistos las Gerencias de Desarrollo Humano y Asuntos Jurídicos, emiten opinión favorable por la procedencia del proyecto de Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes ­ CCONNA del distrito de San Miguel; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal y, en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y el artículo 42º de la ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR el Reglamento Interno del Consejo Consultivo de Niñas, Niños y Adolescentes del Distrito de San Miguel, que como anexo adjunto forma parte del presente Decreto de Alcaldía. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Humano, el cabal cumplimiento del presente decreto. Artículo 3º.- PUBLICAR el presente dispositivo legal en el Diario Oficial El Peruano y, en simultáneo, el texto íntegro del documento en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www. munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 1398169-1

ONWARD Internacional, su Instituto Internacional para el Desarrollo Local en Chile (IIDEL Chile), e Informes Nº 046-2016-UABA-OA/MDSMM, Nº 036-2016-OA/MDSMM, Nº 036-2016-OPP/MDSMM e Informe Nº 073-2016-OAJ/ MSMM de fecha 24JUN2016; y, CONSIDERANDO: Que, conforme el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607 establece que las Municipalidades Provinciales y/o Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dispositivo que es concordante con lo estipulado en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala además que la autonomía que la Constitución Política del Perú que establece para las Municipalidades radica que la facultad de ejercer actos de Gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal, Autorizar los viajes al exterior del país que, en representación de la municipalidad realice el Alcalde; Que, el artículo 10º de la Ley Nº 30372 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, establece que el requerimiento de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados en el numeral 10.1, en el caso de gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo y se publica en el diario oficial "El Peruano"; Que, la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y el Decreto Supremo Nº 47 ­ 2002 ­ PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 056 ­ 2013 ­ PCM, que aprueba el Reglamento sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos en su artículo Nº 2 establece que "( ...) la autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios , será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución..." Que, con fecha 14JUN2016 ONWARD Internacional, su Instituto Internacional para el Desarrollo Local en Chile (IIDEL Chile), remite una invitación al Alcalde para asistir al evento denominado "Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos Locales sobre Internacionalización de Municipios, Manejo de Riesgo y Planeamiento Presupuestal frente a Desastre Naturales y Vulnerabilidad, Modelos Sustentables de Ciudades Turísticas y Desarrollo de Ciudades Inteligentes (Smart Cities)", a llevarse a cabo en las ciudades de Santiago, Lampa, Valparaíso y Viña del Mar, durante los días 28, 29, 30 de junio y 01JUL2016, debiendo partir el 27 de junio y regresar al país el 02JUL2016; Que, con Informe Nº 046-2016-UABA-OA/MDSMM de fecha 23JUN2016 la Unidad de Abastecimiento señala que, efectuada la indagación del mercado, el costo referencial del pasaje a la ciudad de Santiago de Chile asciende a S/. 1,837-05; Que, a través del Informe Nº 036-2016-OA/MDSMM de fecha 24JUN2016 la Oficina de Administración señala que el costo que demandará el viaje del señor Alcalde asciende a S/. 1,837.55 por concepto de pasajes aéreos, S/. 5,272.83 por concepto de inscripción al evento y S/. 6,123.50 por concepto de viáticos por cinco (05) días, siendo el costo general total ascendente a la suma de S/. 13,233.38 (Trece Mil Doscientos Treinta y tres y 38/100 Soles); Que, con Informe Nº 036-2016-OPP/MDSMM de fecha 24JUN2016, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto señala que los pasajes, inscripción y viáticos del señor Alcalde, cuenta con disponibilidad presupuestal. Que, con Informe Nº 073-2016-OAJ/MSMM de fecha 24JUN2016, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que el objetivo del evento es la capacitación para gobiernos locales sobre internacionalización de municipios, manejo de riesgo y planeamiento presupuestal frente a desastres naturales y vulnerabilidad, así como la presentación de modelos sustentables de ciudades turísticas y desarrollo de ciudades inteligentes. Esta capacitación otorgará conocimientos de experiencia al señor Alcalde, representante de la Municipalidad, con la finalidad de que ese conocimiento y experiencias sean aplicados

MUNICIPALIDAD DE SANTA MARÍA DEL MAR
Autorizan viaje de Alcalde para participar en evento a realizarse en Chile
ACUERDO DE CONCEJO Nº 20-2016-MSMM Santa María del Mar, 24 de junio de 2016 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA MARÍA DEL MAR VISTO: En Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de la fecha, la Carta s/n de fecha 23JUN2016, a través del cual el Sr. Alcalde - Marwan Zakharia Kahhat Abedrabbo, solicita autorización de viaje al exterior del país del 27 de junio al 02JUL2016, a fin de poder participar en este evento denominado; "Gira Internacional de Capacitación para Gobiernos Locales sobre Internacionalización de Municipios, Manejo de Riesgo y Planeamiento Presupuestal frente a Desastre Naturales y Vulnerabilidad, Modelos Sustentables de Ciudades Turísticas y Desarrollo de Ciudades Inteligentes (Smart Cities)",organizado por

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