Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2016 (29/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 132

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de junio de 2016 /

El Peruano

requerimientos del sector turismo formulados por el ente rector de esta actividad, asimismo el artículo 3° establece como principios de la actividad turística los siguientes: Desarrollo Sostenible, Inclusión, No discriminación, Fomento de la Inversión privada; Descentralización; Calidad; Competitividad; Comercio Justo; Cultura Turística; Identidad y Conservación; Que, en base al Plan Vial Regional que establece las vías longitudinales y transversales que interconectan las provincias de la costa, sierra y selva de La Libertad, se han diseñado ejes estratégicos de desarrollo turísticos considerando el avance de la conectividad y servicios básicos, inventarios de recursos culturales y naturales, servicios de alojamiento, alimentación, transporte y actividades a desarrollar y sus potencialidades futuras, ejes que han recibido una denominación acorde a la naturaleza de sus potencialidades más resaltantes con la finalidad de su identificación en el contexto turístico regional; y son los siguientes: 1. RUTA MOCHE: Comprende las provincias de Chepén, Pacasmayo, Ascope, Trujillo y Virú. 2. RUTA DEL MAR A LOS ANDES: Comprende las provincias de Trujillo, Otuzco, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco y Julcán. 3. RUTA DE LA UVA Y EL VINO: Comprende las provincias de Trujillo, Ascope y Gran Chimú. 4. RUTA ALTO ANDINA: Comprende las provincias de Bolívar y Pataz. Que, dichos ejes constituyen a su vez circuitos y corredores que se interconectan entre sí y con las regiones circundantes obedeciendo a una integración dentro y fuera de territorio regional, y así permitir su correspondencia con los segmentos de la demanda turística estableciendo cadenas de valor con criterios de sostenibilidad y competitividad; Que, la propuesta busca integrar los recursos y servicios turísticos planteados desde la autenticidad y la vocación vivencial a fin de construir un destino a partir de la calidad e identidad cultural optimizando la comercialización conjunta, el nivel de satisfacción de la demanda y el desarrollo económico-social integral del territorio regional teniendo como ejes fundamentales la gestión empresarial, la responsabilidad ambiental y la inclusión social; Que, en Sesión Ordinaria de fecha 7 de Junio del año Dos Mil Dieciséis, el Pleno del Consejo Regional estando a lo acordado, con el voto aprobatorio y por UNANIMIDAD, y en uso de las facultades establecidas en la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y, sus modificatorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional; con dispensa de lectura y aprobación del Acta. HA APROBADO SIGUIENTE: LA ORDENANZA REGIONAL

coordinación con las instancias competentes públicas y privadas en el ámbito Local, Regional y Nacional. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano" y será difundida a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de La Libertad para su promulgación. En Trujillo, a los nueve días del mes de Junio del año dos mil dieciséis. JOEL DAVID DIAZ VELÁSQUEZ Presidente Consejo Regional La Libertad AL SEÑOR GOBERNADOR REGIONAL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR TANTO: Mando se registre y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional de La Libertad a los 14 JUN. 2016. LUIS A. VALDEZ FARIAS Gobernador Regional 1397342-1 DEL

Declaran de interés regional el fomento de la Cadena Productiva Apícola en la Región de La Libertad
ORDENANZA REGIONAL N° 014-2016-GRLL/CR EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias, y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 7 de Junio del 2016, el Proyecto de Ordenanza Regional presentado por el ex Consejero Regional por la Provincia de Ascope, Señor Julio Manuel Miyamoto Saito, dictaminada por la Comisión Ordinaria de Agricultura, relativo a "Declarar de Interés Regional el Fomento de la Cadena Productiva Apícola en la Región La Libertad", y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establece en su Artículo 192°, los Gobiernos Regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo y son competentes para dictar las normas inherentes a la Gestión Regional; Que, el artículo 1° de la Ley N° 26305, Declaran de Interés Nacional la Apicultura y la Actividad Agroindustrial de los Productos Apícolas, indica, declárese de interés nacional a la Apicultura y la actividad agroindustrial de los

Artículo Primero.- APROBAR Y OFICIALIZAR los siguientes Ejes Estratégicos de Desarrollo Turístico de la Región La Libertad con la denominación de Rutas Turísticas Regionales, por los considerandos expuestos en la presente Ordenanza Regional: 1. RUTA MOCHE: Comprende las provincias de Chepén, Pacasmayo, Ascope, Trujillo y Virú. 2. RUTA DEL MAR A LOS ANDES: Comprende las provincias de Trujillo, Otuzco, Sánchez Carrión, Santiago de Chuco y Julcán. 3. RUTA DE LA UVA Y EL VINO: Comprende las provincias de Trujillo, Ascope y Gran Chimú. 4. RUTA ALTO ANDINA: Comprende las provincias de Bolívar y Pataz. Artículo Segundo.- La Gerencia Regional de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía impulsará a través de sus planes y programas, en coordinación con las instancias pertinentes del Gobierno Regional de La Libertad y los Gobiernos Locales, las acciones y actividades que sean necesarias para la implementación y cumplimiento de los objetivos y metas propuestas en

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