Norma Legal Oficial del día 04 de marzo del año 2016 (04/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 56

579766

NORMAS LEGALES

Viernes 4 de marzo de 2016 /

El Peruano

del documento nacional de identidad, las mismas que han beneficiado a aquellos grupos poblacionales vulnerables que se encuentran en situación de pobreza y extrema pobreza, los adultos mayores, los pueblos indígenas, las personas con discapacidad, los niños y adolescentes, entre otros; Que teniendo en cuenta lo manifestado precedentemente, mediante Resolución Jefatural Nº 002-2015-JNAC/RENIEC (09ENE2015) publicada en el diario oficial El Peruano el 10 de enero de 2015, se dispuso ampliar la campaña gratuita a todo tipo de trámite para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco años (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2015; Que en ese contexto la Gerencia de Operaciones Registrales mediante el documento de vistos, solicita la continuidad del beneficio otorgado por la Resolución Jefatural antes mencionada; Que la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a través de los documentos de vistos, emite opinión favorable en relación a la propuesta presentada por la Gerencia de Operaciones Registrales, señalando además que la misma resulta factible de ser financiada con cargo a los recursos presupuestarios asignados a dicho órgano para el año 2016; Que mediante el documento de vistos, la Gerencia General emite opinión favorable con relación a lo solicitado por la Gerencia de Operaciones Registrales; Que teniendo en cuenta lo opinado por los órganos competentes, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Jefatural correspondiente; Que en virtud a lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, la autoridad administrativa podrá disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción; en tal sentido, resulta legalmente viable la gratuidad solicitada por la Gerencia de Operaciones Registrales con eficacia anticipada al primer día útil de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016; Que se hace necesario hacer de conocimiento la presente Resolución Jefatural a la ciudadanía; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y conforme a las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, el Reglamento de Inscripciones del RENIEC, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 124-2013-JNAC/RENIEC (10ABR2013), lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS; y de conformidad con el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Establecer con eficacia anticipada, la ampliación de la campaña gratuita a todo tipo de trámites para la obtención y expedición del documento nacional de identidad, para las personas adultas mayores a partir de los sesenta y cinco (65) años de edad, a nivel nacional, a partir del primer día útil de enero hasta el 31 de diciembre de 2016. Artículo Segundo.- Disponer que los gastos relacionados con la ejecución de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural, serán financiados con cargo a los recursos presupuestales asignados a la Gerencia de Operaciones Registrales para el año fiscal 2016. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Jefatural a las Gerencias de Operaciones Registrales, Tecnología de la

Información, Administración y Planificación y Presupuesto. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Imagen Institucional la difusión de la presente Resolución Jefatural. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1351930-1

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Autorizan viaje de magistrados a Italia y España, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 063-2016-P/TC Lima, 19 de febrero de 2016 VISTAS Las cartas cursada por el Secretario de la Comisión de Venecia el 26 de enero de 2016, el magistrado José Luis Sardón de Taboada a la Presidencia, de fecha 27 de enero de 2016, y el proveído de Secretaría General del 2 de febrero de 2016; y, CONSIDERANDO Que, la Comisión de Venecia tiene por objeto la defensa de principios básicos del constitucionalismo, entre ellos, la democracia, los derechos humanos y el imperio de la ley y, en ese ámbito, en la realización de sus sesiones plenarias, se generan espacios de diálogo, reflexión e intercambio de experiencias sobre temas vinculados a la consolidación de los sistemas constitucionales de Europa y del mundo en general; Que, el Estado peruano es integrante de la Comisión Europea para la Democracia -Comisión de Venecia- a través de la Ley y participa activamente de las actividades programadas; Que, del 11 al 12 de octubre del año en curso, se realizará la Sesión Plenaria 106 de la Comisión de Venecia en la ciudad de Venecia, Italia; Que, resulta pertinente la participación del magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani, como representante titular del Perú del Estado peruano ante la Comisión de Venecia; Que, asimismo, resulta muy importante y valiosa la participación del magistrado José Luis Sardón de Taboada, quien ha sido especialmente invitado a la sesión plenaria, pues su presencia le permitirá intercambiar experiencia en el área académica y jurisdiccional, la misma que, sin duda, redundará en beneficio de este Tribunal; Que, previamente a la realización de la Sesión Plenaria de la Comisión de Venecia de este año, se han concertado reuniones de trabajo los días 8 y 9 de octubre de 2015, el Presidente y Secretario General del Tribunal Constitucional de España con el magistrado José Luis Sardón de Taboada, a fin de coordinar e informar lo relacionado a la Décimo Primera Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, a realizarse este año en nuestro país; Que, el Secretario General ha informado que el Pleno, en su sesión del 29 de enero de 2016, ha autorizado el viaje de los magistrados, señores, Óscar Marco Antonio Urviola Hani y José Luis Sardón de Taboada, a la sesión plenaria de la Comisión de Venecia, y a las reuniones de coordinación que sostendrá el magistrado José Luis Sardón de Taboada en el Tribunal Constitucional Español; Que la participación del magistrado Óscar Marco Antonio Urviola Hani como representante titular del Estado peruano ante la Comisión de Venecia y la del magistrado José Luis Sardón de Taboada, como integrante de la delegación, permitirá intercambiar experiencia en el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.