Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2016 (05/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Sábado 5 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

579923

CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en el marco de las acciones de promoción de exportaciones programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto la participación conjuntamente con empresas peruanas agroexportadoras, en la feria "Natural Products Expo West 2016", a realizarse en la ciudad de Anaheim, California, Estados Unidos de América, del 11 al 13 de marzo de 2016, con el objetivo de promover la oferta exportable peruana de productos nutracéuticos y funcionales de las PYMES agroexportadoras peruanas en el mercado norteamericano; Que, es importante la participación en esta feria, por ser especializada en productos naturales y orgánicos, siendo la más importante de Estados Unidos de América; además, se ha incrementado la demanda por productos que contengan omegas y que provean de nutrientes necesarios en la dieta de los consumidores americanos, como es el caso del sacha inchi, la maca, quinuas, entre otros productos naturales que el Perú ofrece, en diferentes presentaciones; Que, en tal razón la Dirección de Promoción de las Exportaciones ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior del señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Anaheim, California, Estados Unidos de América, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida feria, realizando acciones de promoción de las exportaciones y brinde apoyo y asesoría a las empresas peruanas participantes; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, a la ciudad de Anaheim, California, Estados Unidos de América, del 9 al 14 de marzo de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo diversas acciones de promoción de las exportaciones durante la feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Viáticos N° Clase Económica día días US $ Arturo Alberto Zevallos Pérez 700,00 440,00 5 Nombres y apellidos Total Viáticos 2 200,00

la feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1352215-2

ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL
Incorporan el Numeral 3.3 al Artículo 1° de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N° 001-2016-OEFA/PCD que delega facultades en la Procuradora Pública del OEFA durante el Año Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 037-2016-OEFA/PCD Lima, 2 de marzo de 2016 VISTO: El Informe Nº 089-2016-OEFA/OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM, establece que el Presidente del Consejo Directivo es el Titular del OEFA y constituye la máxima autoridad ejecutiva de la Entidad; Que, asimismo, el citado Artículo señala que el Presidente del Consejo Directivo del OEFA se encarga de conducir el funcionamiento institucional y representar a la institución ante las entidades públicas y privadas, nacionales y extranjeras, así como enumera las funciones que le corresponden; Que, por su parte, el Literal i) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA establece que el Presidente del Consejo Directivo del OEFA se encuentra facultado a delegar funciones relacionadas con las competencias de su cargo, siempre que no sean privativas del mismo; Que, en ese sentido, mediante Resolución de Presidencia del Consejo Directivo Nº 001-2016-OEFA/ PCD, con el propósito de lograr una mayor fluidez en la marcha administrativa de la Entidad, la Presidencia del Consejo Directivo delegó determinadas funciones hasta la culminación del Año Fiscal 2016; Que, el Numeral 8 del Artículo 38º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1068 - Decreto Legislativo del Sistema de Defensa Jurídica del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2008-JUS, dispone que cuando el Estado actúa como demandado en procesos contencioso-administrativos, constitucionales y otros cuya naturaleza no sea pecuniaria, los procuradores públicos pueden conciliar o transigir, en los términos en los cuales han sido autorizados mediante las resoluciones expedidas por los titulares de las entidades respectivas; Que, adicionalmente, el citado Artículo 38º textualmente señala que "el Titular de la entidad, o la persona a quien delegue de forma expresa y por resolución del Titular de la entidad, cuenta con facultades suficientes para participar en procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los respectivos acuerdos, dentro de los límites establecidos por el presente artículo. Se puede delegar esta facultad en el procurador público de la entidad"; Que, en ese orden de ideas, mediante Informe Nº 089-2016-OEFA/OAJ del 2 de marzo del 2016, la Oficina

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el señor Arturo Alberto Zevallos Pérez, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante

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