Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2016 (05/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Sábado 5 de marzo de 2016 /

El Peruano

Montes Minaya quedando conformado el Colegiado de la siguiente manera: PRIMERA SALA LABORAL Dra. María Del Carmen Rita Gallardo Neyra Dr. Alexander Arturo Urbano Menacho Dra. Rosa Adriana Serpa Vergara (T) (T) (P)

Artículo Segundo: DESIGNAR a la doctora MARIA MAGDALENA CESPEDES CAMACHO, como Juez Supernumeraria del 22° Juzgado Especializado de Trabajo Permanente de Lima, a partir del día 07 de marzo del presente año y mientras dure la promoción de la doctora Serpa Vergara. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura, Coordinación de Personal de esta Corte Superior, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de Lima, Gerencia de Administración Distrital de esta Corte Superior y de los Magistrados para los fines pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese OSWALDO ALBERTO ORDOÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1352753-1

Aprueban reprogramación del proceso de selección para la designación de Jueces de Paz en el Distrito Judicial de Lima Sur
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 018-2016-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 7 de enero de 2016 VISTOS: La Ley N° 29824 ­ Ley de Justicia de Paz, Resolución Administrativa N° 1513-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 18 de setiembre de 2015; y Oficio N° 06-2015CSJP- CSJLIMASUR/PJ de fecha 31 de diciembre de 2015, mediante la cual la comisión pone en conocimiento de la suspensión de la convocatoria a selección de Jueces de Paz. CONSIDERANDO: La Ley N° 29824, Ley de Justicia de Paz, establece el mecanismo de participación popular para acceder el cargo de Juez de Paz, la elección popular y el proceso de selección del Poder Judicial, con la activa participación de la población organizada; y en ese sentido, mediante Resolución Administrativa N° 098-2012-CE-PJ, de fecha 06 de junio de 2012, se resolvió aprobar el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y el Reglamento de Selección de Jueces de Paz, precisando que en tanto no se implemente de manera efectiva el proceso de elección popular, se utilizará el mecanismo de selección, conforme al reglamento en referencia. Mediante Resolución Administrativa N° 1513-2015-P-CSJLIMASUR/PJ, de fecha 18 de setiembre de 2015, se procedió a convocar el Proceso de Selección para la designación de los Jueces de Paz de los distritos de: Pachacámac, Punta Negra, Pucusana y Punta Hermosa; asimismo, se dispuso conformar la Comisión de Selección para la designación de los Jueces de Paz del distrito judicial de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur. A través del Oficio N° 06-2015-CSJP-CSJLIMASUR/ PJ, de fecha 31 de diciembre de 2015, el Presidente de la Comisión de Selección para la designación de Jueces de Paz, pone en conocimiento de este despacho que, habiendo iniciado el proceso de selección de Jueces

de Paz, conforme al Cronograma del Proceso de Selección de Jueces de Paz publicado en el diario oficial "El Peruano", solo se propuso a un candidato por cada distrito, debiendo de proponerse cuando menos a tres postulantes; toda vez que, se debe elegir al Juez de Paz y dos accesitarios; en tal sentido, la Comisión acordó por unanimidad reprogramar el cronograma del proceso de selección, precisando que los postulantes deberán adjuntar a su propuesta una relación de adherentes cuya cantidad no debe ser menor al 10% de la población (que para el presente caso, se tomará en cuenta la población electoral hábil); dicha reprogramación se efectuará a partir de la invitación a la población organizada para que participe activamente en la selección de Jueces de Paz; toda vez que, la convocatoria ya fue iniciada; asimismo, se acordó que las carpetas de postulación propuestas hasta ahora, puedan ser completadas durante el proceso conforme al cronograma. A través del Oficio Circular N° 016-2015-ONAJUP-CE/ PJ, remitido por la Oficina de la ONAJUP, se recomendó que en los lugares donde ya se ha convocado a procesos de elección popular de jueces de paz, debe cautelarse que éstos culminen como máximo en el mes de diciembre; en los lugares en los que corresponda convocar a procesos de elección popular de jueces de paz, pero aún no se hayan hecho la convocatoria respectiva, se recomienda no hacerlas hasta la culminación de las elecciones generales; y las mismas reglas deberán ser aplicadas para los casos en los que corresponda convocar a procesos de selección de jueces de paz; ante ello, la Comisión informa que mediante Acta de Sesión N° 03, acordó por unanimidad tomar en cuenta las recomendaciones efectuadas, con el propósito de que la reprogramación del proceso de selección de Jueces de Paz en nuestro distrito judicial, no colisione con el proceso electoral iniciado mediante Decreto Supremo N° 080-2015-PCM1; y en ese sentido, dispuso reprogramar el cronograma del proceso de Selección de Jueces de Paz a partir del 11 de abril de 2016, el mismo que es puesto a consideración de este despacho. En este contexto, resulta pertinente aprobar la reprogramación del cronograma del proceso de selección de Jueces de Paz en el distrito judicial de Lima Sur, formulado por la Comisión de Selección para la designación de Jueces de Paz, el mismo que se inicia a partir del 11 de abril de 2016. El Presidente de la Corte Superior de Justicia, como máxima autoridad administrativa, dirige la política interna en el Distrito Judicial a su cargo, con la finalidad de cautelar la pronta administración de justicia, adoptando las medidas administrativas necesarias para su adecuado funcionamiento. Por tanto, estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos 3), 4) y 9) del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR LA REPROGRAMACIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN PARA LA DESIGNACIÓN DE JUECES DE PAZ EN EL DISTRITO JUDICIAL DE LIMA SUR; esto es: distrito de Pachacámac, Punta Negra, Pucusana y Punta Hermoza, el mismo que se inicia desde la invitación a la población organizada para que participe activamente en el proceso de Selección de Jueces de Paz, a partir del 11 de abril de 2016; y, conforme al anexo que forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente resolución al Señor Presidente de Corte Suprema de Justicia, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Oficina de Administración Distrital, Oficina de Imagen Institucional de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur y de los miembros de la Comisión designada, para los fines pertinentes. Publiquese, regístrese, cúmplase y archívese. PEDRO CARTOLIN PASTOR Presidente

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