Norma Legal Oficial del día 11 de marzo del año 2016 (11/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 88

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de marzo de 2016 /

El Peruano

presente resolución para su correspondiente inscripción en los Registros Públicos. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER MARTIN POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1354462-1

sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Susana Fabiola García Merino, Analista Principal de Regulación II del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica de la SBS, del 11 al 18 de marzo de 2016 a la ciudad de Ankara, República de Turquía, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo Viáticos US$ US$ 2 550,86 2 500,00

Autorizan viaje de funcionaria a Turquía en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 1282-2016 Lima, 09 de marzo de 2016 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES (e) VISTA: La comunicación cursada por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en la Quinta Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía, que se llevará a cabo del 14 al 17 de marzo de 2016 en la ciudad de Ankara, República de Turquía; CONSIDERANDO: Que, en octubre de 2013, Perú y Turquía anunciaron su intención de iniciar negociaciones para un Tratado de Libre Comercio, habiéndose realizado a la fecha cuatro rondas de negociaciones, en enero de 2014, noviembre de 2014, mayo de 2015 y noviembre de 2015, respectivamente; Que, es importante la participación de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS) para sustentar la posición en materia de servicios financieros en el Tratado de Libre Comercio entre Perú y Turquía; Que, en ese sentido, siendo de interés nacional e institucional, se ha considerado conveniente designar a la señorita Susana Fabiola García Merino, Analista Principal de Regulación II del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que en representación de esta Superintendencia, integre la Delegación Peruana que participará en la Reunión del Grupo de Negociación Comercio de Servicios, que tendrá lugar del 14 al 16 de marzo de 2016; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria para participar en el evento indicado, cuyos gastos por concepto de pasaje aéreo y viáticos serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y, En uso de las facultades que le confiere la Ley N° 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS N° 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y en virtud a la Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19

Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1354444-1

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE PIURA
Autorizan viaje de Consejero Regional y Servidor del Gobierno Regional a Ecuador, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 1222-2016/GRP-CR Piura, 2 de marzo de 2016 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú de 1993 modificada por Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680, en el artículo 191º, establece que: "Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia"; y en su artículo 192º inciso 1) dispone que: "Los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y su presupuesto"; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado con Ordenanza Regional Nº 212-2011/GRP-CR del 12 de setiembre de 2011, en su artículo 8º, numeral 3, señala como atribución del Consejo Regional, además de las señaladas en el artículo 15º de la Ley Nº 27867, el "Autorizar al Presidente Regional, Vicepresidente Regional, así como a los Consejeros Regionales a salir del país en comisión de servicios (...)"; Que, mediante Ley Nº 27619, de fecha 21 de diciembre de 2001, se regula la autorización de viajes al exterior de

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