Norma Legal Oficial del día 24 de marzo del año 2016 (24/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de marzo de 2016 /

El Peruano

Anuales de Control 2016 de diecinueve (19) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 027-2016CG de 08 de febrero de 2016, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el cual establece en el numeral 1 del artículo 22° que el Departamento de Control de Gestión, entre otros, revisa y consolida los Planes Anuales de Control (PAC). Asimismo, en el numeral 5 del artículo 19° se señala que la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico, propone la aprobación de los PAC; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3612015-CG de 11 de diciembre de 2015 se aprobaron, entre otros, los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control ­ año 2016" y la Directiva N° 016-2015-CG/ PEC "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2016 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, monitoreo y evaluación del Plan Anual de Control a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 6.2.1 que, los OCI contando con la conformidad de las unidades orgánicas de la cual dependen registrarán su proyecto de PAC en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web), los cuales serán revisados y validados por dichas unidades orgánicas, para su posterior remisión por el SCG Web al Departamento de Control de Gestión. Asimismo, en el numeral 6.2.2 se señala que el Departamento de Control de Gestión efectúa la revisión selectiva y la consolidación de los proyectos de PAC de los OCI en el SCG Web y elabora los documentos correspondientes para su aprobación, remitiéndolos a la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico para la tramitación correspondiente; Que, mediante la Resolución de Contraloría N° 0672016-CG de 15 de febrero de 2016, se aprobaron los Planes Anuales de Control 2016 de setecientos quince (715) Órganos de Control Institucional; Que, conforme al documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2016 de diecinueve (19) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República de las cuales dependen, correspondiendo proceder a la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22° y los literales b) y c) del artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:

anteriormente señalados, se encargarán de supervisar la ejecución de los Planes Anuales de Control 2016 aprobados. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 092-2016-CG Item 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 COD. ENTIDAD 0396 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAVELICA 0397 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TAYACAJA 0423 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CHUCO 0427 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE LAMBAYEQUE 0610 PROYECTO ESPECIAL OLMOS-TINAJONES 0633 GERENCIA REGIONAL DE SALUD II LAMBAYEQUE 0785 EMPRESA DE GENERACIÓN ELÉCTRICA SAN GABÁN S.A. 0979 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL 06 0989 DIRECCIÓN REGIONAL DE AGRICULTURA LAMBAYEQUE 1197 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORO 2136 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MOTUPE 2344 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAQUIA 3915 HOSPITAL DANIEL ALCIDES CARRIÓN HUANCAYO 4018 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL UTCUBAMBA 4255 EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL NORTE S.A. 4456 DIRECCIÓN SUB REGIONAL DE SALUD JAÉN 4649 UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CARHUAZ - ANCASH - UGEL CARHUAZ 5510 CENTRO DE GESTIÓN TRIBUTARIA DE CHICLAYO 6018 OFICINA NACIONAL DE GOBIERNO INTERIOR

1360352-1

INSTITUCIONES EDUCATIVAS
Autorizan emisión de duplicado de diploma de Grado Académico de Bachiller en Derecho otorgado por la Universidad Nacional de San Antonio Abad del Cusco
UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO RESOLUCIÓN Nº CU-041-2016-UNSAAC Cusco, 8 de febrero de 2016

Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2016 de diecinueve (19) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, las mismas que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN ANTONIO ABAD DEL CUSCO VISTO, el Expediente signado con Nº 546098, presentado por la señora Dora Eufemia Cabrera Navarrete, solicitando duplicado de Diploma que le confirió el Grado Académico de Bachiller en Derecho de la

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