Norma Legal Oficial del día 11 de mayo del año 2016 (11/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Miércoles 11 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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Fiscal de Apurímac, en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Abancay. Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Apurímac, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los Fiscales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1378557-11 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2166-2016-MP-FN Lima, 10 de mayo de 2016 VISTO: Los Informes Nºs. 08 y 19-2016-2016-FSC-FECORMP-FN, cursados por el doctor Jorge Wayner Chávez Cotrina, Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 084-2014-MP-FN-JFS, de fecha 16 de septiembre de 2014, se crearon, entre otras, la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de La Libertad, con competencia en el Distrito Fiscal de La Libertad y las provincias de Chiclayo, Lambayeque y Ferreñafe del Distrito Fiscal Lambayeque; así como, la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en la ciudad de Jaén y con competencia en las provincias de Jaén, San Ignacio y Cutervo. Que, mediante el Informe de Visto, el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, señala que en la ciudad de Chiclayo la delincuencia común se ha visto desplazada por el crimen organizado, puesto que se han detectado que cualquier acto delincuencial es planificado y coordinado por los integrantes de una organización con el líder de la misma, quien finalmente autoriza la comisión de éstos ilícitos; asimismo, señala, que existe falta de compromiso por parte de algunas instituciones, quienes impiden investigaciones eficaces y reservadas, lo que dificulta la lucha contra el crimen organizado; ello aunado a que, en la ciudad de Chiclayo no existe una Fiscalía Especializada Contra la Criminalidad Organizada, debiendo los Fiscales de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de La Libertad, desplazarse constantemente desde la ciudad de Trujillo, hacia las provincias del Distrito Fiscal de Lambayeque, donde tienen competencia, lo que genera que los justiciables no tengan un acceso oportuno a una pronta administración de justicia. Por lo que, propone el traslado de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en Jaén, a la ciudad de Chiclayo, así como la incorporación de un Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, a una Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada. Que, mediante Oficios Nº 226-2016-FECORJ-MPFN/JFSMC y 01-2016-3ºFPPC-CHICLAYO-4ºDI/JMCM, se remiten los consentimientos de los Fiscales Titulares cuyas plazas serían trasladas, conforme al pedido señalado en el párrafo precedente. El Fiscal de la Nación, es el titular del Ministerio Público, responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional, teniendo además como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno, permitiendo que los justiciables accedan a una pronta administración de justicia.

En ese sentido, es preciso señalar que debido al alto índice delincuencial registrado en la ciudad de Chiclayo, se ha verificado la necesidad de que dicha ciudad cuente con un equipo de Fiscales especializados en criminalidad organizada; por lo que, debe de dotarse de una Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada, la cual deberá de ejercer competencia en todo el Distrito Fiscal de Lambayeque. Estando a lo expuesto, resulta procedente la solicitud de traslado de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en Jaén, a la ciudad de Chiclayo, la misma que modificará su denominación en Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo; asimismo, debe de disponerse el traslado de un Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, integrado por un (01) Fiscal Provincial y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales, e incorporarse a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Chiclayo, con sede en Chiclayo; por otro lado, debe de modificarse la competencia de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de La Libertad. Que, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política del Estado y el artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Trasladar la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en Jaén, a la ciudad de Chiclayo, con todo su personal Fiscal y administrativo. Artículo Segundo.- Modificar la denominación de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, con sede en Jaén, en Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo, la cual tendrá competencia en el Distrito Fiscal de Lambayeque. Artículo Tercero.- Trasladar un Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Chiclayo, integrado por un (01) Fiscal Provincial y dos (02) Fiscales Adjuntos Provinciales, todos de carácter permanente, a la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Lambayeque, con sede en Chiclayo. Artículo Cuarto.- Disponer que la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de La Libertad, ejerza competencia territorial en el Distrito Fiscal de La Libertad. Artículo Quinto.- Facultar a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lambayeque y La Libertad, conforme a lo establecido en el artículo 77º, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 067-2009-MPFN, de fecha 23 de enero del 2009, disponga las medidas destinadas a regular la carga procesal de las Fiscalías Provinciales mencionadas en los artículos precedentes. Artículo Sexto.- Dar por concluida la designación del doctor Juan Francisco Mogollón Castillo, Fiscal Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, sede Jaén, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 4204-2015-MP-FN, de fecha 27 de agosto de 2015. Artículo Séptimo.- Dar por concluida la designación del doctor Wilfredo Casas Ramírez, Fiscal Adjunto Provincial Titular Especializado Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, sede Jaén, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1650-2015-MP-FN, de fecha 06 de mayo de 2015. Artículo Octavo.- Dar por concluida la designación de la doctora Luzmila Paredes Sánchez, Fiscal Adjunta Provincial Titular Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Jaén, Distrito Fiscal de Lambayeque,

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