Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2016 (16/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Miércoles 16 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

604229

1° 2° 3° . n°

Seriedad de las Propuestas Puntaje por (SP) Seriedad de las Propuestas ordenados de mayor a (PSP) menor SP1 PSP1=100 SP2 PSP2=(SP2/SP1)*100 SP3 PSP3=(SP3/SP1)*100 SPN ANEXO II REGLAMENTO DE BONOS SOBERANOS PSPn= (SPN/SP1)*100

en moneda nacional indexada, o podrán tener otro tipo de características, según se establezca en la emisión inicial. 1.9. Plazo al vencimiento La fecha de redención de los bonos será la que la Unidad Responsable haya determinado al momento de su primera emisión. El plazo al vencimiento de los bonos será el que efectivamente exista entre la fecha de liquidación de la colocación de bonos en el mercado primario o de la negociación del bono en el mercado secundario y la fecha de redención del respectivo bono. 1.10. Valor nominal Cada bono tendrá un valor nominal de S/ 1,000.00 (Un mil y 00/100 Soles) y podrán ser emitidos, comprados o vendidos en múltiplos de S/ 1,000.00. 1.11. Calculo de Cupón del Bono a Tasa Fija Los intereses correspondientes a los cupones se calcularán de la siguiente manera:

1. TÉRMINOS Y CONDICIONES DE LOS VALORES Y OPERACIONES 1.1. Marco estratégico de actuación La República del Perú, en el marco del Programa de Creadores de Mercado, de una gestión global de activos y pasivos financieros, y de su papel promotor del desarrollo del mercado de valores de deuda pública, realizará emisiones de Bonos Soberanos en el mercado primario, así como recompras y reventas de esos mismos valores en el mercado secundario, con la finalidad de alcanzar sus metas y objetivos estratégicos aprobados, en las condiciones establecidas en este Reglamento. 1.2. Emisor o contraparte La República del Perú. 1.3. Unidad Responsable EI Ministerio de Economía y Finanzas, en representación de la República del Perú, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público. 1.4. Denominación Los Bonos Soberanos, en adelante bonos, tendrán la denominación específica que se haya establecido en la respectiva convocatoria para su emisión inicial en el mercado primario. 1.5. Naturaleza

Cupón VN*
Donde: VN i n

i n

= Valor Nominal del Bono. = Tasa de interés nominal anual fija (Base de cálculo 30/360). = Número de pago de cupones que el emisor realizará cada año.

1.12. Cálculo de Cupón Corto o Largo del Bono a Tasa Fija Los intereses correspondientes al primer cupón, corto o largo, se calcularán de la siguiente manera:

Cupón VN *
Donde:

i n2 * n1 b

Los bonos son valores de contenido crediticio, nominativos, representados mediante anotación en cuenta y libremente negociables. 1.6. Registro, transferencia y custodia El registro de propiedad de los titulares de los bonos, así como la transferencia y custodia de dichos valores, se refleja exclusivamente en las anotaciones en cuenta que mantiene el Registro Contable que administren las Instituciones de Compensación y Liquidación de Valores (ICLV). Los bonos se listan en la Bolsa de Valores de Lima (BVL). 1.7. Categoría de los bonos Los bonos son valores que representan obligaciones directas, generales e incondicionales del Emisor. Su pago constituye una obligación que tiene el mismo nivel de prioridad que las deudas preferentes del Emisor de igual naturaleza, no aseguradas ni subordinadas. Los bonos son instrumentos del tipo `bono convencional', es decir, tienen cupones fijos más el pago del principal al final, salvo en la eventualidad que expresamente se indique otro tipo de características. 1.8. Moneda Los bonos son instrumentos de deuda en moneda nacional. En los casos que la Unidad Responsable considere conveniente, algunos de los valores podrán ser

VN i n1 n2

b

= Valor Nominal del Bono. = Tasa de interés nominal anual fija (Base de cálculo 30/360). = Numero de pago de cupones que el emisor realizará cada año. = Número de días contados desde la fecha de liquidación de la subasta del bono hasta la fecha previa al pago de cupón inclusive (base de 30/360). = Número de días del periodo del cálculo del cupón (Base de cálculo 30/360).

1.13. Cálculo del Principal del Bono VAC La fórmula a utilizarse para el reajuste del principal de los bonos será: Principal = VN × FR Donde: VN FR = Valor nominal del bono = Factor de Reajuste = Índice de cierre Índice de origen

El cálculo del factor a aplicar al principal de los bonos para efectos del pago a los titulares de los mismos se deberá realizar considerando un mínimo de ocho (8) decimales en cada una de las operaciones.

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