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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2016 (16/11/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 108

TEXTO PAGINA: 33

604243 NORMAS LEGALES Miércoles 16 de noviembre de 2016 El Peruano / algunos tramos de las Líneas de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa - S.E. Santa Rosa, C.H. Callahuanca – S.E. Huachipa y C.H. Callahuanca – S.E. Huampani, C.H. Moyopampa – S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa – S.E. Balnearios localizadas en zonas urbanas, por cuanto debajo de ellas existen construcciones; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 020-2008- EM se aprueba la Tercera Modifi cación al Contrato de Concesión N° 055-95, modifi cándose la extensión de la línea de transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa - S.E. Santa Rosa localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 035-2010- EM se aprueba la Cuarta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95, modifi cándose la extensión de la línea de transmisión, exponiéndose como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa – S.E. Balnearios localizada en zona urbana, por cuanto debajo de ella existen construcciones; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 043-2010-EM se aprueba la Quinta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 relacionada a la transferencia de la concesión de la Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Callahuanca – S.E. Huanza a favor de la Empresa de Generación Huanza S.A., creándose un nuevo Contrato de Concesión N° 055-95-A y un nuevo Expediente con N° 14002193-A; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 023-2012- EM se aprueba la Sexta Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 relacionada al plazo de ejecución de las obras, así como su correspondiente Cronograma de Ejecución de Obras contenido en la Cláusula Sexta del referido Contrato de Concesión N° 055-95; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 003-2014- EM se aprueba la regularización de la Séptima Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 relacionada a la regularización de las obras del “Desplazamiento de Línea de Transmisión de 60 kV C.H. Moyopampa – S.E. Salamanca y C.H. Moyopampa – S.E. Balnearios”; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 016-2014- EM se aprueba la regularización de la Octava Modifi cación al Contrato de Concesión Nº 055-95 relacionada a las modifi caciones en el trazo del recorrido de las líneas entre la torre 40 de la Línea de Transmisión de doble terna L-2008 y L-2009, y la S.E. Cajamarquilla y la torre 42 de la línea de doble terna L-2014 y L-2015; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 406-2016- MEM/DM se aprueba la transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica respecto a las Líneas de Transmisión N° 6 y N° 7 del cuadro señalado en el primer considerando, así como de las respectivas servidumbres; Que, EDEGEL S.A.A. mediante el documento con Registro N° 2650643 de fecha 24 de octubre de 2016, solicita la emisión de la resolución ministerial complementaria a la Resolución Ministerial N° 406-2016-MEM/DM a fi n de formalizar la transferencia de la totalidad de las instalaciones de transmisión incluidas en la concesión otorgada mediante la Resolución Suprema N° 31-95-EM; Que, sobre la base del Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres suscrito el 19 de julio de 2016 que establece que CONELSUR LT S.A.C. asume a partir del 1 de octubre de 2016 todos los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesión N° 055-95, así como de las servidumbres constituidas con arreglo a las disposiciones del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, la Dirección General de Electricidad mediante el Informe Nº 555-2016-MEM/DGE-DCE opina que procede aprobar la solicitud de transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica que realiza EDEGEL S.A.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C. respecto a las Líneas de Transmisión N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 8, N° 9, N° 10, N° 11, N° 12, N° 13, N° 14, N° 15 y N° 16 del cuadro señalado en el primer considerando, así como de las respectivas servidumbres, debiendo CONELSUR LT S.A.C. elevar a escritura pública el referido Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de los Servicios Públicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1436 del Código Civil, en el artículo 28 del Decreto Ley N° 258444, Ley de Concesiones Eléctricas y en el artículo 54 de su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Con la opinión favorable de la Directora General de Electricidad y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la transferencia de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en las siguientes líneas y subestaciones, así como de las respectivas servidumbres que efectúa EDEGEL S.A.A. a favor de CONELSUR LT S.A.C.: N° Salida/llegada de Línea eléctrica Tensión (kV) Líneas N° 1 C.H. Huinco – S.E. Sta. Rosa 220 2001/2002 2 C.H. Matucana – C.H. Callahuanca 220 2007 3 C.H. Matucana – C.H. Callahuanca 220 2007A 4 C.H. Callahuanca – S.E. Chavarría 220 2008 5 Derivación a Cajamarquilla 220 2009/2015 6 S.E. Purunhuasi – C.H. Callahuanca 220 716 7 C.H. Moyopampa – S.E. Santa Rosa 60 601/602 8 C.H. Callahuanca – S.E. Huachipa 60 603 9 C.H. Callahuanca – S.E. Huampaní 60 604 10 C.H. Moyopampa – S.E. Salamanca 60 605 11 C.H. Moyopampa – S.E. Balnearios 60 606 12 C.H. Callahuanca – C.H. Moyopampa 60 611 13 C.H. Huampaní – S.E. Ñaña 60 654 14 C.H. Moyopampa – S.E. Chosica 60 673 Artículo 2.- Tener como titular de la concesión defi nitiva mencionada en el artículo precedente a CONELSUR LT S.A.C. a partir del 1 de octubre de 2016, así como de las respectivas servidumbres de acuerdo a lo estipulado en el Contrato de Cesión de Posición Contractual de Concesiones y de Transferencia de Servidumbres que motiva la presente Resolución Ministerial. CONELSUR LT S.A.C. asume, desde la fecha indicada, todos los derechos y obligaciones que le corresponden de acuerdo a lo dispuesto en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento, y demás normas legales y técnicas aplicables. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial por una sola vez en el diario ofi cial El Peruano dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición por cuenta del nuevo titular de la concesión de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1452148-1 Autorizan transferencia financiera a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronorte Medio Sociedad Anónima - HIDRANDINA S.A RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 477-2016-MEM/DM Lima, 15 de noviembre de 2016