Norma Legal Oficial del día 16 de noviembre del año 2016 (16/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Miércoles 16 de noviembre de 2016 /

El Peruano

Designan Asesor I del Viceministerio de Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 387-2016-VIVIENDA Lima, 15 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor I del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Que, con Resolución de Alcaldía N° 470-2016-MDM de fecha 03 de noviembre de 2016, la Municipalidad Distrital de Miraflores del departamento de Arequipa, acepta la designación solicitada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para que el señor Julio César Hincho Delgado, ocupe el cargo de Asesor I del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en ese sentido, el citado servidor al término de la designación reasumirá las funciones del nivel de carrera que le corresponde, conforme a la reserva de su plaza respectiva en la entidad de origen; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo Nº 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Julio César Hincho Delgado, en el cargo de Asesor I del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1454125-2

ORGANISMOS REGULADORES

Organismos Regulares dictar en el ámbito y en materia de sus respectivas competencias, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, de conformidad con el Artículo 14° del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el diario oficial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales. Asimismo, dispone que dichas entidades permitan que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas, los cuales de conformidad con el Artículo 25° del Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM, no tendrán carácter vinculante ni darán lugar a procedimiento administrativo; Que, al amparo de lo dispuesto en los dispositivos mencionados y sobre la base del principio de transparencia contenido en el Reglamento General de Osinergmin, corresponde publicar el proyecto de resolución que ordena incorporar el Anexo B.1.2 "Procedimiento para la aprobación de los Planes de Inversión en Distribución Eléctrica de las empresas bajo el ámbito del FONAFE", sustituir el Artículo 7.1 y sustituir el Anexo B.1. por el Anexo B.1.1 sobre Fijación del VAD y Cargos Fijos, en la Norma "Procedimiento para Fijación de Precios Regulados", aprobada mediante Resolución Osinergmin N° 080-2012-OS/CD; Que, en este sentido, se ha emitido el Informe Técnico Legal N° 699-2016-GRT de la Asesoría Legal y División de Distribución Eléctrica de la Gerencia de Regulación de Tarifas, que complementa la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Artículo 3° de la Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley 27838, Ley de Transparencia y Simplificación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; Ley 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; el Reglamento General de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo 0542001-PCM; y en lo dispuesto en la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como en sus respectivas normas modificatorias, complementarias y conexas, y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de OSINERGMIN en su Sesión Nº 037-2016. SE RESUELVE:

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Disponen publicar proyecto de resolución relativa a la modificación de la Norma "Procedimiento para Fijación de Precios Regulados" en la página web de OSINERGMIN
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 249-2016-OS/CD Lima, 14 de noviembre de 2016 CONSIDERANDO: Que, conforme al literal c) del Artículo 3° de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, corresponde a los

Artículo 1°.- Disponer la publicación, en la página Web de Osinergmin: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que ordena incorporar el Anexo B.1.2 "Procedimiento para la aprobación de los Planes de Inversión en Distribución Eléctrica de las empresas bajo el ámbito del FONAFE", sustituir el Artículo 7.1 y sustituir el Anexo B.1. por el Anexo B.1.1 sobre Fijación del VAD y Cargos Fijos, en la Norma "Procedimiento para Fijación de Precios Regulados", aprobada mediante Resolución Osinergmin N° 080-2012-OS/CD, conjuntamente con su exposición de motivos y el Informe Técnico Legal Nº 6992016-GRT. Artículo 2°.- Definir un plazo de quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de la fecha de publicación del proyecto de resolución a que se refiere el artículo anterior, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias, a la Gerencia de Regulación de Tarifas de Osinergmin, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460, San Borja, Lima. Las opiniones y sugerencias también podrán ser remitidas vía fax al número 2240491, o vía correo electrónico a la dirección: distribucionelectrica@osinergmin.gob.pe La recepción de las opiniones y sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Sra. Carmen Ruby Gushiken Teruya.

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