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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (07/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 39

600985 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2016 El Peruano / N° 1057 y otorga derechos laborales; y en concordancia con lo dispuesto en los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo N° 002-2016-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el Abogado Iván Alfredo Zanetti Peinado al cargo de Secretario General, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar Temporalmente a la abogada Samantha Melody Mendoza Rueda, en el cargo de Secretaria General del Seguro Integral de Salud, en adición a sus funciones de Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Jefatural a los servidores mencionados en los artículos precedentes y a las unidades orgánicas del Seguro Integral de Salud para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 4.- Disponer que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y, en coordinación con la Ofi cina General de Tecnologías de la Información, en el Portal Institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS LUIS RICSE CATAÑO Jefe (e) del Seguro Integral de Salud 1438520-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban metas de gestión, fórmula tarifaria y estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2016 - 2021, por los servicios que brinda EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 019-2016-SUNASS-CD Lima, 4 de octubre de 2016VISTO:El Memorándum N° 147-2016-SUNASS-110 de la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta el estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal, para el quinquenio regulatorio 2016-2021, de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicadas por EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. 1, y ii) costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución de Gerencia de Regulación Tarifaria N° 005-2016-SUNASS-GRT, se inició el procedimiento de aprobación de: i) fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, y ii) costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L.; Que, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas 2, se ha cumplido con: i) publicar en el diario o fi cial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales, y ii) realizar la audiencia pública correspondiente el 5 de agosto de 2016; Que, la Gerencia de Regulación Tarifaria ha evaluado los comentarios realizados al proyecto publicado y los expresados con ocasión de la audiencia pública, conforme se aprecia en el Anexo N°12 del estudio tarifario que sustenta la propuesta fi nal de fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales que serán aplicados por EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. para el quinquenio regulatorio 2016-2021; Que, sobre la base del estudio tarifario, corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales de EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por el Reglamento de la Calidad del Agua para Consumo Humano 3, se ha considerado en la fórmula tarifaria recursos para la elaboración del Plan de Control de Calidad (PCC) y del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS); Que, en concordancia con lo dispuesto por la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; Que, de conformidad con la Ley N° 30045, Ley de Modernización de los Servicios de Saneamiento y su reglamento 4, se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven a la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos; Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la SUNASS y con la conformidad de las gerencias de Asesoría Jurídica, Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 16 de setiembre de 2016; HA RESUELTO:Artículo 1°.- Aprobar las metas de gestión que deberá cumplir EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. en el quinquenio regulatorio 2016-2021, así como los mecanismos de evaluación de su cumplimiento, los cuales se encuentran contenidos en el Anexo N° 1 de la presente resolución. Artículo 2°.- Aprobar la fórmula tarifaria que aplicará EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. durante el quinquenio regulatorio 2016-2021, así como sus condiciones de aplicación, de acuerdo a lo especi fi cado en el Anexo N° 2 de la presente resolución. Artículo 3°.- Aprobar la estructura tarifaria del quinquenio regulatorio 2016-2021 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L., conforme al detalle contenido en el Anexo N° 3 de la presente resolución. Artículo 4°.- Disponer la creación de: el fondo para fi nanciar las inversiones con recursos internamente generados por la EPS (fondo de inversiones), la reserva para la elaboración del Plan de Control de Calidad (PCC) y del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS), la reserva para la gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático, y la reserva para la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos; Para constituir el fondo de inversiones, la reserva para la elaboración del Plan de Control de Calidad (PCC) y del Programa de Adecuación Sanitaria (PAS), la reserva para la gestión de riesgo de desastres y adaptación al cambio climático, y la reserva para la implementación de mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos, EMSAPA YAULI LA OROYA S.R.L. deberá abrir las respectivas cuentas en el sistema bancario, así como depositar mensualmente durante los años del quinquenio regulatorio 2016-2021, los porcentajes de ingresos por