Norma Legal Oficial del día 07 de octubre del año 2016 (07/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de octubre de 2016 /

El Peruano

Autorizan al Banco Internacional del Perú Interbank la apertura y el cierre de agencias en los departamentos de Arequipa y Lima
RESOLUCIÓN SBS Nº 5197-2016 Lima, 30 de setiembre de 2016 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice la apertura de dos (2) agencias y el cierre de una (1) agencia, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria "D"; y, De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 y 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de dos (2) agencias: Agencia TF Mega Industrial Arequipa, situada en Calle Jacinto Ibañez Nº 315, Urbanización Parque Industrial, distrito de Cercado, provincia y departamento de Arequipa. Agencia TF Mall Aventura Cayma, situada en nivel (-1) del C.C. Mall Aventura Plaza de Cayma, Local LF 03, distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de una (1) agencia, según se indica: Agencia TF UTP, situada en Av. Petit Thouars N° 315 transversal a Corpancho, distrito de Lima, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1437565-1

modificación de modelos de pólizas de seguro en el Registro de Modelos de Pólizas de Seguro y Notas Técnicas" y N° 73 "Aprobación, modificación y adopción de Cláusulas Generales de Contratación", del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; y; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3082-2011 de fecha 11 de marzo de 2011, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; Que, mediante la Resolución SBS N° 4461-2016 se modificó el Reglamento de Transparencia de Información y Contratación con Usuarios del Sistema Financiero, aprobado mediante Resolución SBS N° 81812012, con la finalidad de mejorar el procedimiento de aprobación administrativa previa de cláusulas generales de contratación, mediante el uso de herramientas informáticas para su tramitación, así como disposiciones para su simplificación y reducción de plazos máximos; Que, a través de la Resolución SBS N° 4462-2016 se modificó el Reglamento de Registro de Modelos de Pólizas de Seguro y Notas Técnicas, aprobado mediante Resolución SBS N° 7044-2013, con la finalidad de mejorar y simplificar el procedimiento de aprobación administrativa previa y revisión administrativa posterior de pólizas, a través de las herramientas informáticas que la Superintendencia ha desarrollado para su tramitación; Que, a través de la Circular N° B-2232-2016, F-5722016, CM420-2016, CR-288-2016, EAH-21-2016, EDPYME-152-2016, EEDE-12-2016, S-662-2016 se regularon los procedimientos para la aprobación y/o registro de cláusulas generales de contratación y modelos de pólizas, estableciéndose las disposiciones aplicables a la tramitación de los procedimientos de aprobación y modificación de cláusulas generales de contratación y de condiciones mínimas, así como para el registro de modelos de pólizas de seguro; Que, como consecuencia de, lo descrito en el considerando anterior, la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Organización, ha propuesto la modificación de los procedimientos administrativos TUPA N° 71 "Registro y modificación de Modelos de Pólizas de Seguro en el Registro de Modelos de Pólizas de Seguro y Notas Técnicas" y N° 73 "Aprobación, modificación y adopción de Cláusulas Generales de Contratación" en los cuales se modificará los requisitos, plazo para resolver, entre otros aspectos, para adecuarlos a la normatividad vigente anteriormente citada; Que, corresponde a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le confiere el artículo 346° de la Ley N° 26702 y al artículo 38° de la Ley N° 27444, aprobar las modificaciones del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA institucional; y; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 367° de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y sus modificatorias; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar las modificaciones de los procedimientos administrativos TUPA N° 71 "Registro y modificación de Modelos de Pólizas de Seguro en el Registro de Modelos de Pólizas de Seguro y Notas Técnicas" y N° 73 "Aprobación, modificación y adopción de Cláusulas Generales de Contratación", cuyos textos se anexan a la presente resolución y se publican en el portal institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo Tercero.- La presente resolución entrará en

Modifican procedimientos administrativos TUPA Nº 71 "Registro y modificación de Modelos de Pólizas de Seguro en el Registro de Modelos de Pólizas de Seguro y Notas Técnicas" y N° 73 "Aprobación, modificación y adopción de Cláusulas Generales de Contratación"
RESOLUCIÓN SBS Nº 5309-2016 Lima, 6 de octubre de 2016 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe N°051-2016-DOC, que contiene el sustento técnico para la aprobación de las modificaciones de los procedimientos administrativos Nº 71 "Registro y

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