Norma Legal Oficial del día 28 de septiembre del año 2016 (28/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 28 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

600223

es determinada por el Consejo Directivo del OEFA, en atención a la carga procesal existente; Que, el Artículo 9º del RITFA, señala que las Salas Especializadas del TFA estarán conformadas por tres (3) vocales; Que, mediante la Resolución de Consejo Directivo Nº 021-2015-OEFA/CD, publicada el 30 de abril de 2015, se estableció la conformación de tres (3) Salas Especializadas del TFA competentes en las materias de minería, energía, y pesquería e industria manufacturera y, se designó a los vocales que las integran; Que, con Acuerdo Nº 023-2016 adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 002-2016 del 16 de setiembre de 2016, el Consejo Directivo acordó declarar la vacancia del cargo de Vocal del TFA del OEFA, debido al vencimiento del periodo de designación de cuatro (4) años del señor Héctor Adrián Chávarry Rojas, con efectividad al término del día 19 de setiembre de 2016; Que, del documento de visto se aprecia que la organización del TFA deberá evaluarse por el Consejo Directivo atendiendo a la vacancia antes mencionada y la actual carga procesal que mantienen las Salas Especializadas del TFA, debido al nuevo enfoque preventivo y correctivo de las conductas infractoras en materia ambiental plasmada en la Ley Nº 30230, Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país; Que, en ese sentido, resulta necesario establecer la nueva conformación de las Salas Especializadas del TFA, con la finalidad de dotarlas de mayor eficiencia y operatividad; Que, mediante el Acuerdo Nº 024-2016, adoptado en la Sesión Extraordinaria Nº 002-2016 del 16 de setiembre de 2016, el Consejo Directivo aprobó la nueva conformación de las Salas Especializadas del TFA, por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolución de Consejo Directivo; Con el visado de la Secretaría General y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Literales n) y t) del Artículo 15º del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer que el Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA contará con dos (2) Salas Especializadas, cada una compuesta por tres (3) Vocales: - Sala Especializada en Minería y Energía. - Sala Especializada en Pesquería e Industria Manufacturera. Artículo 2º.- Disponer que la Sala Especializada en Minería y Energía del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA estará integrada por los siguientes Vocales: - Emilio José Medrano Sánchez - Sebastián Enrique Suito López - Luis Eduardo Ramírez Patrón Artículo 3º.- Disponer que la Sala Especializada en Pesquería e Industria Manufacturera del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA estará integrada por los siguientes Vocales: - César Abraham Neyra Cruzado - Rafael Mauricio Ramírez Arroyo - Jaime Pedro de la Puente Parodi Artículo 4º.- Disponer que el señor Humberto Ángel Zúñiga Schroder, en su calidad de Presidente de la Sala Plena del Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental OEFA, ejerza tal cargo en el marco de lo dispuesto en el Artículo 17º del Reglamento Interno del Tribunal de Fiscalización Ambiental, aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 032-2013-OEFA/CD, a partir de la vigencia de la presente Resolución. Artículo 5º.- Dejar sin efecto la Resolución de Consejo Directivo Nº 021-2015-OEFA/CD, publicada el 30 de abril de 2015.

Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA TESSY TORRES SÁNCHEZ Presidenta del Consejo Directivo 1434308-1

ORGANISMO SUPERVISOR DE LAS CONTRATACIONES DEL ESTADO
Autorizan viaje de profesionales de la OSCE a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN Nº 358-2016-OSCE/PRE Jesús María, 22 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Nº 036-2016/UCAI de fecha 15 de setiembre de 2016 de la Unidad de Cooperación y Asuntos Internacionales, y el Informe Nº 249-2016/OAJ de fecha 19 de setiembre, de la Oficina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el artículo 51º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por la Ley Nº 30225, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado ­ OSCE es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico ­ OCDE, fundada en 1961, agrupa a 34 países miembros, con la misión de promover políticas que mejoren el bienestar económico y social de las personas alrededor del mundo. Asimismo, ofrece un foro donde los gobiernos puedan trabajar conjuntamente para compartir experiencias y buscar soluciones a los problemas comunes; Que, con fecha 08 de diciembre de 2014, el gobierno del Perú y la OCDE suscribieron un acuerdo para la implementación del "Programa País" con el objetivo de apoyar al país en el diseño de reformas y fortalecimiento de políticas públicas; Que, a través del "Programa País", el Perú participa activamente en diversos Comités y Grupos de Trabajo de la OCDE, entre los que se encuentra el Subgrupo de Integridad en las Compras Públicas, en el cual interviene el OSCE, perteneciente al Grupo de Integridad del Comité de Gobernanza; Que, mediante Memorando Nº 283-2016/OPM de fecha 07 de setiembre de 2016, la Oficina de Planeamiento y Modernización del OSCE, comunicó a la Secretaría General sobre la invitación cursada por la OCDE al OSCE para participar en la "Semana de las Compras Públicas", en el Foro en Innovación en Compras Públicas y en la Reunión de Líderes Profesionales en Compras Públicas, a realizarse los días 05, 06 y 07 de octubre de 2016 en la ciudad de París, República Francesa; Que, el citado evento tiene por finalidad compartir experiencias en compras públicas que hayan promovido objetivos económicos, sociales y ambientales, con un enfoque en discusión de las condiciones de su profesionalización, contemplando dentro de su agenda una exposición del Diagnóstico preliminar de las Compras Públicas en el Perú, a cargo de la OCDE; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Nº 0362016/UCAI de fecha de 15 de setiembre de 2016 emitido por la Unidad de Cooperación de Asuntos Internacionales del OSCE, resulta pertinente la participación de los señores Sandro Piero Hernández Diez, Director Técnico Normativo, y Christian César Chocano Davis, Profesional IV ­ Supervisor de Mejora de Procesos y Estandarización de la Subdirección de Normatividad de la Dirección Técnico Normativa del OSCE, en el evento en mención, en calidad de asistentes, toda vez, que es de importancia estratégica

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