Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2017 (07/04/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 38

38

NORMAS LEGALES

Viernes 7 de abril de 2017 /

El Peruano

Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Nota No. 76-2017-GAJ-OSITRAN recomendó que se continúe con el trámite de aceptación de renuncias presentadas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, "todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia"; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y el Reglamento de Organización y Funciones del OSITRAN, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2015-PCM y sus modificatorias; y la Directiva que regula la promoción de servidores civiles y la designación de personal en cargos de confianza en el OSITRAN ­ DIR ­ GA-02-16, aprobada por Resolución de Gerencia General No. 051-2016-GGOSITRAN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor Manuel Adolfo León Gómez, a partir del 7 de abril de 2017, en el cargo de confianza de Gerente de Planeamiento y Presupuesto, designado mediante Resolución de Gerencia General N° 113-2016-GG-OSITRAN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Sibille Michel Fernández Córdova, a partir del 7 de abril de 2017, en el cargo de confianza de Jefe de Logística y Control Patrimonial, en el cual fue designada mediante Resolución de Gerencia General N° 113-2016-GG-OSITRAN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Shirley Julieta Rodríguez Aycho, a partir del 7 de abril de 2017, en el cargo de confianza de Asesora Económico Financiera, en el cual fue designada mediante Resolución de Gerencia General N° 113-2016-GGOSITRAN, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del OSITRAN (www.ositran.gob.pe). Regístrese y comuníquese. ROBERTO ANDRES RAMOS ­ MURGA RODRIGUEZ Gerente General (e) 1506707-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Disponen la Habilitación Anual para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2017
RESOLUCIÓN JEFATURAL N°171-2017-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF Lima, 22 de marzo de 2017 VISTO: El Informe Nº 001-2017-Sunarp-Z.R.N° IXGBM-RM de fecha 10 de febrero de 2017; y, CONSIDERANDO: Que, en aplicación de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley N° 26366, Ley de Creación

del Sistema Nacional de los Registros Públicos y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, se dictó la Resolución Ministerial N° 143-95-MITINCI/DM de fecha 06 de octubre de 1995, mediante la cual se dispuso la transferencia de las funciones y acervo documental correspondientes al Registro Fiscal de Ventas a Plazos y Registro de Martilleros Públicos al Sistema Nacional de los Registros Públicos a partir del 16 de octubre de 1995; Que, la Ley N° 27728, Ley del Martillero Público, vigente desde el 24 de agosto del 2002, tiene por finalidad regular la actividad que cumple el Martillero Público; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS, que aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27728, Ley del Martillero Público, se establece que todo Martillero Público mantendrá su inscripción vigente mediante la habilitación anual para el ejercicio de sus funciones; también se dispone que el Registro de Martilleros Públicos es único y de competencia nacional, teniendo sede en la ciudad de Lima; Que, mediante Resolución N° 206-2005-SUNARP/ SN, se designa a esta Zona Registral como Órgano Desconcentrado a cargo del Registro de Martilleros Públicos, disponiendo el traslado del acervo documentario del Registro de Martilleros Públicos con competencia a nivel nacional con excepción de Lima y Callao existente en la Sede Central de la SUNARP a la Zona Registral Nº IX Sede Lima; Que, mediante Resolución Jefatural N°154-2016SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 10 de marzo de 2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 02 de abril del 2016, se dispuso la habilitación de 194 Martilleros Públicos para ejercer sus funciones a nivel nacional; Que, siendo necesario asegurar la continuidad del servicio del Registro de Martilleros Públicos como registro único a nivel nacional a cargo de la Zona Registral N° IXSede Lima, debe habilitarse el ejercicio de las funciones de Martillero Público de acuerdo a las formalidades establecidas en la Ley N° 27728 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2005-JUS; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 564-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 13 de setiembre de 2016, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 19 de setiembre del 2016, se dispuso el nombramiento de cinco (5) Martilleros Públicos conforme al procedimiento establecido en la Resolución Nº 1364-2006-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF que aprueba el Reglamento para la Evaluación de Postulantes a Martilleros Públicos; modificada por Resolución Jefatural N°595-SUNARP-Z.R.N°IX/JEF de fecha 27 de agosto de 2009; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Público establece que para la habilitación anual se deberá presentar dentro de los quince (15) primeros días hábiles de cada año (plazo que venció el 20 de enero de 2017), la actualización de la garantía otorgada (1.5 de una UIT) y la relación de los remates realizados durante el año anterior debidamente firmado, estableciéndose que no podrá ser habilitado para ejercer el cargo durante el año en curso, el Martillero Público que no cumpla con presentar dichos requisitos; Que, mediante Decreto Supremo N° 353-2016-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 22 de diciembre de 2016, se aprobó el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) como índice de referencia en normas tributarias, siendo de cuatro mil cincuenta y 00/100 nuevos soles (S/. 4,050.00), por tanto, de acuerdo al requisito establecido en el considerando que antecede, la actualización de la garantía de los martilleros públicos para el presente año, debe ser equivalente a seis mil setenta y cinco y 00/100 (S/.6,075.00); Que, es preciso indicar que mediante Resolución Jefatural N° 213-2016-SUNARP-ZR N° IX/JEF publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 20 de abril de 2016 se rectificó el Artículo Primero de la Resolución Jefatural Nº 154-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 10 de marzo de 2016 debiendo incorporar el numeral 85 correspondiente a la Martillero Público LUPA NAVARRO, Nelly Eleuteria con Registro N° 208, toda vez que por un error se omitió consignar el número 85; Que, mediante la Resolución Jefatural N° 216-2016-SUNARP-ZR N° IX/JEF de fecha 15 de abril de

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.