Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2017 (07/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 46

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de abril de 2017 /

El Peruano

el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, conforme a su Oficio N° 470-2017-P-ETII.NLPT-CE-PJ,. No obstante, a fin de revertir la problemática antes descrita, se recomienda que la Comisión Distrital de Productividad Judicial de la Corte Superior de Justicia de Junín disponga de las medidas necesarias e informe al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial las acciones que se llevarán a cabo a fin de mejorar el nivel resolutivo del 1º Juzgado de Trabajo Permanente y el Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo. i) Mediante Oficio N° 00965-2017-P-CSJT-PJ, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Tacna solicita la conversión de la Sala Especializada Civil Transitoria de Tacna a Sala Permanente Especializada únicamente en Procesos Civiles de Derecho Constitucional y Procesos Contenciosos Administrativos (Civil y Laboral), o consideración de prórroga de la Sala Civil Transitoria de Tacna; al respecto, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante el artículo octavo de la Resolución Administrativa N° 315-2016-CE-PJ, dispuso desestimar la propuesta formulada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna, respecto a la conversión de la Sala Civil Transitoria de Tacna a Sala Permanente Especializada en Procesos Civiles-Constitucionales y Procesos Contenciosos Administrativos (Civil y Laboral). j) Mediante Oficio Nº 113-2017-P-CSJHN/PJ la Corte Superior de Justicia de Huánuco solicitó que la carga de expedientes penales por liquidar del Juzgado de Investigación Preparatoria de las Provincias de Huamalíes - Dos de Mayo sea remitida al Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Huánuco. Al respecto, al mes de diciembre de 2016, el Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Huamalíes - Dos de Mayo, en su función de Juzgado de Investigación Preparatoria registró una carga pendiente 72 expedientes, mientras que en su función liquidadora registró una carga pendiente de 16 expedientes. De otro lado, en el Establecimiento Penal de Sentenciados de Potracancha-Huánuco se encuentran los procesados por delitos penales, por lo que el litigante y abogado, además del magistrado y el personal de la sede de Huamalíes deben desplazarse regularmente hacia la ciudad de Huánuco, existiendo una distancia de 70 kilómetros aproximadamente, cuyo tiempo de viaje por vía terrestre es de 3.5 horas en promedio. Al respecto, existe un servicio de colectivo que realizan dicho traslado al costo de S/. 20.00 soles en servicio regular, por lo que el costo del desplazamiento de ida y vuelta por persona sería de S/.40.00 soles. Asimismo, la Corte Superior de Justicia de Huánuco informó que dicho juzgado penal liquidador al cierre del año 2016 presentaba solo 101 expedientes penales en trámite, siendo mínima la carga por liquidar del Juzgado de Investigación Preparatoria de las Provincias de Huamalíes - Dos de Mayo, ésta puede ser transferida al Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Huánuco, obteniéndose adicionalmente las siguientes ventajas: que el magistrado del Juzgado de Investigación Preparatoria de las Provincias de Huamalíes - Dos de Mayo ya no se desplace al establecimiento penal ubicado en Huánuco para atender los pedidos de beneficios penitenciarios solicitados permanentemente; ahorro económico al evitarse gastos en viáticos por desplazamiento a la Ciudad de Huánuco; exclusividad del Juez para la atención de expedientes de la Investigación Preparatoria y la centralización de la liquidación de expedientes penales en un solo juzgado que posibilitará un mejor control. Sobre el particular, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, mediante Oficio N° 261-2017-ST-ETI-CPP/PJ, concuerda con lo propuesto. k) Mediante Oficio Nº 985-2016-ST-ETI-CPP/PJ, la Secretaria Técnica del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal considera viable la solicitud de la Corte Superior de Justicia de Pasco, respecto a crear un Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio para la Provincia de Daniel Alcides Carrión, y dejar sin efecto la función adicional del Juzgado de Paz Letrado de dicha provincia, como Juzgado de Investigación Preparatoria por estar en sobrecarga procesal.

Al respecto, el Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Daniel Alcides Carrión (ubicado en Zona "B"), en su función adicional como Juzgado de Investigación Preparatoria, registró en el año 2016 una carga procesal de 454 expedientes, evidenciándose una situación de sobrecarga procesal frente al estándar de producción establecido en 275 expedientes; asimismo, este órgano jurisdiccional, al haber resuelto 159 expedientes correspondientes a su función como Juzgado de Investigación Preparatoria, registró una carga pendiente de 292 expedientes, manteniendo su situación de sobrecarga procesal; razón por la cual se considera viable que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio del Distrito de Mi Perú, Corte Superior de Justicia de Ventanilla, cuyo plazo de vigencia es hasta el 30 de junio de 2017, sea convertido y reubicado a partir del 1 de julio de 2017 a la Corte Superior de Justicia de Pasco como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión, dejándose sin efecto la función adicional como Juzgado de Investigación Preparatoria al Juzgado de Paz Letrado de la Provincia de Daniel Alcides Carrión; opinión con la cual concurre el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. l) Mediante Oficio N° 261-2017-ST-ETI-CPP/PJ, el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal ha planteado reubicar el Juzgado Penal Transitorio para procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Callao y la Sala Penal Transitoria de Villa María del Triunfo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur, a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca como Juzgado Penal Liquidador Transitorio y Sala Penal Liquidadora Transitoria con sede en la ciudad de Cajamarca y competencia en todo este Distrito Judicial, con la finalidad de implementar el Plan de Liquidación 2017; en ese sentido, se considera pertinente prorrogar por última vez estos órganos jurisdiccionales transitorios hasta el 30 de abril de 2017 y reubicarlos a partir del 1 de mayo de 2017, a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, con la finalidad que se cuente con el tiempo necesario para resolver los expedientes que estén listos para sentenciar, así como para efectuar la redistribución de expedientes correspondiente. m) Mediante Oficio Nº 058-2017-UPD-GAD-CSJSA/ PJ, el Jefe de Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Corte Superior de Justicia del Santa, informó que el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Santa y Casma registra carga pendiente por liquidar de 25 expedientes, por lo que se encuentra próximo a culminar con su labor liquidadora, siendo viable su reubicación a la Corte Superior de Justicia de Huánuco como Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio en Huánuco, con la finalidad de cumplir con el Plan de Liquidación 2017 de acuerdo a lo requerido por el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, debiendo remitirse al 2° Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Chimbote, Corte Superior de Justicia del Santa, los expedientes en liquidación del Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Santa y Casma, por tener de los ocho Juzgados de Investigación Preparatoria con que cuenta dicha provincia la menor carga procesal de expedientes en trámite, y los expedientes en ejecución sean redistribuidos entre todos los juzgados de investigación preparatoria que tramitan procesos comunes; propuesta con la cual concurre el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal. n) Mediante el artículo vigésimo primero, inciso 32), de la Resolución Administrativa N° 178-2016-CE-PJ se dispuso "Que el Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito y Provincia de Zarumilla, Corte Superior de Justicia de Tumbes, redistribuya de forma equitativa y aleatoria, como máximo la cantidad de 400 expedientes, que al 31 de agosto de 2016 no tengan vista de causa señalada ni se encuentren expeditos para sentenciar, al nuevo Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la misma provincia y Corte Superior"; sin embargo, resulta necesario precisar en relación al Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de la Provincia de Zarumilla, que iniciará funciones en el Distrito Judicial de Tumbes a partir del 1 de mayo de 2017, que su

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