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39 NORMAS LEGALES Viernes 7 de abril de 2017 El Peruano / 2016 y Resolución Jefatural N° 266-2016-SUNARP-ZR N° IX/JEF de fecha 10 de mayo de 2016, se declararon fundados los recursos de reconsideración interpuestos por los martilleros públicos Wilson Gabriel Gonzales Rojas y María Helena Alvitez Rios respectivamente, disponiendo sus habilitaciones para que ejerzan sus funciones en el año 2016, siendo en total 196 martilleros públicos habilitados en el año 2016; Que, de los ciento noventa y seis (196) Martilleros Públicos habilitados para ejercer sus funciones en el ámbito nacional durante el período 2016, trece (13) no solicitaron su habilitación para el presente año, siendo los martilleros públicos con registros números 139, 188, 220, 221, 222, 223, 249, 258, 271, 275, 284, 306 y 320; Que, mediante Resolución Jefatural N° 726-2016-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 02 de diciembre de 2016, se dispuso la cancelación del título de Martillero Público de Carolina Cabero Rojas con Registro N° 291 a pedido de la misma martillero; Que, de los seis (6) martilleros públicos señalados en el décimo considerando de la Resolución Jefatural Nº 154-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF de fecha 10 de marzo de 2016, sólo uno, no ha solicitado su habilitación para el presente año, siendo el martillero público con Registro N° 7; Que, de los seis (6) Martilleros Públicos mencionados en el décimo cuarto considerando de la Resolución Jefatural N° 154-2016-SUNARP-Z.R. Nº IX/JEF, que no solicitaron sus habilitaciones para el año 2016, solo uno (1) de ellos solicitó su habilitación para el presente año 2017 dentro del plazo establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, siendo el martillero público con Registro N° 283 quien actualizó su garantía al valor actual para el presente año, esto es, seis mil setenta y cinco y 00/100 (S/.6,075.00); Que, los cinco (5) martilleros públicos nombrados mediante Resolución Jefatural Nº 564-2016-SUNARP- Z.R. Nº IX/JEF de fecha 13 de setiembre de 2016, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 19 de setiembre de 2016, solicitaron su habilitación para el presente año dentro del plazo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, cumpliendo con los requisitos establecidos para dicho fi n; Que, con fecha 18 de enero de 2017, se apersonó a la Gerencia de Bienes Muebles el Martillero Público Jairzinho Jorge Arturo Arce Almirón con la fi nalidad de fi rmar el Libro de Martilleros y que se le asigne número de registro, pues dicha persona fue nombrada como tal mediante Resolución Jefatural N° 715-2014-SUNARP-ZR N° IX/JEF de fecha 05 de setiembre de 2014, asignándose el Registro N° 347, porque solicitó su habilitación para el presente año dentro del plazo señalado en el artículo 11º del Reglamento de la Ley del Martillero Público, cumpliendo con los requisitos establecidos para dicho fi n; Que, mediante Resolución Jefatural N° 356-2015-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 10 de julio de 2015, se dispuso la cancelación del título de martillero público de Roberto Gutiérrez Quispe con Registro N°113 al haber incurrido en una incompatibilidad sobreviniente a su nombramiento, interponiendo recurso de reconsideración el cual fue desestimado mediante Resolución Jefatural N° 523-2015-SUNARP-Z.R. N° IX/JEF de fecha 14 de setiembre de 2015. Contra ésta última resolución interpuso recurso de apelación, siendo declarado inadmisible mediante Resolución Jefatural N° 727-2015-SUNARP-ZR N° IX/JEF, interponiendo fi nalmente recurso de revisión confi rmándose la citada resolución mediante Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 064-2016-SUNARP/SN de fecha 08 de marzo de 2016, razón por la cual, la solicitud de habilitación presentada por el citado martillero para el presente año no ha sido considerada, al encontrarse su registro cancelado; Que, el artículo 131° numeral 131.1 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, señala que los plazos y términos son entendidos como máximos, se computan independientemente de cualquier formalidad, y obligan por igual a la administración y a los administrados, sin necesidad de apremio, en aquello que respectivamente les concierna, indicando además en el numeral 136.1 del artículo 136° que los plazos fi jados por norma expresa son improrrogables, salvo disposición habilitante en contrario; Que, el artículo 11° del Reglamento de la Ley del Martillero Público, establece como plazo para la presentación de la solicitud de habilitación, los primeros 15 días hábiles de cada año, plazo que venció el 20 de enero de 2017 y al ser, una norma expresa, sin disposición posterior que la modi fi que, no resulta posible habilitar para el ejercicio de sus funciones para el presente año a los martilleros públicos con registros Nº 139, 188, 220, 221, 222, 223, 249, 258, 271, 275, 284, 306 y 320, toda vez que no solicitaron su habilitación para el año 2017; De conformidad con las atribuciones conferidas por el artículo 63º inciso t) del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2013-JUS, el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos y la Resolución del Secretario General de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N°322-2016-SUNARP/SG del 30 de diciembre de 2016. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Disponer la HABILITACIÓN ANUAL para ejercer el cargo de Martillero Público durante el año 2017, de conformidad con los considerandos expuestos en la presente resolución, a las siguientes personas: N° REG MARTILLERO PÚBLICO 1 17 MENENDEZ SOTO, Leonidas Afranio 2 34 RODRÍGUEZ NARVAEZ, Hugo Baldomero 3 47 NORIEGA BRANDON, Raúl Enrique 4 60 VASSALLO REYES, Luis Eladio 5 63 ACEVEDO RODRIGUEZ, Jilmer 6 65 CHIRINOS ESCOBEDO, José Carlos Eulalio 7 79 EDÉN NUÑEZ, Salomón 8 80 JIMÉNEZ MOSTAJO, Miguel 9 87 CORBACHO WHITTWELL, Emilia Teresa 10 88 GARCÍA GALLO, Raúl Ignacio 11 94 QUIJANO CORBACHO, Rosa Emilia 12 95 MANTILLA HUERTAS, Jorge Luis 13 97 REYNOSO EDÉN, Javier Víctor Rafael 14 101 SARDÓN PARNES, Perla 15 102 NECIOSUP FABERIO, José Luis 16 105 NAVARRETE ROLDÁN, Carlos Alfonso 17 106 GUTIÉRREZ QUISPE, Nelly Isabel 18 111 REYNOSO EDÉN, Edwin Fernando 19 114 ZEVALLOS DIAZ, Raúl José Fernando 20 115 RODRÍGUEZ RAMOS, Hugo Eduardo 21 116 VALENCIA POLAR, María Estela 22 117 GALDÓS OJEDA, Roderick Hudson 23 118 ROSAS CALOPINO, Jorge Andrés 24 119 MANTILLA SANEZ, Saúl Rodolfo 25 120 TAZA PÁUCAR, Rubén José 26 121 CASAPIA SOTO, Germán José 27 122 ALARCON ESPINAL, Yuri Germán 28 123 REÁTEGUI HERRERA, Rodolfo Miguel Antonio 29 125 ABARCA ALFARO, Ana Doris 30 127 ROJAS TAMAYO, Pablo Colbert 31 128 GALINDO GIANNONI, Luis Alberto 32 129 GONZALES ROJAS, Wilson Gabriel 33 130 PANESI MORENO, Aldo Luis 34 133 CHAVEZ COTRINA, Josué Daniel 35 134 GARCÍA CÉSPEDES, Raúl Ignacio 36 135 MIRANDA PEREZ, Ricardo José 37 137 ALARCON SUAREZ, Roberto Jesús 38 138 MONDRAGÓN DAMIÁN, Rosa María 39 141 ALEGRE ELERA, Arnulfo