Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2017 (07/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de abril de 2017 /

El Peruano

disponer las medidas necesarias e informar al Presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial sobre las acciones llevadas a cabo a fin de mejorar el nivel resolutivo del 1º Juzgado de Trabajo Permanente y del Juzgado de Trabajo Transitorio de Huancayo, dado el bajo nivel resolutivo de expedientes registrado. Artículo Cuarto.- Desestimar la solicitud de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Tacna respecto a la solicitud de conversión de la Sala Civil Transitoria de Tacna en Sala Permanente Especializada en Procesos Civiles - Constitucionales y Procesos Contenciosos Administrativos (Civil y Laboral), conforme a lo señalado en el literal i) del cuarto considerando de la presente resolución administrativa. Artículo Quinto.- Reubicar, a partir del 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2017, la Sala Penal Transitoria de Villa María del Triunfo de la Corte Superior de Justicia de Lima Sur a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, como Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cajamarca, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Cajamarca, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Liquidación 2017 del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; para lo cual, los expedientes de esta Sala Penal Transitoria que al 31 de marzo de 2017 se encuentren expeditos para sentenciar y cuenten con vista causa realizada a dicha fecha, deberán ser resueltos y notificados antes del 30 de abril de 2017. Artículo Sexto.- Reubicar, a partir del 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2017, el Juzgado Penal Transitorio para procesos con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia del Callao a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, como Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de Cajamarca, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Cajamarca, de acuerdo a lo establecido en el Plan de Liquidación 2017 del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; para lo cual, los expedientes de este Juzgado Penal Transitorio que al 31 de marzo de 2017 se encuentren expeditos para sentenciar y cuenten con vista causa realizada a dicha fecha, deberán ser resueltos y notificados antes del 30 de abril de 2017. El presente artículo deja sin efecto cualquier disposición administrativa contraria a lo dispuesto. Artículo Sétimo.- Reubicar, a partir del 1 de mayo hasta el 31 de julio de 2017, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Santa y Casma de la Corte Superior de Justicia del Santa a la Corte Superior de Justicia de Huánuco, como 2° Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de Huánuco, con competencia territorial en todo el Distrito Judicial de Huánuco; para lo cual, los expedientes de este Juzgado Penal Liquidador Transitorio que al 31 de marzo de 2017 se encuentren expeditos para sentenciar y cuenten con vista de causa realizada a dicha fecha, deberán ser resueltos y notificados antes del 30 de abril de 2017. Artículo Octavo.- Convertir y reubicar, a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2017, el Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Mi Perú, Corte Superior de Justicia de Ventanilla a la Corte Superior de Justicia de Pasco, como Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio del Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión; para lo cual, los expedientes de este Juzgado Penal Liquidador Transitorio que al 31 de mayo de 2017 se encuentren expeditos para sentenciar y cuenten con vista causa realizada a dicha fecha, deberán ser resueltos y notificados antes del 30 de junio de 2017. Artículo Noveno.- Dejar sin efecto, a partir del 1 de julio de 2017, la función adicional como Juzgado de Investigación Preparatoria del Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yanahuanca, Provincia de Daniel Alcides Carrión, Corte Superior de Justicia de Pasco. Artículo Décimo.- Modificar, a partir del 1 de mayo de 2017, la denominación del Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de Huánuco, como 1° Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio. Artículo Décimo Primero.- Disponer, a partir del 1 de mayo de 2017, que el 1° y 2° Juzgado Penal Liquidador Supraprovincial Transitorio de la Provincia de Huánuco, Corte Superior de Justicia de Huánuco, asumirán la carga pendiente por liquidar del Juzgado de Investigación

Preparatoria de las Provincias de Huamalíes - Dos de Mayo, de la misma Corte Superior; dejándose sin efecto la función adicional de este último como Juzgado Penal Liquidador. Artículo Décimo Segundo.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Ancash, Arequipa, Ica, Lima Este, Loreto, Madre de Dios, San Martín y Sullana deberán redistribuir de los órganos jurisdiccionales permanentes y/o transitorios hacia los órganos jurisdiccionales transitorios los expedientes en trámite que al 31 de marzo de 2017 no se encuentren expeditos para sentenciar y de corresponder, también aquellos expedientes en los que no se haya fijado fecha para la vista de causa, tal como se indica a continuación:
Corte Superior de Justicia Ancash Arequipa Cantidad Máxima de Expedientes 500 300

OO.JJ Origen Sala Civil - Huaraz

OO.JJ Destino Sala Civil Transitoria Huaraz

Juzgado de Paz Juzgado de Paz Letrado Transitorio Letrado - Camaná Camaná Juzgado de Paz Letrado Mixto Parcona 3° Juzgado Penal - San Juan de Lurigancho 1° Juzgado Civil Iquitos 2° Juzgado Civil Iquitos Juzgado Mixto Tambopata 1° Juzgado Civil Tarapoto 2° Juzgado Civil Tarapoto Juzgado Civil Talara Juzgado de Paz Letrado Transitorio 3° Juzgado Penal Transitorio - San Juan de Lurigancho Juzgado Civil Transitorio - Iquitos Juzgado Civil Transitorio - Iquitos Juzgado Mixto Transitorio - Tambopata Juzgado Civil Transitorio -Tarapoto Juzgado Civil Transitorio - Tarapoto Juzgado Civil Transitorio - Talara

Ica

400

Lima Este Loreto Loreto Madre de Dios San Martín San Martín Sullana

400 200 200 400 100 500 300

Artículo Décimo Tercero.- La Gerencia General del Poder Judicial, en coordinación con las Cortes Superiores de Justicia de Ancash y Lima Este, efectuará la modificación de las plazas CAP de la siguiente manera: - A la Corte Superior de Justicia de Lima Este, tres plazas provenientes de la Sala Civil Transitoria de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash, a fin de ir completando el déficit de personal en las plazas CAP de los órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; por lo cual, la Corte Superior de Justicia de Lima Este deberá informar a la Oficina de Productividad Judicial, sobre la adecuada implementación de la presente medida y de otras similares dispuestas con anterioridad. Artículo Décimo Cuarto.- Precisar, en relación al artículo 21°, inciso 32), de la Resolución Administrativa N° 178-2016-CE-PJ, que el Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio que iniciará funciones en la Provincia de Zarumilla a partir del 1 de mayo de 2017, tendrá turno abierto y recibirá expedientes del Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de la misma provincia, hasta equiparar la carga procesal entre ambos órganos jurisdiccionales. Artículo Décimo Quinto.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Callao, Huánuco, Lima Sur, Pasco, Santa y Ventanilla deberán efectuar las siguientes acciones administrativas: 1) Que la Sala Penal de Apelaciones de Cajamarca remita a la Sala Penal Liquidadora Transitoria de Cajamarca, los expedientes que al 30 de abril de 2017 no cuenten con vista de causa programada ni hayan iniciado juicio oral.

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