Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2017 (12/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Miércoles 12 de abril de 2017

NORMAS LEGALES

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Visto el Oficio Nº 141-2017/VA-UNI de fecha 27 de febrero del 2017, del Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de Ingeniería, Expediente STDUNI Nº 15290-2017; CONSIDERANDO: Que, el señor Carlos Antonio Gómez Aquino, identificado con DNI Nº 25584290 egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de su diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial, por deterioro de dicho diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificada por Resolución Rectoral Nº 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, el Jefe de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe Nº 554-2017-UNI/SG/GT de fecha 20.02.2017, precisa que el diploma del señor Carlos Antonio Gómez Aquino, se encuentra registrado en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 04 página 135, con el número de registro 14462-B; Que, el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del visto informa que en Sesión Nº 07-2017 de fecha 27 de febrero del 2017, la Comisión luego de la revisión y verificación del expediente, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación del duplicado de diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial del señor Carlos Antonio Gómez Aquino; Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 03-2017 de fecha 29 de marzo del 2017 y de conformidad con las atribuciones conferidas en el aAt. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar, la expedición de duplicado del diploma de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Industrial del señor CARLOS ANTONIO GÓMEZ AQUINO, otorgado el 30 de enero de 1991, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. GILBERTO BECERRA AREVALO Rector (e) 1507506-1

vacancia de Enrique Panebra Quispe, regidor de dicha comuna, por la causal prevista en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. ANTECEDENTES Mediante sesión extraordinaria de fecha 2 de diciembre de 2015 (fojas 4 y 6), el Concejo Distrital de Virundo declaró la vacancia del regidor Enrique Panebra Quispe, debido a que incurrió en la causal establecida en el artículo 22, numeral 7, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM). Por ello, y en cumplimiento del artículo 24 del mencionado cuerpo normativo, se solicita que se convoque al suplente que corresponda para completar el concejo municipal. Asimismo, mediante Resolución N° 1105-2016-JNE, del 22 de agosto de 2016, se declaró nulo el acto de notificación del Acuerdo Municipal N° 10-2016-CND-V, del 2 de diciembre de 2015 y se requirió al Concejo Distrital de Virundo para que notifique dicho pronunciamiento al regidor Enrique Panebra Quispe, respetando las formalidades de ley. En atención al mencionado requerimiento, la alcaldesa de dicha entidad edil remitió el Oficio N° 0011-2016-MDV, recibido el 6 de marzo de 2017 (fojas 89), adjuntado las constancias de notificación al regidor cuestionado del referido acuerdo municipal (fojas 91 a 95) y el Acuerdo Municipal N° 01-2017-CMD-V, del 23 de enero de 2017 (fojas 96 y 97), que declara consentido el referido acuerdo de concejo. CONSIDERANDOS 1. Conforme al artículo 23 de la LOM, la vacancia del cargo de alcalde o regidor la declara el correspondiente concejo municipal, en sesión extraordinaria, con el voto aprobatorio de dos tercios del número legal de sus miembros, previa notificación al afectado para que ejerza su derecho de defensa. En tal sentido, antes de expedir las credenciales a las nuevas autoridades, corresponde al Jurado Nacional de Elecciones verificar la legalidad del procedimiento de vacancia, conforme a lo prescrito en el artículo 23 de la LOM, y constatar si durante el proceso se han observado los derechos y garantías inherentes a este. 2. De autos se verifica que el Acuerdo Municipal N° 10-2016-CND-V fue notificado al regidor Enrique Panebra Quispe el 3 de enero de 2017, conforme a la constancia de notificación que obra en autos a fojas 95, y sus preavisos respectivos de fojas 92 y 94. Asimismo, del contenido del Acuerdo Municipal N° 01-2017-CMD-V, del 23 de enero de 2017 (fojas 96 y 97), se acredita que el regidor no presentó ningún recurso impugnatorio contra el referido acuerdo de concejo, por lo que este ha quedado consentido. 3. En consecuencia, de conformidad con el artículo 24 de la LOM, se debe convocar a Inocencia Pizarro Panebra, identificada con DNI N° 40114522, candidata no proclamada de la organización política Movimiento de Integración Kechwa Apurímac, para completar el número de regidores del Concejo Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac. 4. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el acta de proclamación de resultados, del 23 de octubre de 2014, emitida por el Jurado Electoral Especial de Grau, con motivo de las elecciones municipales del año 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Enrique Panebra Quispe como regidor del Concejo Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac, emitida con motivo de las elecciones municipales de 2014. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Inocencia Pizarro Panebra, identificada con DNI N° 40114522, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac,

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Convocan a ciudadana para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN N° 0087-2017-JNE Expediente N° J-2016-01246-C01 VIRUNDO - GRAU - APURÍMAC CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, seis de marzo de dos mil diecisiete. VISTA la solicitud de convocatoria de candidato no proclamado presentada por Liliana Román Pilco, alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Virundo, provincia de Grau, departamento de Apurímac, debido a que se declaró la

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