Norma Legal Oficial del día 26 de abril del año 2017 (26/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES
TÍTULO II HERRAMIENTAS PARA LA LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN EN EL SECTOR INTERIOR

Miércoles 26 de abril de 2017 /

El Peruano

CAPÍTULO I DECLARACION JURADA DE INGRESOS, BIENES Y RENTAS DEL PERSONAL DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Artículo 5.- Objetivo La presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas tiene como objetivo fomentar la cultura de transparencia en todo el personal de la Policía Nacional del Perú, evidenciando su situación patrimonial y financiera, verificando si existe concordancia entre sus ingresos, bienes y gastos o desbalance patrimonial. Artículo 6.- Obligatoriedad de la presentación 6.1 La presentación de la Declaración Jurada de Ingresos Bienes y Rentas tiene carácter obligatorio para todo el personal policial en sus diferentes categorías, jerarquías y grados. Su incumplimiento está tipificado como falta administrativa disciplinaria y se sanciona conforme lo establecido en la ley de la materia. 6.2 La utilización de la información contenida en las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas se encuentra restringida al ámbito del Sector Interior y se circunscribe a la consecución de los objetivos especificados en el artículo precedente. Artículo 7.- Oportunidad de la presentación 7.1 El personal policial debe presentar Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas en forma bianual, hasta el 31 de marzo del año que corresponda. 7.2 Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley N° 30521, Ley que modifica la Ley Nº 30161, Ley que regula la presentación Jurada de ingresos, bienes y rentas de los funcionarios y servidores públicos del Estado, con la finalidad de extender la referida obligación a todos los funcionarios públicos, empleado de confianza y servidores públicos para incrementar los alcances de la fiscalización que realiza la Contraloría General de la República, en el caso del personal policial que en el ejercicio del cargo administra recursos económicos, logísticos o presupuestales de cualquier tipo o que tenga responsabilidad en los procesos de compras o pagos por adquisiciones a cuenta del Estado conforme a la ley sobre la materia, presentarán Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas al inicio y al término de la designación en el cargo. Artículo 8.- Forma de presentación La Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas se realiza en forma virtual a través de la plataforma informática "Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas del Personal de la Policía Nacional del Perú", para lo cual la Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la PNP o la que haga sus veces y la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio habilitan el acceso al personal policial a través del intranet - Águila 6 PNP. Artículo 9.- Contenido de la declaración jurada de ingresos, bienes y rentas La Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas, no obliga a la presentación de documentos que sustenten su contenido. Estos pueden ser requeridos únicamente cuando se evidencien inconsistencias en la información presentada. Artículo 10.- Funciones de la Oficina de Control, Cumplimiento y Confianza La Oficina de Control, Cumplimiento y Confianza de la Oficina General de Integridad Institucional, respecto a las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del personal policial tiene las siguientes funciones: a) Administrar la plataforma denominada "Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas", así

como de toda la información que se obtenga de ésta y de la verificación de la misma. b) Realizar el análisis, verificación y seguimiento de manera aleatoria de la información contenida en las declaraciones juradas correspondientes previamente registradas en el "Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas del Personal de la Policía Nacional del Perú" c) Poner en conocimiento de la autoridad correspondiente para las acciones de su competencia, aquellos casos, en que del contenido de lo declarado, se evidencien hechos que hagan presumir o constituyan infracción disciplinaria o presunta comisión de un ilícito penal. d) Requerir documentación que considere necesaria a los declarantes cuando existan inconsistencias en la información registrada en el Sistema. e) Gestionar -a través de la Oficina General de Integridad Institucional del Ministerio del Interior- la obtención de información de otros organismos o entidades públicas o privadas, para la verificación y contraste del contenido de las declaraciones juradas. f) Dictar los lineamientos para garantizar la confidencialidad y reserva de la información a las Declaraciones Juradas de ingresos bienes y rentas registradas en el Sistema. Artículo 11.- Funciones de la Inspectoría General de la Policía Nacional del Perú La Inspectoría General de la PNP, respecto de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del personal policial tiene las siguientes funciones: a) Garantizar el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del personal policial a nivel nacional, de manera oportuna. b) Dictar los lineamientos necesarios para garantizar el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del personal policial a nivel nacional. c) Disponer que los órganos competentes adopten las acciones administrativas disciplinarias que correspondan, en caso se acredite el incumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas por parte del personal policial. d) Informar mensualmente a la Oficina General de Integridad Institucional sobre el cumplimiento de la presentación de las declaraciones juradas de ingresos, bienes y rentas del personal policial. Artículo 12.- Funcionamiento, mantenimiento y acceso al "Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas del Personal de la Policía Nacional del Perú" 12.1 La Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, a través de la Dirección Ejecutiva de Tecnologías de la Información y Comunicaciones de la PNP, o la que haga sus veces, son responsables del funcionamiento y mantenimiento de la plataforma informática "Sistema de Declaraciones Juradas de Ingresos, Bienes y Rentas del Personal de la Policía Nacional del Perú", así como de su actualización permanente. 12.2 De acuerdo a los lineamientos emitidos por la Oficina General de Integridad Institucional, la Oficina General de Tecnologías de la Información y Comunicaciones del Ministerio del Interior asigna los perfiles de acceso y usuarios al sistema. CAPÍTULO II PRUEBA DE CONTROL Y CONFIANZA Artículo 13.- Objetivo de la prueba de control y confianza 13.1 La prueba de control y confianza se aplica al personal civil y policial del Sector Interior y tiene como objetivo fortalecer los niveles de confiabilidad y seguridad, mediante la identificación de personal cuyas conductas,

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