Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2017 (01/12/2017)


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b. Apertura de Agencias:
N° 1 2 Tipo Dirección Distrito Provincia

NORMAS LEGALES

Viernes 1 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Departamento Piura Arequipa

Autorizan viaje de funcionarios de la SBS a México, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SBS N° 4585-2017 Lima, 28 de noviembre de 2017 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fin de participar en las Reuniones de los Grupos de Trabajo y en el XXXVI Pleno de Representantes del GAFILAT, que se llevarán a cabo del 04 al 08 de diciembre de 2017 en la ciudad de Puerto Vallarta, Jalisco, Estados Unidos Mexicanos; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), es la Coordinadora Nacional de la República del Perú ante el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT), organización intergubernamental de base regional que agrupa a dieciséis países de América del Sur, Centroamérica y América del Norte, con la finalidad de combatir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, a través del compromiso de mejora continua de las políticas nacionales contra ambos temas y la profundización en los distintos mecanismos de cooperación entre los países miembros; Que, el GAFILAT organiza y canaliza actividades de capacitación para sus miembros y realiza periódicamente Evaluaciones Mutuas a los mismos, sobre el nivel de cumplimiento efectivo de las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI); Que, en las reuniones de los Grupos de Trabajo y el Pleno del GAFILAT es donde se toman las decisiones más importantes con relación a la política antilavado de activos y contra el financiamiento del terrorismo en la región y que dichas reuniones se realizan de manera simultánea; Que, en setiembre de 2017 se dio inicio al proceso de Evaluación Mutua del Perú por parte del GAFILAT, se requiere una participación activa de los miembros del equipo de la SBS que participan en dicha evaluación, lo que contribuirá al fortalecimiento de los mecanismos de coordinación y colaboración con los distintos miembros del GAFILAT, así como intercambiar experiencias, buenas prácticas e información de cara al proceso; Que, en atención a la invitación cursada y por ser de interés de esta Superintendencia, se ha considerado conveniente designar a los señores Fernando Javier Amorrortu Guerrero, Intendente de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo de la Superintendencia Adjunta de Riesgos, y Ana María Muñoz Martínez, Coordinador Ejecutivo de Regulación Sancionadora, Regímenes Especiales, Negociaciones Internacionales y Administrativos del Departamento de Regulación de la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica, para que participen en los citados eventos; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-20, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2017, estableciéndose en el Numeral 4.4.1 que, se restringen los viajes al exterior, únicamente se autorizarán aquellos viajes para eventos que requieran la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de los trabajadores, así como aquellos necesarios para el ejercicio de sus funciones, capacitaciones o eventos de sumo interés para la Superintendencia, como el presente caso;

Agencia Calle Cuzco N° 361

Chulucanas Morropon Caylloma

Lote 4, Manzana Q, Calle Agencia Majes S/N. Centro Poblado Majes Servicios Básicos El Pedregal

1592113-1

Autorizan ampliación de inscripción de la empresa La Británica Perú S.A.C. - Peritos y Ajustadores de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 4538-2017 Lima, 23 de noviembre de 2017 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por la empresa La Británica Perú S.A.C. - Peritos y Ajustadores de Seguros con Registro N° AJ-Q90, representada por el señor Héctor Ricardo Orozco Orellano, para que se le autorice la ampliación de su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros. CONSIDERANDO: Que, por Resolución S.B.S. N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Auxiliares de Seguros en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución S.B.S. N° 0454-2017 del 02 de febrero de 2017, esta Superintendencia autorizó la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros Sección III: De los Auxiliares de Seguros B: Personas Jurídicas a la empresa la Británica Perú S.A.C. -Peritos y Ajustadores de Seguros; Que, mediante comunicación de fecha 17 de noviembre de 2017, la citada empresa solicita la ampliación de la inscripción de las actividades autorizadas; Que, la empresa solicitante cumple con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, estando a lo informado por el Departamento de Registros de la Secretaria General de la Superintendencia; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros Ley N° 26702, sus modificatorias y en virtud de la facultad delegada por la Resolución S.B.S. N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la ampliación de la inscripción de la empresa La Británica Perú S.A.C. - Peritos y Ajustadores de Seguros, con Matrícula N° AJ-090 en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección III: De los Auxiliares de Seguros, B: Personas Jurídicas, numerales 1. Ajustador de Seguros Marítimos: Ajustador de Seguros de Transportes Marítimos, 2. Ajustador de Seguros Generales: Ajustador de Seguros Generales, 3. Perito de Seguros Marítimos: Inspector de Cascos Marítimos, Inspector de Averías y Preventor de Pérdida de Transportes y, 4. Peritos de Seguros Generales: Inspector Ramos Generales; a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1591947-1

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