Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2017 (15/12/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 72

72

NORMAS LEGALES
VISTO:

Viernes 15 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Artículo 2º.- FACÚLTESE al Sr. Alcalde para que dicte las medidas complementarias si el caso requiera para el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza, Regístrese, publíquese y cúmplase. AUGUSTO MIYASHIRO YAMASHIRO Alcalde 1596656-1

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Ordenanza que regula, previene, prohíbe y sanciona el acoso sexual en espacios públicos, ejercido en contra de las personas que se encuentren o transiten en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 525/MC Comas, 4 de diciembre de 2017. EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE COMAS

En Sesión Ordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 008-2017-CDHEyBS/MC de la Comisión Permanente de Regidores de la Comisión de Desarrollo Humano, Educación y Bienestar Social, sustentado en los Informes Nº 064-2017-SGPSDYO-GDH/MDC y Nº 132-2017-SGPSDYO-GDH/MDC, de la Sub Gerencia de Promoción Social, DEMUNA y OMAPED; el Informe Técnico Nº 015-2017-ZMSG-GDH/MDC; el Informe Nº 175-2017-GDH/MC y Memorando Nº 347-2017-GDH/ MC, de la Gerencia de Desarrollo Humano; el Informe Nº 383-2017-GAJ/MC, de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y antecedentes, sobre el PROYECTO DE ORDENANZA QUE REGULA, PREVIENE, PROHÍBE Y SANCIONA EL ACOSO SEXUAL EN ESPACIOS PÚBLICOS, EJERCIDO EN CONTRA DE LAS PERSONAS QUE SE ENCUENTREN O TRANSITEN EN LA JURISDICCIÓN DEL DISTRITO DE COMAS, y; CONSIDERANDO Que, la Municipalidad es un Órgano de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, se rige por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, cuyo artículo IV del Título Preliminar establece que representa al vecindario, promueve la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción;

REQUISITOS PARA PUBLICACILN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 10 páginas, el contenido del cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.