Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2017 (11/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Sábado 11 de febrero de 2017

NORMAS LEGALES

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Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1483602-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0109/RE-2017 Lima, 7 de febrero de 2017 VISTA: La comunicación del Presidente de la Reunión de Altos Funcionarios en marco APEC-2017, señor Bui Thanh Son, de 30 de diciembre de 2016, mediante la cual invita a los países miembros a participar de la Primera Reunión de Altos Funcionarios y Reuniones Relacionadas en marco del APEC, que se llevarán a cabo en la ciudad de Nha Trang, Vietnam, del 18 de febrero al 3 de marzo de 2017; CONSIDERANDO: Que, entre las reuniones relacionadas en marco del APEC, se desarrollará la 11° Reunión del Grupo de Expertos sobre la Tala Ilegal y Comercio Asociado (EGILAT por sus siglas en inglés), del 20 al 21 de febrero 2017, del cual el Perú es país Parte y ocupó la presidencia del mismo durante el APEC 2016, organizando oportunamente la 9° y 10° Reunión del EGILAT realizada en la ciudad de Lima, en febrero y agosto de 2016; Que, el EGILAT sirve de plataforma a las economías del APEC para fortalecer el diálogo político, facilitar la cooperación policial relacionada con la lucha contra la tala ilegal y el comercio asociado y promover el comercio legal de productos forestales, así como apoyar la construcción de capacidades en las economías de los países miembros relacionada a la temática de la lucha contra la tala ilegal; Que, en la 9° y 10° reuniones del EGILAT, el Perú propuso la inclusión del enfoque preventivo en los Términos de Referencia y en el Plan de Trabajo 2016 de EGILAT. El citado enfoque preventivo permitiría desarrollar actividades de cooperación y buenas practicas que contribuyan a disminuir riesgos, detectar amenazas, y prevenir la tala ilegal, así como promover el comercio legal de los recursos forestales, coadyuvando al manejo forestal sostenible de los bosques de las economías APEC; Que, durante el desarrollo de la 10° Reunión del EGILAT 2016, el Perú fue alentado para que considere la posibilidad de identificar proyecto/actividades que incluyan el enfoque preventivo como parte del Plan de Trabajo 2017, así como del Plan de Trabajo Estratégico 2018-2022 del mencionado grupo, así como realizar coordinaciones bilaterales con otras economías para impulsar su desarrollo; Que, en tal sentido, la 11° Reunión del EGILAT constituye una inmejorable oportunidad para que nuestro país pueda desarrollar su iniciativa realizando reuniones de trabajo bilaterales con otros países Partes, en apoyo al Plan de Acción 2017 y al Plan de Trabajo Estratégico 2018-2022; Que, se estima importante la participación de la Directora de Medio Ambiente, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a fin de contar con la representación de alto nivel durante las reuniones señaladas; Teniendo en cuenta la Hoja de Trámite (GAC) N.° 182, del Despacho Viceministerial, de 17 de enero de 2017; y la Memoranda (DGM) N.° DGM0037/2017, de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, de 16 de enero de 2017; y (OPR) N.° OPR0004/2017, de la Oficina de Programación y Presupuesto, de 25 de enero de 2017, que otorga certificación de crédito presupuestario al presente viaje;

De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807; y el artículo 11 de su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.º 130-2003-RE y sus modificatorias; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; y, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017:; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República Vilma Liliam Ballón Sánchez de Amézaga, Directora de Medio Ambiente de la Dirección General para Asuntos Multilaterales y Globales, a la ciudad de Nha Trang, Vietnam, para participar del 20 al 21 de febrero de 2017, en las reuniones señalas en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 17 al 23 de febrero de 2017. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137176 Representación y Negociación en Organismos y Foros Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasaje aéreo Viáticos N° Total Clase Económica Por día de Viáticos US$ US$ días US$ 4 620,00 500,00 2 + 2 2 000,00

Nombres y Apellidos Vilma Liliam Ballón Sánchez de Amézaga

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1483602-2

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban valor total de tasación de inmueble afectado por la ejecución de la Obra: Proyecto Línea 2 y Ramal Av. Faucett - Av. Gambetta de la Red Básica del Metro de Lima y Callao
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 053-2017 MTC/01.02 Lima, 9 de febrero de 2017 VISTA: La Nota de Elevación N° 009-2017-MTC/33.1 de fecha 01 de febrero de 2017, de la Autoridad Autónoma del Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao ­ AATE; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1192, que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles,

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