Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2017 (11/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de febrero de 2017 /

El Peruano

SERVICIO NACIONAL DE CAPACITACION PARA LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION
FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 14-2016-02.00 Mediante Oficio N° 25-2017-VIVIENDA/ SENCICO-06.00, el Servicio Nacional de Capacitación para la Industria de la Construcción - SENCICO, solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 14-2016-02.00, publicada en la edición del día 9 de febrero de 2017. DICE: Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 14-2016-02-00 DEBE DECIR: Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 14-2017-02-00 1483958-1

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Modifican la Res. Nº 088-2015-OS/CD mediante la cual se aprobó la Norma "Procedimiento de Facturación para las concesiones de distribución comprendidas en el proyecto: Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional"
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN Nº 022-2017-OS/CD Lima, 10 de febrero de 2017 VISTO: Los Informes Nº 063-2017-GRT y Nº 064-2017GRT, elaborados por la División de Gas Natural y la Coordinación Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin). CONSIDERANDO: Que, en virtud del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Hidrocarburos que norma las actividades de Hidrocarburos en el territorio nacional aprobada mediante Ley Nº 26221, la distribución de gas natural por red de ductos constituye un servicio público, cuya fijación tarifaria y supervisión de los respectivos contratos de concesión se encuentra a cargo de Osinergmin; Que, con fecha 22 de octubre de 2008, se publicó en el diario oficial El Peruano la Resolución Suprema Nº 046-2008-EM, la cual otorgó la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, y aprobó su respectivo Contrato de Concesión. Dicho sistema es operado actualmente por la empresa Contugas S.A.C.;

Que, por otra parte, con fecha 18 de octubre de 2013, se publicaron en el diario oficial El Peruano las Resoluciones Supremas Nº 067-2013-EM y 068-2013-EM, las cuales otorgaron a las empresas Gases del Pacífico S.A.C. y Gas Natural Fenosa Perú S.A., las Concesiones Norte y Sur Oeste del Proyecto "Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional" y aprobaron los respectivos Contrato de Concesión; Que, mediante Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, se aprobó el TUO del Reglamento de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos, cuyo Artículo 120º señala que el reajuste de la tarifa debe considerar, entre otros, los precios internacionales de materiales; Que, para el caso de las Concesiones Norte y Sur Oeste del Proyecto "Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional" conforme al mandato contenido en el literal f) del numeral 11.2 de la Cláusula 11 de sus respectivos Contratos de Concesión, mediante Resolución Osinergmin Nº 0882015-OS/CD, publicada el 29 de abril de 2015, Osinergmin aprobó la Norma "Procedimiento de Facturación para las concesiones de distribución comprendidas en el proyecto: Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional"; Que, para el caso de la concesión del departamento de Ica, en cumplimiento de lo previsto en el literal e) del numeral 14.2 de la Cláusula 14 de su respectivo Contrato de Concesión, mediante Resolución Nº 286-2015-OS/ CD, publicada el 12 de diciembre de 2015, Osinergmin aprobó la Norma "Procedimiento de Facturación para la Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica"; Que, las fórmulas de actualización contenidas en las Resoluciones Nº 088-2015-OS/CD y Nº 286-2015-OS/CD, han considerado como uno de los factores de actualización al Índice de Precios de Estados Unidos de Norteamérica definido como: Producer Price Index (Finished Goods Less Foods and Energy ­ Serie ID: WPSSOP3500), publicado por "Bureau of Labor Statistics" de los Estados Unidos de Norteamérica; Que, a partir del mes de enero de 2016 la Bureau of Labor Statistics cambió el código de la Serie ID WPSSOP3500 por la Serie ID: WPSFD4131 del Índice PPI (Finished Goods Less Foods and Energy), ello mediante una tabla de concordancias entre ambas series, publicada por la citada agencia. Al respecto, la mencionada agencia norteamericana, mediante documento dirigido a la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas, precisó que el cambio de código de serie del referido índice no involucra cambios en el contenido o en el cálculo del Índice de Precios al Productor (PPI); Que, los literales f.2) y g.1) del numeral 11.2 de la Cláusula 11 de Contratos de Concesión de las Concesiones Norte y Sur Oeste del Proyecto "Masificación del uso de Gas Natural a Nivel Nacional", señalan que "En caso de modificación o cambio de alguna serie, el concesionario solicitará al Órgano Supervisor la respectiva modificación". Similar disposición también se encuentra contenida en el literal f.1) del numeral 14.2 del Contrato de Concesión del Sistema de Distribución de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica; Que, en aplicación a lo señalado en su Contrato de Concesión, mediante documento GG/2016-060 remitido con fecha 12 de julio de 2016, la empresa Gas Natural Fenosa Perú S.A. solicitó a este Organismo, el cambio de código de la Serie ID: WPSSOP3500 del Índice PPI (Finished Goods Less Foods and Energy), a efectos de que pueda actualizar sus tarifas de distribución. Del mismo modo, mediante documento GRL-879-2016 remitido el 23 de noviembre de 2016, la empresa concesionaria Contugas S.A.C. solicitó se le confirme el uso del código de la Serie ID: WPSFD4131 en remplazo de la Serie ID: WPSSOP3500 para el referido índice, el mismo que debe utilizar para la actualización de sus respectivas tarifas; Que, en tal sentido, dado que las fórmulas de actualización de las tarifas de distribución contenidas en las Resoluciones Nºs 088-2015-OS/CD y 286-2015-OS/ CD consideran un índice con un código de serie que ha sido cambiado, corresponde atender las solicitudes formulada por las referidas empresas y como consecuencia de ello, sustituir el código de la Serie del índice PPI "Finished Goods Less Food and Energy, disponiendo el uso del nuevo código de Serie ID: WPSFD4131;

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