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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE FEBRERO DEL AÑO 2017 (11/02/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Sábado 11 de febrero de 2017 El Peruano / miembros y ex miembros del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo, para los fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1484469-1 Rectifican errores materiales contenidos en las R.R.MM. Nºs. 437, 415 y 416-2016-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 047 -2017-VIVIENDA Lima, 9 de febrero de 2017 VISTOS; el Ofi cio N° 1981-2016-MINMP/DGFC y Ofi cio N° 018-2017-MIMP/DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 26918, Ley de creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo–SPR, establece que forman parte del Sistema las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social y las demás entidades del Sector Público cuyos fi nes primordiales sean el desarrollo de servicios de promoción, atención y apoyo social; Que, el literal m) del artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1098 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables– MIMP, concordante con el literal e) del artículo 6 del citado dispositivo legal, señala que el MIMP tiene competencia exclusiva, sobre el ejercicio de la rectoría del Sistema Nacional de Población en Riesgo, entre otros; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES se dictaron las medidas para el funcionamiento de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social, estableciéndose en su artículo 1, que las Sociedades de Benefi cencia Pública y las Juntas de Participación Social forman parte del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; Que, el literal b) del artículo 5 del Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES, establece que el Directorio de las Sociedades de Benefi cencia Pública y las Juntas de Participación Social está integrado por cinco (5) representantes, entre los cuales, un representante es designado por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, a través de las Resoluciones Ministeriales N°s. 437, 415 y 416-2016-VIVIENDA se designaron a los representantes del MVCS en los Directorios de las Sociedades de Benefi cencia Pública y Juntas de Participación Social de Ilo (Moquegua), Moquegua y Piura; Que, en los documentos de vistos, el MIMP señala que en las Resoluciones Ministeriales N°s. 437, 415 y 416-2016-VIVIENDA se ha cometido un error material al considerar como una sola entidad la Sociedad de Benefi cencia Pública con una Junta de Participación Social, siendo ambas entidades benéfi cas autónomas entre sí, precisando que en el Perú solo existe una (1) Junta de Participación Social en Moche, en la ciudad de Trujillo; Que, en atención a lo indicado por el MIMP; en su calidad de órgano rector del Sistema Nacional de Población en Riesgo, del cual forman parte las Sociedades de Benefi cencia Pública y las Juntas de Participación Social, corresponde realizar las precisiones solicitadas en las Resoluciones Ministeriales N°s. 437, 415 y 416-2016-VIVIENDA; Que, al respecto, el numeral 201.1 del artículo 201 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos pueden ser rectifi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ofi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión; Que, en consecuencia, corresponde rectifi car el error material contenido en las Resoluciones Ministeriales N°s. 437, 415 y 416-2016-VIVIENDA, respecto a las designaciones realizadas en las citadas resoluciones ministeriales, es respecto al representante del MVCS en el Directorio de las Sociedades de Benefi cencia Pública, de Ilo (Moquegua), Moquegua y Piura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modifi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; y el Decreto Supremo N° 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Rectifi cación del error material contenido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 437-2016-VIVIENDA. Rectifi car el error material contenido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 437-2016-VIVIENDA, quedando redactado con el texto siguiente: “Artículo 2.- Designar al señor Rolando Alfredo Álamo Infante, como representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento ante el Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Piura.” Artículo 2.- Rectifi cación del error material contenido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 415-2016-VIVIENDA. Rectifi car el error material contenido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 415-2016-VIVIENDA, quedando redactado con el texto siguiente: “Artículo 2.- Designar a la señora Yolanda Ccallata Cueva, como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Ilo (Moquegua), en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.” Artículo 3.- Rectifi cación del error material contenido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 416-2016-VIVIENDA. Rectifi car el error material contenido en el artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 416-2016-VIVIENDA, quedando redactado con el texto siguiente: “Artículo 1.- Designar a la señora Gilia Ninfa Gutiérrez Ayala, como miembro del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Moquegua, en representación del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.” Artículo 4.- Notifi car la presente Resolución, al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDMER TRUJILLO MORI Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1484469-2 Designan representante del Ministerio ante el Núcleo Ejecutor de alcance departamental del departamento de Ancash, para la implementación de la R.M. Nº 260-2014-MIDIS RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2017-VIVIENDA Lima, 9 de febrero de 2017