Norma Legal Oficial del día 11 de febrero del año 2017 (11/02/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 11 de febrero de 2017 /

El Peruano

del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°.0212007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Objeto Aprobar una Transferencia Financiera con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de DOCE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS DIECIOCHO Y 00/100 SOLES (S/ 12 422 918,00), a favor de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), para el ejercicio fiscal del año 2017, destinados a la ejecución del Acuerdo de Asistencia Técnica MTC OACI PER/17/801 "El fortalecimiento de la Aeronáutica Civil del Perú para el Desarrollo Aeronáutico y mejora continua de la Seguridad Operacional"; conforme se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, se atenderá con cargo a los recursos asignados a la Unidad Ejecutora 001: Administración General, del pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, provenientes de las fuentes de financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 1484959-1

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO
Reconforman Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 046-2017-VIVIENDA Lima, 9 de febrero de 2017 CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante la Ley, establece, entre otros, que el Ministerio que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en dicha norma, crea un Comité de Inversiones para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 de la Ley y como Órgano de coordinación con Proinversión en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones se efectúa mediante Resolución Ministerial, que debe ser publicada en el diario oficial El Peruano y comunicada al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas;

Que, el numeral 6.1, del artículo 6 del Decreto Supremo N° 410-2015-EF, Reglamento del Decreto Legislativo N° 1224, en adelante el Reglamento, establece que el Comité de Inversiones de un Ministerio es un órgano colegiado integrado por tres funcionarios de la Alta Dirección o titulares de órganos de línea o asesoramiento de la entidad, los cuales ejercen sus funciones conforme a la Ley y el Reglamento; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 001-2016-VIVIENDA, fue creado y conformado los Comités de Inversiones en Construcción y Saneamiento y en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia. Asimismo, dicha resolución fue modificada a través de la Resolución Ministerial N° 281-2016-VIVIENDA, por medio de la cual se reconformó el Comité de Inversiones en Construcción y Saneamiento, con el objeto de llevar adelante los proyectos de inversión privada en el ámbito de su competencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 348-2016-VIIVENDA, se acepta la renuncia del señor Wilhelm Eduardo José Funcke Figueroa, al cargo de Director Ejecutivo del Programa Nuestras Ciudades, quien también se desempeñaba como Presidente del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo; asimismo, el señor Carlos Alberto Canto Canto, ha dejado de laborar en la entidad, por lo que resulta necesaria la reconformación de dicho Comité; Que, es necesario dar por concluida la designación del señor Wilhelm Eduardo José Funcke Figueroa y del señor Carlos Alberto Canto Canto, como integrantes del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; así como reconformar dicho Comité con los miembros propuestos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modificado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; el Decreto Legislativo N° 1224, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 410-2015-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor Wilhelm Eduardo José Funcke Figueroa y del señor Carlos Alberto Canto Canto, como integrantes del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 2.- Modifícase el párrafo 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 001-2016-VIVIENDA, conforme al siguiente texto: "Artículo 2.- Conformación de los Comités de Inversiones (...) 2.2. El Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento está conformado por los siguientes integrantes: - Sra. Lucía del Pilar Ledesma Martínez de Cruz, Directora General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo, quien lo presidirá. - Sr. Luís Obdulio Tagle Pizarro, Director General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo, Miembro. - Sra. Ruth Silvana Castro Velarde, Asesor II del Viceministerio de Vivienda y Urbanismo, Miembro. La Secretaría Técnica del Comité de Inversiones en Vivienda y Urbanismo es ejercida por la Dirección General de Programas y Proyectos en Vivienda y Urbanismo. La citada Dirección General es la responsable de cumplir las funciones establecidas en el artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1224 y en el artículo 7 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 410-2015-EF." Artículo 3.- Notificar la presente Resolución al Registro Nacional de Contratos de Asociaciones Público Privadas del Ministerio de Economía y Finanzas, y a los

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