Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2017 (07/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de julio de 2017 /

El Peruano

Artículo 2.- Ámbito de aplicación Las disposiciones contenidas en el presente procedimiento son de aplicación para la DGER y el Administrador del FISE para los desembolsos de los recursos del FISE, en mérito del Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red, contenido en el Programa Anual de Promociones vigente, aprobado por el MEM. Artículo 3.- Base Normativa El presente procedimiento tiene como sustento las siguientes normas: a) Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético y modificatorias. b) Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM y modificatorias. c) Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red y modificatorias. d) Decreto Supremo Nº 036-2014-EM, que otorga encargo especial temporal a las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica y ADINELSA, para el desarrollo de la Primera Subasta RER para Suministro de Energía en Áreas No Conectadas a Red (Instalaciones RER Autónomas) y modificatorias. e) Resolución Directoral Nº 061-2016-EM/DGER, que aprueba el Procedimiento para el reconocimiento de costos de las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica y ADINELSA por las actividades de sensibilización y constatación encargadas mediante Decreto Supremo Nº 036-2014-EM y modificatorias. f) Resolución Ministerial Nº 549-2016-MEM/DM, que aprueba el Programa Anual de Promociones 2017 y modificatorias. g) Resolución Ministerial Nº 175-2017-MEM/DM, que aprueba el Procedimiento de transferencia de los ingresos del Cargo RER Autónomo al Fideicomiso Fotovoltaico y modificatorias. Artículo 4.- Definiciones Para efecto del presente procedimiento son aplicables las definiciones previstas en el artículo 3 del Reglamento de la Ley Nº 29852, el artículo 1 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-2013-EM, el Anexo 7 de los Contratos de Inversión, el artículo 1 del "Procedimiento de transferencia de los ingresos del Cargo RER Autónomo al Fideicomiso Fotovoltaico", aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 175-2017-MEM/DM, así como las siguientes definiciones: a) Administrador del FISE: Es Osinergmin hasta el cumplimiento del plazo previsto en la Disposición Transitoria Única de la Ley Nº 29852 y sus modificatorias. b) Beneficiarios SFV: Aquellas personas que cumplen con los criterios para acceder al Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red, de acuerdo con el Programa Anual de Promociones aprobado por el MEM. c) Destinatarios: Son las Empresas Concesionarias de Distribución Eléctrica y ADINELSA, comprendidas en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 036-2014-EM, así como el Fideicomiso Fotovoltaico, según corresponda. d) DGER: Dirección General de Electrificación Rural del Ministerio de Energía y Minas. e) Director General de la DGER: Servidor designado por el MEM, quien tiene a su cargo la ejecución del Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red, en virtud del Programa Anual de Promociones aprobado por el MEM. f) Expediente de Desembolso: Está conformado por la documentación relativa al Programa Masivo

Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red, que permitirá la aprobación del Programa de Transferencia FISE - SFV. g) FCG: Fondo de Contingencia. h) Fiduciario: Entidad financiera con la cual el Administrador del FISE ha suscrito un contrato de Fideicomiso. i) Jefe de Proyectos Especiales: Servidor designado por Osinergmin, quien tiene a su cargo las actividades atribuidas al Administrador del FISE, precisadas en la presente norma. j) Ley: Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético. k) MEM: Ministerio de Energía y Minas. l) Plataforma de Monitoreo y Gestión del Programa Masivo Fotovoltaico: Es la plataforma web a través de la cual la DGER obtiene los Anexos 02 y 04 del presente procedimiento, accesible mediante la dirección web: www.fisesfv.com. m) Programa Anual de Promociones: Documento que contiene los proyectos directamente vinculados a los fines del FISE, que a su vez forman parte del Plan de Acceso Universal a la Energía y que involucran recursos del FISE. Este Programa es elaborado y aprobado por el MEM, considerando la disponibilidad presupuestaria del FISE. El Programa Anual de Promociones detalla como mínimo los objetivos de cada proyecto, el monto comprometido estimado, plazo de ejecución, fuente de financiamiento, beneficiarios, actividades comprendidas y el responsable de la ejecución de cada proyecto. n) Reglamento del FISE: Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado a través del Decreto Supremo Nº 021-2012-EM. o) SFV: Sistema Fotovoltaico. p) Solicitud de Pago: Son las órdenes de pago y documentación remitidas por la DGER al Administrador del FISE, para que se realice la transferencia de sus recursos a las cuentas de los Destinatarios. TÍTULO II DE LA SOLICITUD DE PAGO Artículo 5.- Solicitud de Pago 5.1 A partir de cada una de las actividades que se realicen en el marco del Programa Masivo Fotovoltaico para zonas aisladas no conectadas a red, contenido en el Programa Anual de Promociones, la DGER remite la Solicitud de Pago para que el Administrador del FISE elabore el Programa de Transferencia FISE - SFV. 5.2 La Solicitud de Pago referida a la constatación de la puesta en operación comercial de las Instalaciones RER Autónomas, incluye la siguiente información: - Resolución Directoral que aprueba la solicitud de reconocimiento de los costos para ejecutar las actividades de verificación en campo de los Destinatarios y el informe que la sustente. - Monto requerido para transferir a los Destinatarios. - Reporte para la Constatación de la Puesta en Operación Comercial efectuadas por cada Destinatario, que contendrá como mínimo la información del Anexo 01 del presente procedimiento, en formato digital. - Número de cuenta bancaria de los Destinatarios. 5.3 La Solicitud de Pago referida a la Compensación del Cargo RER Autónomo incluye la siguiente información:

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