Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano / Jueves 13 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

17

EDUCACION
Designan Viceministro Institucional de Gestión

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 004-2017-MINEDU Lima, 12 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación; Que, resulta necesario designar al funcionario que ejercerá el cargo al que se hace referencia en el considerando precedente; De conformidad con lo previsto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor FERNANDO CACERES FREYRE en el cargo de Viceministro de Gestión Institucional del Ministerio de Educación. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Ministra de Educación. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MARILÚ DORIS MARTENS CORTÉS Ministra de Educación 1543520-5

INTERIOR
Autorizan viaje de oficiales de la Policía Nacional del Perú a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 683-2017-IN Lima, 12 de julio de 2017 VISTOS; la Carta de fecha 13 de mayo de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, la Carta N° S-2017-048689-DIPON/ARCOP ­ GUCIM 3.4, de fecha 15 de junio de 2017, de la Jefatura del Área de Relaciones y Cooperación Internacional Policial de la Policía Nacional de Colombia, la Hoja de Estudio y Opinión N° 227-2017-DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de junio de 2017, de la Dirección General de la Policía Nacional del Perú, el Informe N° 001053-2017/IN/OGAJ, de fecha 10 de julio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Carta de fecha 13 de mayo de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú solicita a la Dirección General de la Policía Nacional de Colombia que tenga a bien disponer a quien corresponda evaluar la posibilidad de que tres Oficiales Superiores de la Policía Nacional del Perú realicen una

visita de referenciación en el Centro Experimental de Hoja de Coca, ubicado en el Centro de Instrucción, Entrenamiento y Operaciones (CENOP) de la Policía Nacional de Colombia, sito en la ciudad de Tolima ­ República de Colombia, el mismo que podría realizarse del 15 al 20 de julio de 2017, ello en mérito al marco de Cooperación Internacional de Policía, bajo el Acta de la "V Reunión del Grupo de Trabajo Bilateral para Asuntos Policiales Perú ­ Colombia"; Que, a través de la Carta N° S-2017-048689DIPON/ARCOP ­ GUCIM 3.4, de fecha 15 de junio de 2017, la Jefatura del Área de Relaciones y Cooperación Internacional Policial de la Policía Nacional de Colombia hace de conocimiento que la Dirección Nacional de Escuelas de la Policía Nacional de Colombia ha considerado viable la realización de la visita indicada en el considerando precedente; Que, con Hoja de Estudio y Opinión N° 227-2017DGPNP/DIRASINT-DB, de fecha 23 de junio de 2017, la Dirección General de la Policía Nacional del Perú aprueba y estima conveniente que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior en comisión de servicios, de los Coroneles de la Policía Nacional del Perú Víctor Hugo Tuesta Castro y Ely Vargas Roca y de la Coronel de Servicios de la Policía Nacional del Perú Carmen Del Pilar Sandoval Jáuregui, propuestos por la Dirección Antidrogas de la Policía Nacional del Perú, para que realicen la visita antes citada, a realizarse en la ciudad de Tolima ­ República de Colombia, del 14 al 21 de julio de 2017, considerando que es importante para la Policía Nacional del Perú, toda vez que dicha visita permite al citado personal policial, capacitarse sobre los procesos y procedimientos misionales ejecutados por dicho Centro Experimental en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas; Que, los conocimientos y las experiencias a adquirirse, como resultado de la participación del mencionado personal policial en la visita indicada, se encuentran en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 3917-2017-DIRADM-DIVECO-PNP/ DEPPRE., de fecha 22 de junio de 2017, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 0022004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, que hace extensivo sus alcances al Personal Policial y Civil de la Policía Nacional del Perú, mediante el Decreto Supremo N° 001-2009-IN, establece que los viajes al exterior con carácter oficial comprende, entre otras, la modalidad Comisión de Servicios; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben canalizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.