Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Jueves 13 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Sistema Nacional de Salud, elabora, aprueba, ejecuta y supervisa las Normas Técnicas y demás disposiciones que sean necesarias para el manejo y tratamiento del dengue con criterios seguridad, oportunidad y calidad. Artículo 5.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos presupuestarios que se habiliten en el marco del Plan Nacional de Lucha contra el Dengue no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son autorizados. Artículo 6.- Derogación El Decreto Supremo N° 007-2013-SA que aprobó el Plan Nacional Multisectorial e Intergubernamental de Prevención y Control de Dengue en el Perú, queda derogado una vez que entre en vigencia el Plan a que hace referencia el artículo 2 de la presente norma. Artículo 7.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de julio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1543520-3

del Ministerio de Salud, en la Directiva N° 013-2016-CG/ GPROD "implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado", aprobada por Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento del Comité de Control Interno del Ministerio de Salud, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1543378-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2017-TR Lima, 12 de julio de 2017 VISTO: El Oficio Nº 1953-2017-DM/MINSA, de fecha 07 de julio de 2017, del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el inciso 6.1 del artículo 6 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, los representantes del Estado ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ESSALUD son designados mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución Suprema N° 003-2017-TR se dio por concluida la designación del señor Percy Luis Minaya León como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en representación del Estado; Que, en ese sentido, resulta necesario designar al nuevo miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representación del Estado; y, De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 6 de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud - ESSALUD, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-99-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora SILVIA ESTER PESSAH ELJAY como miembro del Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en representación del Estado. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1543520-6

Aprueban Reglamento del Comité de Control Interno del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 544-2017/MINSA Lima, 12 de julio de 2017 Visto, el expediente N° 17-059967-001 que contiene el Memorando N° 367-2017-SG/MINSA de la Secretaria General, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado, tiene por objeto establecer las normas para regular la elaboración, aprobación, implantación, funcionamiento, perfeccionamiento y evaluación del control interno en las entidades del Estado, con el propósito de cautelar y fortalecer los sistemas administrativos y operativos con acciones y actividades de control previo, simultáneo y posterior, contra los actos y prácticas indebidas o de corrupción, propendiendo al debido y transparente logro de los fines, objetivos y metas institucionales; Que, la Directiva N° 013-2016-CG/GPROD "Implementación del Sistema de Control Interno en las Entidades del Estado", aprobada por Resolución de Contraloría N° 149-2016-CG, señala que el Comité de Control Interno es responsable de promover, orientar, coordinar y realizar seguimiento a las acciones para la implementación del SCI; siendo las funciones y responsabilidades de sus miembros, respecto de las labores de implementación y la asistencia a las sesiones, especificadas en el Reglamento del Comité, el cual es elaborado por este y aprobado por el Titular de la entidad; Que, mediante Acta N° 001-2017 de fecha 21 de junio de 2017, el Comité de Control Interno del Ministerio de Salud, reconformado por Resolución Ministerial N° 4302017/MINSA acuerda, entre otros puntos, "Aprobar el Reglamento del CCI MINSA con cargo a las mejoras en función de las propuestas de los miembros"; Que, estando a lo expuesto y a lo señalado en el documento de visto, corresponde expedir la Resolución Ministerial que aprueba el Reglamento de Control Interno del Ministerio de Salud; Con el visado del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, de la Viceministra de Salud Pública y del Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28716, Ley de Control de las Entidades del Estado, en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones

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