Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 13 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Cancelar por causal de muerte el título de notario del distrito de Yungay, provincia de Yungay, distrito notarial de Ancash, otorgado al señor EDUVIGIS ALEJANDRO GARCÍA ZELAYA. Artículo 2.- Remitir copia de la presente resolución al Consejo del Notariado y al Colegio de Notarios de Ancash, para los fines que correspondan. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1542968-2

Presidencia del Directorio de la referida entidad benéfica, en tanto se designe a su titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA ROMERO-LOZADA LAUEZZARI Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1543387-1

Aprueban Directiva "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables - MIMP"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 200-2017-MIMP Lima, 11 de julio de 2017 Vistos, el Informe Nº 010-2017-MIMP/OGMEPGD de la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, el Informe Nº 049-2017-MIMP/ OGPP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 0380-2017-MIMP/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; CONSIDERANDO: Que, el artículo 7 del Decreto Supremo Nº 003-2012MIMP que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, establece que la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables es la más alta autoridad política y ejecutiva del Sector, es la Titular del Pliego Presupuestal y representa al Ministerio. Asimismo, establece los objetivos del Sector, orienta, formula, dirige, coordina, determina, ejecuta, supervisa y evalúa las políticas nacionales y sectoriales a su cargo, en armonía con las disposiciones legales y la política general del Gobierno. Está a cargo de la conducción de las políticas nacionales y sectoriales y del dictado de lineamientos y directivas en materia de mujer y poblaciones vulnerables. Ejecuta sus funciones de acuerdo a la política establecida por el Presidente de la República, en coordinación con el Presidente del Consejo de Ministros; Que, asimismo, el artículo 10 del citado Reglamento de Organización y Funciones, dispone que los Despachos Viceministeriales de la Mujer y Poblaciones Vulnerables son las autoridades inmediatas a la Ministra. Les corresponde formular, conducir, ejecutar y supervisar, por encargo y en coordinación con la Ministra, la aplicación de las políticas nacionales y sectoriales y la dirección de las actividades de los órganos del Ministerio, así como de las entidades públicas que estén dentro de su ámbito de competencia. Asimismo, son responsables de las materias a su cargo; Que, la Oficina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, en virtud a sus funciones establecidas en el artículo 34 del citado reglamento de organización y funciones, entre otros, es la encargada de proponer las normas y lineamientos para la implementación y funcionamiento eficaz y eficiente del Monitoreo y Evaluación integral de las políticas nacionales y Sectoriales de competencia del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables; en ese sentido, conforme a lo solicitado por la Alta Dirección, mediante el documento de vistos propone aprobar la Directiva "Pautas para la elaboración del informe que reporta el estado de las líneas estratégicas a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables- MIMP" y su anexo adjunto, a fin de contar con un documento normativo que permita uniformizar los criterios para obtener información

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Dan por concluida designación y encargan la Presidencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 199-2017-MIMP Lima, 11 de julio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial 465-2014MIMP, entre otras acciones, se designó al señor José Santos Calderón Castillo como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional 973-2015-GRA/GR, entre otras acciones, se designó a la señora Jael del Pilar Vásquez Mendoza como representante de la Dirección Regional de Salud Ancash ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote; Que, por necesidad del servicio, resulta conveniente dar por concluida la designación a la que se contrae el primer considerando, así como encargar la Presidencia del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote a la señora Jael del Pilar Vásquez Mendoza miembro del Directorio de la citada entidad benéfica, a fin de continuar con la normal marcha administrativa, en tanto se designe a su titular; Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley 26918, Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo; la Ley 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo 1098, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo 0032012-MIMP y sus modificatorias; y el Decreto Supremo 004-2010-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación del señor JOSÉ SANTOS CALDERÓN CASTILLO como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Chimbote. Artículo 2.- Encargar a la señora JAEL DEL PILAR VÁSQUEZ MENDOZA, miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública del Chimbote, la

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