Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2017 (21/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano / Viernes 21 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Modifícase el título del procedimiento específico "Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos", DESPA-PE.00.15 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 029-2012/SUNAT/A, conforme al siguiente texto: "PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO "RESOLUCIONES ANTICIPADAS RELACIONADAS CON LA APLICACIÓN DE DEVOLUCIONES, SUSPENSIONES, EXONERACIONES DE ARANCELES ADUANEROS Y REIMPORTACIÓN DE MERCANCÍAS REPARADAS O ALTERADAS EN EL MARCO DE LOS ACUERDOS DE PROMOCIÓN COMERCIAL, ACUERDOS DE LIBRE COMERCIO O TRATADOS DE LIBRE COMERCIO SUSCRITOS POR EL PERÚ", DESPA-PE.00.15 (VERSIÓN 1)". Artículo 2. Modificación de disposiciones del procedimiento específico "Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos", DESPAPE.00.15 (versión 1). Modifícase las secciones I; II; III; V; el título de la sección, el numeral 1, el literal d) del numeral 4, el literal c) del numeral 6 y el numeral 7 de la sección VI; el numeral 1 y el literal b) del numeral 2 del acápite A), el numeral 2 del acápite B), el numeral 3 del acápite C), el numeral 1 del acápite D) y el numeral 1 del acápite E) de la sección VII; las secciones X, XI; y el Anexo 1 del procedimiento específico "Resoluciones anticipadas relacionadas con la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco del acuerdo de promoción comercial suscrito entre el Perú y los Estados Unidos", DESPA-PE.00.15 (versión 1), aprobado por Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N.º 029-2012/SUNAT/A, conforme a los siguientes textos: "I. OBJETIVO Establecer las pautas que regulan la emisión, modificación y revocación de resoluciones anticipadas relacionadas a la aplicación de devoluciones, suspensiones, exoneraciones de aranceles aduaneros y reimportación de mercancías reparadas o alteradas en el marco de los Acuerdos de Promoción Comercial, Acuerdos de Libre Comercio o Tratados de Libre Comercio suscritos por el Perú, en adelante el Acuerdo Comercial." "II. ALCANCE Está dirigido a los operadores del comercio exterior y al personal de la Intendencia Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero - INDEA, de la Intendencia de Gestión y Control Aduanero - IGCA y de las intendencias de aduana de la República." "III. RESPONSABILIDAD La aplicación, cumplimiento y seguimiento de lo establecido en el presente procedimiento es responsabilidad del Intendente Nacional de Desarrollo Estratégico Aduanero, del Intendente de Gestión y Control Aduanero, de los intendentes de aduana y demás personal que interviene en este procedimiento". "V. BASE LEGAL - Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 1053, publicado el 27.6.2008 y modificatorias.

- Reglamento de la Ley General de Aduanas, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF, publicado el 16.1.2009 y modificatorias. - Tabla de Sanciones aplicables a las infracciones previstas en la Ley General de Aduanas, aprobada por Decreto Supremo N° 031-2009-EF, publicado el 11.2.2009 y modificatorias. - Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, publicado el 22.6.2013 y modificatorias. - Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, publicado el 20.3.2017 y modificatoria. - Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, aprobado por Decreto Supremo Nº 104-95-EF, publicado el 23.6.1995 y modificatorias. - Lista de subpartidas nacionales excluidas de la Restitución Certificada de Derechos Arancelarios a que se refiere el D.S. Nº 104-95-EF, aprobada por el Decreto Supremo Nº 127-2002-EF, publicado el 25.8.2002 y modificatorias. - Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia Nº 122-2014/SUNAT, publicado el 1.5.2014 y modificatorias. - Acuerdo de Promoción Comercial Perú - Estados Unidos, vigente desde el 1.2.2009 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 009-2009-MINCETUR, publicado el 17.1.2009. - Tratado de Libre Comercio entre Canadá y la República del Perú, vigente desde el 1.8.2009 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 013-2009-MINCETUR, publicado el 1.8.2009. - Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de la República del Perú, vigente desde el 1.6.2013 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MINCETUR, publicado el 31.5.2013. - Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Panamá, vigente desde el 1.5.2012 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 008-2012-MINCETUR, publicado el 6.4.2012. - Acuerdo de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Singapur, vigente desde el 1.8.2009 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 014-2009-MINCETUR, publicado el 1.8.2009. - Tratado de Libre Comercio entre la República del Perú y la República de Honduras, vigente desde el 1.1.2017 de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 009-2016-MINCETUR, publicado el 30.12.2016." "VI. DISPOSICIONES GENERALES 1. Las resoluciones anticipadas relacionadas con la devolución, suspensión, exoneración de aranceles aduaneros, así como para la reimportación de mercancías reparadas o alteradas, determinan la aplicación de normas técnicas y tributarias aduaneras a un caso particular con anterioridad al momento en que se realiza su importación en el marco de un Acuerdo Comercial. Para efectos del presente procedimiento, entiéndase por "importación" a los regímenes de importación y a la reimportación de mercancías exportadas temporalmente, considerándose realizada la misma cuando se numera la declaración aduanera. Las disposiciones contenidas en el presente procedimiento también aplican a las solicitudes que se sustenten en acuerdos comerciales que se suscriban con el Perú, salvo que dichos acuerdos establezcan disposiciones distintas, en cuyo caso se aplican estas. (...) 4. El presente procedimiento regula la emisión de resoluciones anticipadas sobre la aplicación de: (...) d) Reimportación de mercancías reparadas o alteradas, que determinan para un caso particular, si las

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