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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE JULIO DEL AÑO 2017 (22/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Sábado 22 de julio de 2017 / El Peruano económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 346-2015- MDL de fecha 26 de febrero de 2015 se aprobó el ROF de la Municipalidad Distrital de Lince; Que, mediante Ley Nº 27658; Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la fi nalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, de fi ne, como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10° de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, en ese sentido, mediante Ordenanza Municipal Nº 392 de fecha 17 de julio de 2017 se aprobó la creación del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor – CIAM en la Municipalidad Distrital de Lince; Que, en los documentos vistos, se aprecia que la modi fi cación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor – CIAM al ROF de la Municipalidad; además de modi fi car las funciones del Órgano de Control Institucional conforme a la Directiva Nº 007-2005-2015-CG/PROCAL aprobada por Resolución de Contraloría Nº 163-2015-CG de fecha 21 de abril de 2015; la implementación de la Subgerencia de Planeamiento, Inversiones y Racionalización y el cambio de denominación de la Gerencia de Desarrollo Social a Gerencia de Desarrollo Humano, entre otros; Con las opiniones favorables de la Gerencia Municipal, de la Comisión de Asuntos Legales, de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo, de conformidad con el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972; Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente, aprobó por MAYORÍA la siguiente Ordenanza Municipal:ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (R.O.F) Y ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE, APROBADO POR ORDENANZA N° 346- 2015-MDL Artículo Primero.- APRUÉBESE la Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (R.O.F) y Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Lince, cuyos anexos forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCÁRGUESE a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza y el Organigrama Estructural en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE a la Subgerencia de Desarrollo Corporativo y Tecnología la publicación del íntegro de este documento de gestión en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.munilince.gob.pe), conforme prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP Aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Cuarto.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en bene fi cio de la población adulta mayor de la comunidad. Artículo Quinto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal disponer la implementación de las modi fi caciones aprobadas en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia Municipal, a través de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo la adecuación del cuadro de Asignación de Personal –CAP y el Manual de Organización de Funciones –MOF, en el termino de (60) días calendario, partir de la publicación de la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.MARTIN PRINCIPE LAINES Alcalde REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN