Norma Legal Oficial del día 22 de julio del año 2017 (22/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano / Sábado 22 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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Fiscal de Lima Sur, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio, para el Pool de Fiscales de Lima Sur, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:

del Distrito Fiscal de Piura, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Nombrar al abogado Vladimir Ernesto Sánchez Navez, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en el Pool de Fiscales de Lima Sur, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Sur, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1547175-17 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2589-2017-MP-FN Lima, 21 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 1264-2017-MP-PJFS-DF-PASCO, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante y en consecuencia se hace necesario nombrar al fiscal que ocupe provisionalmente dicho cargo, previa verificación de los requisitos de Ley. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al abogado Jhon Edgar Obregón Paredes, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Pasco, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Pasco. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Pasco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y al fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1547175-18 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2590-2017-MP-FN Lima, 21 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: El oficio N° 795-2017-MP-FN-PJFS-PIURA, cursado por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores

Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Shirley Carrasco Morales, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Piura, designándola en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Piura, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Piura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales y a la fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación 1547175-19 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2591-2017-MP-FN Lima, 21 de julio de 2017 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2017-EF, publicado el 10 de marzo de 2017, en el Diario Oficial "El Peruano", se autorizó una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público, para el Año Fiscal 2017, a favor del pliego Ministerio Público, sustentándose el mismo, entre otros, en el oficio Nº 032-2017-MP-FN, de fecha 20 de febrero de 2017, suscrito por el señor Fiscal de la Nación, en el que solicita al Ministerio de Economía y Finanzas, recursos financieros adicionales destinados a financiar los mayores gastos que demandan las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, Delitos de Lavado de Activos y Pérdida de Dominio y Criminalidad Organizada a nivel nacional, por el incremento de la carga procesal, comprendiendo para ello la contratación de fiscales, peritos y expertos, personal de apoyo fiscal, servicios de traducción, pasajes y viáticos, mantenimiento y acondicionamiento equipamiento, entre otros. Que, mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 048-2017-MP-FN-JFS, de fecha 30 de marzo de 2017, se crearon despachos y plazas fiscales con carácter transitorio, cuya vigencia será del 01 de abril al 31 de diciembre de 2017, conforme a lo señalado en el Informe Nº 007-2017-MP-FN-ETI-NCPP/ST, el mismo que contiene el Rediseño Organizacional y la Desagregación Presupuestal de la Transferencia de Partida, otorgada por el Ministerio de Economía y Finanzas al Ministerio Público. En ese sentido, con oficio Nº 5021-2017-MP-FNFSNCEDCF, el Fiscal Superior Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Corrupción de Funcionarios, formula la propuesta respectiva para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Provisional Transitorio del Distrito Fiscal de Piura, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Piura, la misma que, al encontrarse vacante, se hace necesario expedir el resolutivo en el que se dispongan el nombramiento y designación correspondiente, previa verificación de los requisitos de ley. Estando a lo expuesto, en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 158º de la Constitución Política

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