Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 120

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de julio de 2017 /

El Peruano

de Sanciones ­ RAS y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones ­ CUIS de la Municipalidad Distrital de San Luis, la tipificación de infracción a personas naturales y jurídicas respecto al transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y pienso por consiguiente es preciso aprobar una ordenanza Municipal, para tal efecto, remite adjunta Informe nº 006-2017-MDSL/GSCSGLPAVSA cursado por la Sub Gerencia de Limpieza Pública y Saneamiento Ambiental el mismo qua su vez remite el proyecto de la citada ordenanza. Por otro lado, a través del Informe Nº 210-2017-MDSL/GAJ el Gerente de Asesoría Jurídica opina por la viabilidad de la modificación de la Ordenanza Nº 119-MDSL en el extremo que se incorpore el Cuadro de infracciones y sanciones respecto al transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el distrito de San Luis, previo sometimiento a consideración del pleno del Concejo Municipal, para su debate y posterior aprobación. Que, el numeral 8) del Artículo 09 de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala (...) Son atribuciones del Concejo Municipal; corresponde al concejo municipal...8) aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos. Que, el Artículo 39º de la norma acotada, prescribe "(...) Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanza y acuerdos" Que, el Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidad, prescribe que (...) las ordenanzas de las municipalidad distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna (...). Que, en cumplimiento de la Actividad 4 de la Meta 19 "Inclusión en el Régimen de Aplicación de Sanciones ­ RAS y Cuadro Único de Infracciones y Sanciones ­ CUIS la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales y jurídicas proveedoras del transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos del distrito" resulta necesario modificar el Régimen de Aplicación de Sanciones ­ RAS de esta entidad edil, el mismo que fue aprobad mediante Ordenanza Municipal Nº 119-MDSL , con la finalidad de incorporar en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones ­CUIS, la tipificación de infracciones y sanciones a personas naturales o jurídicas proveedores de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el distrito de San Luis. Estando a las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas en el Numeral 8) del Artículo 9 y Artículo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades y con el Voto UNÁNIME de los Señores Regidores, se aprueba; ORDENANZA MUNICIPAL Nº 229-2017-MDSL/C ORDENANZA QUE MODIFICA LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 119-MDSL "ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN DE APLICACIÓN DE SANCIONES ­ RAS Y CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES ­ CIS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS" EN EL EXTREMO DE INCORPORAR EL CUADRO DE INFRACCIÓN Y SANCIONES DE TRANSPORTE Y COMERCIO DE ALIMENTOS AGROPECUARIOS PRIMARIOS Y PIENSOS EN EL DISTRITO DE SAN LUIS Artículo Primero.- MODIFICAR la Ordenanza Municipal Nº 119-MDSL "Ordenanza que aprueba el Régimen de Aplicación de Sanciones ­ RAS y Cuadro de Infracciones y Sanciones ­ CIS de la Municipalidad Distrital de San Luis" en el extremo de incorporar el Cuadro de Infracción y Sanciones de transporte y comercio de alimentos agropecuarios primarios y piensos en el distrito de San Luis, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza cono Anexo 1. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Limpieza Publica, Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental, cumpla con administrar la base de datos de infracciones a la vigilancia sanitaria de vehículos de transporte y comerciantes de alimentos agropecuarios

primarios y piensos según lo establecido en las normas de inocuidad agroalimentaria. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y por su intermedio a la Sub Gerencia de Limpieza Publica, Áreas Verdes y Saneamiento Ambiental, Sub Gerencia de Gestión de Riesgos y Desastres, Control y Sanciones, Gerencia de Administración Tributaria, Gerencia de Administración y por su intermedio a la Sub Gerencia de Tesorería y demás unidades orgánicas que corresponda el fiel cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial ­ El Peruano y a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información la difusión de la presente ordenanza en la página web de la Municipalidad Distrital de San Luis y en el Portal de Servicios del Ciudadano y Empresas (http//www.serviciosalciudadano.gob.pe), dentro de los plazos establecidos en la Ley Nº 29091 y el Decreto Supremo Nº 004-2008-PCM y a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y Participación Vecinal, la difusión de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ESTABLECER la vigencia de la presente ordenanza, al día siguiente de su publicación, en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1548310-1

Derogan la Ordenanza N° 208-MDSL y crean el nuevo Centro Integral de Atención al Adulto Mayor - CIAM
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 232-2017-MDSL/C San Luis, 21 de julio del 2017 EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN LUIS VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 21 de Julio del 2017, el Informe Nº 024-2017-MDSL-GPES de fecha 19 de Julio del 2017 , Memorando Nº 168-2017MDSL/GPEP de fecha 01 de Junio del 2017, Informe Nº 266-2017-MDSL/GAJ de fecha 27 de Junio del 2017 y Memorando Nº 795-2017-MDSL/GM de fecha 10 de Julio del 2017, emitido por la Gerencia de Promoción Económica y Social, Gerencia de Planeamiento Estratégico y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia Municipal, respectivamente, sobre "Proyecto de Ordenanza que deroga la Ordenanza Nº 208-MDSL de fecha 16.06.2016, en consecuencia crear el nuevo Centro Integral de Atención al Adulto Mayor ­ CIAM de acuerdo a la legislación vigente." y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 04.10.05, precisa que (...) las municipalidades distritales son órganos de gobierno local y que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción, en concordancia con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, Que, el artículo 7º de la pre citada Constitución, señala que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La

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