Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de julio de 2017 /

El Peruano

Que, la Gerencia de Desarrollo Humano, a través del Memorándum Nº 338-2017-GDH/MM, propone la modificación del Reglamento de Funcionamiento del CIAM con el fin que guarde concordancia con las disposiciones de la Ordenanza Nº 487/MM y la Ley Nº 30490, y a la vez cumplir con la Actividad 4 de la mencionada Meta 02 del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal para el año 2017, propuesta que se sustenta en el Informe Nº 00052-2017-SGSBS/GDH/MM de la Subgerencia de Salud y Bienestar Social; con lo cual se contribuirá, adicionalmente, a fortalecer la atención integral y permanente a las personas adultas mayores, mejorando su calidad de vida e integrándolas al desarrollo social, económico, político y cultural del distrito; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica concluye, en el Informe Legal Nº127-2017-GAJ/MM del 19 de julio de 2017, que corresponde continuar con el trámite regular para la aprobación del nuevo Reglamento de Funcionamiento del CIAM, de conformidad con la propuesta remitida por la Gerencia de Desarrollo Humano, a través de la emisión del respectivo decreto de alcaldía; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el artículo 20, numeral 6, y el artículo 42 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- Aprobar el Reglamento para el Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, cuyo texto como anexo adjunto forma parte integrante del presente decreto, de conformidad con las consideraciones expuestas en el mismo. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Decreto de Alcaldía Nº 001-2009-MM, con el que se aprobó el Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital de Miraflores, así como cualquier otro dispositivo que se oponga al presente decreto de alcaldía. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente decreto de alcaldía, y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional su publicación en el Portal Institucional (www. miraflores.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1547579-1

administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, el artículo 4° de la Constitución Política del Estado, precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, en su artículo 7° establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2° de la Ley N° 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define como personas adultas mayores a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10° de la Ley N° 30490, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, a través de la Ordenanza N°499-MDR se crea el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor-CIAM, de la Municipalidad Distrital del Rímac; Que, a mediante Ordenanza N° 506-MDR se aprueba la modificación del artículo 80° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital del Rímac, aprobado por Ordenanza N° 332-MDR y modificatorias, incorporando las funciones del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor a la Subgerencia de Bienestar Social, Deporte y Juventud; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6 del artículo 20º y el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento para el funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad Distrital del Rímac, el mismo que consta de doce (12) títulos, veinte y dos (22) artículos, dos (2) disposiciones transitorias, complementarias y finales y los anexos 1 y 2 que forman parte integrante del presente Decreto. Artículo 2º.- Disponer la publicación del presente Decreto en el diario oficial El Peruano y en el portal institucional (www.munirimac.gob.pe) Artículo 3º.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Humano y Social a través de la Subgerencia de Bienestar Social, Deporte y Juventud de la Municipalidad Distrital del Rímac, la implementación del Reglamento para el funcionamiento del CIAM Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1548140-1

MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Aprueban Reglamento para el funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad del Rímac
DECRETO DE ALCALDÍA N° 004-2017-MDR Rímac, 20 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,

MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA
Aprueban Reglamento de Funcionamiento del Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de la Municipalidad
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 007-2017-MSB-A San Borja, 24 de julio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA VISTOS, el Informe N° 053-2017-MSB-GM-GDH de la Gerencia de Desarrollo Humano de fecha 28 de junio de 2017, el Memorándum N° 233-2017-MSB-GM-GPE de la Gerencia de Planificación Estratégica de fecha 05

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