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24 NORMAS LEGALES Jueves 8 de junio de 2017 / El Peruano La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña o adolescente con fi nes de explotación se considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior”. Posteriormente, se perfecciona el concepto mediante la Ley N° 30251, Ley que perfecciona la tipi fi cación del delito de trata de personas del Código Penal, artículo 153º: “El que mediante violencia, amenaza u otras formas de coacción, privación de la libertad, fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o de cualquier bene fi cio, capta, transporta, traslada, acoge, recibe o retiene a otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país con fi nes de explotación, es reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años”. En relación a los niños, niñas y adolescentes este mismo artículo establece que: “La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña o adolescente con fi nes de explotación se considera trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios previstos en el inciso 1”. De acuerdo con el Protocolo de Palermo, la de fi nición de la trata de personas se compone de tres elementos que están intrínsecamente ligados entre sí: el comportamiento o conducta, los medios y el propósito o fi n, los cuales deberán con fl uir para con fi gurar el delito. El comportamiento o conducta se re fi ere a las actividades que se realizan para colocar a la víctima en una situación de peligro de ser explotada 9, los medios son las formas o métodos utilizados para engañar a la víctima o doblegar su voluntad. Los fi nes son los objetivos que siempre son la explotación de la víctima, aunque esto puede tomar varias formas. En el esquema siguiente se gra fi can los elementos constitutivos de la trata de personas: Gráfi co 1. Elementos constitutivos de la trata de personas CONDUCTAS MEDIOS FINALIDAD • Captación • Transporte• Traslado• Acogida• Recepción• Retención• Violencia, amenaza u otras formas de coacción • Privación de la libertad • Fraude• Engaño • Abuso de poder • Abuso de situación de Vulnerabilidad • Concesión o recepción de pagos o bene fi cios para obtener el consen- timiento de una persona que tenga autoridad sobre otra• Venta de niñas, niños y adolescentes • Explotación sexual y prostitución • Esclavitud y prácti- cas análogas • Explotación laboral • Trabajo forzoso • Mendicidad • Extracción o trá fi cos de órganos, tejidos somáticos o sus componentes humanos. Fuente: Protocolo de la Policía Nacional del Perú para la protección y atención a víctimas y testigos de trata de personas. Los medios empleados en la trata de personas son10: - Violencia se puede de fi nir: o Violencia física se puede de fi nir como la aplicación de fuerza física sobre otra persona que es idónea para doblegar su voluntad. o También existe otras formas de violencia, incluyendo la psicológica, sexual, económica, u otro tipo. - Amenaza (u otras formas de coacción) consiste en la comunicación directa o indirecta de un mal o perjuicio próximo hacia la víctima (el mal puede estar dirigido directamente a ella o alguna persona de su entorno); esta comunicación debe ser idónea para doblegar su voluntad. Se trata de una forma de violencia psicológica. - Privación de la libertad signi fi ca la afectación directa de la libertad ambulatoria de una persona, usualmente por causa de la violencia ejercida sobre ella. La privación de libertad puede estar asociada también a otros medios como la deuda, el secuestro de documentos, el control a través del suministro de drogas, la amenaza de dañar familiares o divulgar información, etc. - Fraude o engaño consiste en la simulación de la realidad (crear hechos total o parcialmente falsos) que produce un error que se expresa en el consentimiento “viciado” de la víctima de trata. - Abuso de poder se re fi ere a los casos en los que el tratante ocupa una posición de dominio o control que ocasiona que la víctima se vea obligada a aceptar la voluntad del primero. - Abuso de situación de vulnerabilidad conforma los supuestos en que el tratante se aprovecha de que la víctima se encuentra en una situación en la que no tiene alternativa real y aceptable, excepto someterse al abuso. - Concesión o recepción de pagos o bene fi cios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra hace referencia a los supuestos donde el o la tratante da un bene fi cio patrimonial (dinero o bienes) o de otra índole a quien tenga autoridad sobre la víctima (padre, madre, padrino, madrina, etc.). También aplica a supuestos donde el tratante entregue dinero o bienes a cambio de información o de ventajas para acceder a la víctima. Las conductas empleadas en la trata de personas 11 son: - Captación : Usualmente es el primer eslabón del proceso de la trata de personas. Consiste en el reclutamiento de la víctima a través de los medios antes citados. - Transporte: Cualquier comportamiento que implica movilizar a una persona de un lugar a otro dentro o fuera del país. - Traslado: Supone que una persona que tiene la autoridad sobre la víctima trans fi era el control de esta a otra persona, usualmente a cambio de un pago o bene fi cio. - Acogida: Hace alusión a la admisión de la víctima en un ambiente o domicilio, donde se la mantendrá por un tiempo antes de ser llevada al lugar donde va a ser explotada. - Recepción: Signi fi ca recibir a la víctima que es transportada o trasladada de un lugar a otro (sea o no el destino fi nal). - Retención: Consiste en privar de libertad a la víctima contra su voluntad y mantenerla sujeta a la cadena de trata de personas. Cabe precisar que el artículo 153 inciso 5 del Código Penal recoge los diversos tipos de participación delictiva que se pueden presentar en el delito de trata de personas 12: 9 MONTOYA VIVANCO, Yvan (2017). Manual de capacitación para operadores de justicia durante la investigación y el proceso penal en casos de trata de persona. 2da Edición. Lima, OIM/Idehpucp, p. 102. 10 MONTOYA VIVANCO, Yvan (2017). Manual de capacitación para operadores de justicia durante la investigación y el proceso penal en casos de trata de persona. 2da Edición. Lima, OIM/Idehpucp, y Manual sobre la investigación del delito de trata de personas publicado por la UNODC en el 2009, disponible en https://www.unodc.org/documents/human-traf fi cking/ AUTO_APRENDIZAJE.pdf. Citado en: Protocolo de la Policía Nacional del Perú para la protección y atención a víctimas y testigos de trata de personas, pp. 9 y 10. 11 Política Nacional contra la trata de personas y sus formas de explotación, pp. 18-20; y UNODC. Manual sobre la investigación del delito de trata de personas. Guía de Autoaprendizaje. Costa Rica, 2010. Citado en: Protocolo de la Policía Nacional del Perú para la protección y atención a víctimas y testigos de trata de personas, pp. 10 y 11. 12 MONTOYA VIVANCO, Yvan (2017). Manual de capacitación para operadores de justicia durante la investigación y el proceso penal en casos de trata de persona. 2da Edición. Lima: OIM/Idehpucp, p. 103.