Norma Legal Oficial del día 15 de marzo del año 2017 (15/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 98

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NORMAS LEGALES
Entidad a favor de la que se realizará la transferencia Municipalidad Distrital de Cháparra, Provincia de Caravelí

Miércoles 15 de marzo de 2017 /
Proyecto de Código Monto a Inversión Pública SNIP transferir objeto de la transferencia Mejoramiento de 253262 S/. 500 000,00 la Infraestructura Educativa en la I.E. 40274 Señor de los Milagros, Anexo Achanizo, Distrito de Cháparra, Provincia de Caravelí, Arequipa

El Peruano
Tipo de financiamiento

ninguna actividad y/o proyecto distinto a los que han dado lugar a las autorizaciones, bajo responsabilidad. Cuarto.- Precisar que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas de los Proyectos de Inversión Pública que han dado lugar a las autorizaciones de transferencias financieras serán de resposabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos. Quinto.- Señalar que el Consejo Regional de Arequipa efectuará las acciones de fiscalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado en cada uno de los convenios a suscribir por el örgano Ejecutivo. Sexto.- Establecer como obligación de cada uno de los Gobiernos Locales beneficiarios colocar en el respectivo Cartel de Obra, el monto de la transferencia recibida precisando la Fuente de Financiamiento y consignando al Gobierno Regional de Arequipa como aportante. Séptimo.- Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano", conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional 1496150-1

Municipalidad Distrital de Charcana, Provincia de La Unión

Municipalidad Distrital de Lari, Provincia de Caylloma

Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios. Cofinanciamiento de la Municipalidad de Cháparra por S/. 160 740,07. Mejoramiento del 343010 S/. 1 000 000,00 Ejecución de Obra Servicio de Agua del I Etapa Sistema de Riego Fuente de Canal y Reservorio Financiamiento: Huaytapampa, Recursos Distrito de Charcana, Determinados y/o Provincia La Unión, Recursos Ordinarios Región Arequipa Sustitución de 17188 S/. 303 414.49 Ejecución de Obra Ambientes en la IE Culminación de I N° 40387 Etapa Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios

Autorizan Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Socabaya, Tisco, Cháparra, Charcana y Lari; para la ejecución de obras
ACUERDO REGIONAL Nº 013-2017-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 17 de febrero del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que el órgano Ejecutivo Regional ha solicitado al Consejo Regional de Arequipa se autorice las transferencias financieras que a continuación se detalla:
Proyecto de Código Monto a Tipo de Inversión Pública SNIP transferir financiamiento objeto de la transferencia Mejoramiento 292591 S/. 866 794,57 Ejecución de Obra del Servicio de integral Transitabilidad Fuente de Vehicular y Peatonal Financiamiento: en la vía de acceso Recursos a Cerro Juli (Av. Determinados y/o Las Peñas, Av. 1 de Recursos Ordinarios Mayo, Av. Cerro Juli Cofinanciamiento de ,y el tramo de calle las Municipalidades N° 4 Mz. A, C,C ­ Distritales de Intersección de la Socabaya y José calle Cerro Juli) entre Luis Bustamante y el Distrito José Luis Rivero por S/. 866 Bustamante y Rivero y 794.57 Distrito de Socabaya ­ Arequipa - Arequipa Municipalidad Mejoramiento del 209406 S/. 500 000,00 Ejecución de Obra Distrital de Tisco, Servicio de Educación II Etapa, incluida Provincia de Primaria en la IE N° supervisión Caylloma 40421 del Distrito Fuente de de Tisco, Caylloma, Financiamiento: Arequipa Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofinanciamiento de la Municipalidad Distrital de Tisco por S/. 40 000,00 Entidad a favor de la que se realizará la transferencia Municipalidad Distrital de Socabaya, Provincia de Arequipa

Que conforme con el artículo 75° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias financieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, establece: Autorizase, en el presente año fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (...) e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado Que, para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano. Que el numeral 15.3. refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó la transferencia. A lo anterior cabe agregar que el Reglamento Interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias financieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Socabaya, con el Informe N° 292017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 21-2017-GRA/ORPPOT la Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia financiera será con cargo a la Fuente de Financiamiento

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