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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE MARZO DEL AÑO 2017 (15/03/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 98

98 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de marzo de 2017 / El Peruano ninguna actividad y/o proyecto distinto a los que han dado lugar a las autorizaciones, bajo responsabilidad. Cuarto .- Precisar que el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas de los Proyectos de Inversión Pública que han dado lugar a las autorizaciones de transferencias fi nancieras serán de resposabilidad de la Gerencia Regional de Infraestructura y de la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos. Quinto .- Señalar que el Consejo Regional de Arequipa efectuará las acciones de fi scalización que se estimen convenientes, lo que expresamente deberá ser consignado en cada uno de los convenios a suscribir por el örgano Ejecutivo. Sexto .- Establecer como obligación de cada uno de los Gobiernos Locales bene fi ciarios colocar en el respectivo Cartel de Obra, el monto de la transferencia recibida precisando la Fuente de Financiamiento y consignando al Gobierno Regional de Arequipa como aportante. Séptimo .- Encargar al Órgano Ejecutivo Regional la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, conforme lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. POR TANTO:Regístrese y cúmplase.ABELINO I. RONCALLA QUISPE Presidente del Consejo Regional 1496150-1 Autorizan Transferencias Financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Socabaya, Tisco, Cháparra, Charcana y Lari; para la ejecución de obras ACUERDO REGIONAL Nº 013-2017-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 17 de febrero del 2017El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO:Que el órgano Ejecutivo Regional ha solicitado al Consejo Regional de Arequipa se autorice las transferencias fi nancieras que a continuación se detalla: Entidad a favor de la que se realizará la transferenciaProyecto de Inversión Pública objeto de la transferenciaCódigo SNIPMonto a transferirTipo de fi nanciamiento Municipalidad Distrital de Socabaya, Provincia de ArequipaMejoramiento del Servicio de Transitabilidad Vehicular y Peatonal en la vía de acceso a Cerro Juli (Av. Las Peñas, Av. 1 de Mayo, Av. Cerro Juli ,y el tramo de calle N° 4 Mz. A, C,C – Intersección de la calle Cerro Juli) entre el Distrito José Luis Bustamante y Rivero y Distrito de Socabaya – Arequipa - Arequipa292591 S/. 866 794,57 Ejecución de Obra integral Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofi nanciamiento de las Municipalidades Distritales de Socabaya y José Luis Bustamante y Rivero por S/. 866 794.57 Municipalidad Distrital de Tisco, Provincia de CayllomaMejoramiento del Servicio de Educación Primaria en la IE N° 40421 del Distrito de Tisco, Caylloma, Arequipa209406 S/. 500 000,00 Ejecución de Obra II Etapa, incluida supervisión Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Cofi nanciamiento de la Municipalidad Distrital de Tisco por S/. 40 000,00Entidad a favor de la que se realizará la transferenciaProyecto de Inversión Pública objeto de la transferenciaCódigo SNIPMonto a transferirTipo de fi nanciamiento Municipalidad Distrital de Cháparra, Provincia de CaravelíMejoramiento de la Infraestructura Educativa en la I.E. 40274 Señor de los Milagros, Anexo Achanizo, Distrito de Cháparra, Provincia de Caravelí, Arequipa253262 S/. 500 000,00 Ejecución de Obra Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios. Cofi nanciamiento de la Municipalidad de Cháparra por S/. 160 740,07. Municipalidad Distrital de Charcana, Provincia de La UniónMejoramiento del Servicio de Agua del Sistema de Riego Canal y Reservorio Huaytapampa, Distrito de Charcana, Provincia La Unión, Región Arequipa343010 S/. 1 000 000,00 Ejecución de Obra I Etapa Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Municipalidad Distrital de Lari, Provincia de CayllomaSustitución de Ambientes en la IE N° 4038717188 S/. 303 414.49 Ejecución de Obra Culminación de I Etapa Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados y/o Recursos Ordinarios Que conforme con el artículo 75° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias fi nancieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, establece: Autorizase, en el presente año fi scal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias fi nancieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (…)e) Las que se realicen para el fi nanciamiento y cofi nanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado Que, para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias fi nancieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario o fi cial El Peruano. Que el numeral 15.3. re fi ere que la entidad que trans fi ere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales les fueron entregados los recursos, resaltándose que los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fi nes para los cuales se autorizó la transferencia. A lo anterior cabe agregar que el Reglamento Interno del Consejo Regional, en el numeral 16.24 del artículo 16 establece como una de las atribuciones de este órgano aprobar transferencias fi nancieras, mediante Acuerdo Regional, previo informe la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial; Que respecto de la Transferencia Financiera a favor de Municipalidad Distrital de Socabaya, con el Informe N° 29- 2017-GRA/GRSLP la Gerencia Regional de Supervisión y Liquidación de Proyectos ha dado opinión favorable al proyecto; con el Memorándum N° 21-2017-GRA/ORPPOT la O fi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial ha emitido informe favorable de disponibilidad presupuestal señalando que la transferencia fi nanciera será con cargo a la Fuente de Financiamiento