Norma Legal Oficial del día 30 de marzo del año 2017 (30/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 30 de marzo de 2017 /

El Peruano

Gerencia Planeamiento y Modernización Institucional, y demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1502599-4

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 del distrito de Barranco
ORDENANZA Nº 469-MDB Barranco, 28 de marzo de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO. Por Cuanto: El Concejo Municipal de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Informe Nº 036-2017/GSCyGA-MDB, de fecha 21 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental; El Informe Nº 0132-2017-GAJ-MDB, de fecha 22 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; El Proveído Nº 205-2017-MDB-GM, de fecha 22 de marzo de 2017, emitido por la Gerencia Municipal; y el Dictamen Nº 001-2017-CSC-MDB, de fecha 23 de marzo de 2017, emitido por la Comisión de Seguridad Ciudadana, respecto al Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración; y, el Artículo 197º de la Carta Magna, señala que las Municipalidades brindan servicios de seguridad ciudadana, con la respectiva cooperación de la Policía Nacional, conforme a Ley; Que, el Artículo 9" numeral 3) de la mencionada Ley Orgánica de Municipalidades, establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local", lo cual resulta concordante con su Artículo 40º, que indica que las Ordenanzas, en las materias de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa (...); Que, mediante Ley Nº 27933 se crea el sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, como sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del estado en dicha materia, para garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad y el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional a fin de generar paz social y proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, según el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 0112014-IN, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 27933, los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC) son uno de los componentes del mencionado Sistema, constituyen una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la Seguridad Ciudadana, en el ámbito distrital de la jurisdicción respectiva, recayendo la Secretaria Técnica en la Gerencia de Servicios a la

Ciudad y Gestión Ambiental, gerencia que tiene a cargo la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana; Que, según Artículo 30º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Técnica, entre otras el presentar el proyecto del Plan Local de Seguridad Ciudadana CODISEC para su aprobación, además de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al Concejo Municipal, para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, el Comité Distrital de Seguridad CiudadanaCODISEC del Distrito de Barranco tiene como objetivo, fortalecer el trabajo multisectorial contando con la participación de la comunidad, mejorando los niveles de seguridad ciudadana, mediante la organización, dirección, planificación, formulación, ejecución y evaluación del Plan Local; Que, mediante Dictamen Nº 001-2017-CSC-MDB, de fecha 23 de marzo de 2017, la Comisión de Seguridad Ciudadana, recomienda al Pleno de Concejo, RATIFICAR el Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017, para el distrito de Barranco; Estando a lo expuesto y ejerciendo las facultades conferidas por los Artículos 9º, numeral 8) y 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto UNANIME de sus miembros, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta, ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2017 DEL DISTRITO DE BARRANCO Artículo Primero.- RATIFICAR el PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2017 para el distrito de Barranco, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana-CODISEC de Barranco, el mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Sub Gerencia de Seguridad Ciudadana el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza y la presentación del mismo ante el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana-CODISEC, dentro de los plazos establecidos. Artículo Tercero.- La presente disposición entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE, a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y, al Área de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Plan Local de Seguridad Ciudadana 2017 en el Portal Institucional. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publiquese y cúmplase. FELIPE ANTONIO MEZARINA TONG Alcalde 1503156-1

MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS
Aprueban la nueva Estructura Orgánica y Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Luis
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 224-2017-MDSL/C San Luis, 23 de marzo del 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO: El Acuerdo de Concejo Nº 013-2017-MDSL/A de fecha 23 de Marzo del 2017, Carta Nº 008-2017-SRCEPAL-MDSL de fecha 20 de Marzo del 2017 emitido

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