Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2017 (31/03/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

El Peruano / Viernes 31 de marzo de 2017

NORMAS LEGALES
S/ 0.00 0.00 U.S. $ 32.77 8.70

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DPTO. / PROV. / DISTRITO PUNO VILQUE PUNO/SAN ANTONIO DE PUTINA ANANEA PUNO/SANDIA ALTO INAMBARI CUYOCUYO LIMBANI PHARA SANDIA YANAHUAYA TACNA/JORGE BASADRE ITE

SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del SENACE
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 022-2017-SENACE/J Lima, 29 de marzo de 2017 VISTOS: El Informe N° 053-2017-SENACE-SG-OA/URH, emitido por la Unidad de Recursos Humanos de la Oficina de Administración; el Memorando N° 179-2017-SENACE-SG/ OA, emitido por la Oficina de Administración; el Informe N° 022-2017-SENACE-SG-OPP/UPLAN, emitido por la Unidad de Planeamiento, Desarrollo Institucional y Cooperación Técnica de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando Nº 104-2017-SENACE-SG/OPP, emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y, el Informe N° 048-2017-SENACE-SG/OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29968 se crea el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace, como un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, se aprueba el nuevo régimen del Servicio Civil, con la finalidad que las entidades públicas del Estado alcancen mayores niveles de eficacia y eficiencia y presten efectivamente servicios de calidad a la ciudadanía y, a la vez promuevan el desarrollo de las personas que lo integran; Que, el numeral 7.5 de las Disposiciones Complementarias Transitorias de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH denominada "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad -CPE" aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE y actualizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE, dispone que las normas referidas al Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas en sus Anexos 4, 4-A, 4-B, 4-C y 4-D; Que, el primer párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, concordado con el numeral 7.5 de sus Disposiciones Complementarias Transitorias, establece que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar, entre otros ajustes, acciones de administración que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad, incluyendo el supuesto señalado en el numeral 1.3 del citado Anexo, según el cual, es posible ajustar el CAP Provisional hasta por un máximo del 5% del total de cargos allí contenidos; Que, asimismo, el segundo párrafo del numeral 5 del Anexo 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requiere de un nuevo proceso de aprobación, pudiendo dicho reordenamiento aprobarse mediante resolución del Titular de la Entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos, o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o quien haga sus veces; Que, mediante Resolución Ministerial N° 156-2015-MINAM, se aprueba el CAP Provisional del

0.00

2,475.00

0.00 448.74 0.00 1,350.00 0.00 1,087.50 0.00 561.25 0.00 675.00 0.00 34,100.27

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225.00

TACNA/TACNA ALTO DE LA ALIANZA INCLAN PACHIA PALCA TACNA TUMBES/CONTRALMIRANTE VILLAR ZORRITOS TUMBES/TUMBES LA CRUZ SAN JACINTO TOTAL GOBIERNOS LOCALES DISTRITALES Nº Distritos ANEXO Nº 2

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2,362.50 6,187.50 267.19 3,970.72 900.00

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450.00

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1,125.00 1,350.00

29,703.38 718,886.95 228

GOBIERNOS REGIONALES: DERECHO DE VIGENCIA De conformidad con el artículo 92 del Reglamento de Diversos Títulos del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 03-94-EM y el inciso d) del artículo 57 del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, modificado por Ley Nº 29169, la distribución de lo recaudado por Derecho de Vigencia y Penalidad durante el mes de febrero de 2017 a los Gobiernos Regionales es el siguiente: REGIÓN ANCASH AREQUIPA AYACUCHO ICA JUNIN LA LIBERTAD LIMA PIURA PUNO TOTAL GOBIERNOS REGIONALES Nº Gobiernos Regionales 1502871-1 9 S/ 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 U.S. $ 50.00 9,526.41 589.64 254.90 924.84 24.95 489.76 25.00 4,459.44 16,344.94

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