Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2017 (04/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de mayo de 2017 /

El Peruano

competitividad, respeto a los acuerdos, atención a la población vulnerable y sostenibilidad. TÍTULO II DE LAS INSTANCIAS DE ORGANIZACIÓN Artículo 8°.- Los agentes participantes son quienes participan con voz y voto en los talleres y/o toma de decisiones en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018, siendo los siguientes: El Alcalde, los Regidores, los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital, los representantes de organizaciones sociales, los representantes de organismos e instituciones públicas o privadas del distrito de La Molina debidamente identificadas y acreditadas conforme a Ley; así como el Equipo Técnico Municipal que brinda el soporte técnico del proceso y participa con voz pero sin voto. Las atribuciones y responsabilidades de los agentes participantes son: a) Proponer propuestas de proyectos de inversión o ideas de proyectos de impacto local en el marco del Plan de Desarrollo Local Concertado 2017­2021, teniendo en cuenta que alcance al mayor número de beneficiarios posible. El agente participante que proponga el proyecto, será responsable de llenar los datos de la Ficha de propuesta de Proyecto respectiva. b) El agente participante titular o el alterno deberá asistir de manera obligatoria y con puntualidad a la capacitación de agentes, talleres y reuniones de trabajo establecidos en el Cronograma de Actividades del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. c) Participar activamente con voz y voto en los talleres y/o toma de decisiones del Proceso del Presupuesto Participativo. d) En la votación para la elección del Comité de Vigilancia, podrán votar sólo los agentes participantes titulares o, en su caso el alterno, que en representación de su organización debidamente acreditada, haya participado en los dos (2) talleres de capacitación programados. La votación se realizará por mayoría simple. e) En la votación para la priorización de Proyectos y Formalización de Acuerdos y Compromisos, podrán votar los agentes participantes titulares o, en su caso el alterno que asista a los dos (2) talleres de capacitación programados y tres (3) talleres de concertación de los cuatro (4) programados. La votación se realizará por mayoría simple. f) Respetar los acuerdos adoptados en las diferentes fases del proceso participativo. g) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso para su adecuada ejecución. h) Plantear mecanismos de cofinanciamiento para la ejecución de proyectos de inversión a través de recursos financieros, físicos y/o mano de obra. i) Participar con respeto, como oyente y como orador, evitando frases ofensivas, agraviantes e interrupciones. Las intervenciones tendrán una duración máxima de tres (3) minutos, pudiendo intervenir máximo en dos (2) oportunidades por organización. Para este efecto, el moderador contará con tres (3) tarjetas de colores: Verde, para el inicio de su participación. Amarillo, faltando un minuto para la culminación de su intervención; y Rojo, al término del tiempo concedido. En caso de que el agente participante exceda el tiempo otorgado, se procederá a quitar el audio del micrófono. j) Solicitar el uso de la palabra al moderador. k) Utilizar la credencial de forma obligatoria durante la asistencia a los talleres, reuniones de trabajo y capacitación del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. l) Otros que demanden el proceso. Artículo 9º.- Son consideradas Faltas, si durante los talleres o reuniones algún agente participante incurre en las siguientes acciones:

a) Agresión verbal que pudiera producirse entre actores del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. b) Interrumpir de manera constante la intervención de otros agentes participantes. Artículo 10º.- Por la comisión de faltas, las sanciones que se aplicarán según la gravedad o reiterancia de las mismas, serán las siguientes: a) Si es primera vez, el responsable de la conducción del taller o reunión de trabajo llamará al orden al agente participante que altere el normal desarrollo del Proceso del Presupuesto Participativo, Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018 invitándolo a guardar orden en el evento correspondiente, lo que será registrado en actas. b) Si es segunda vez, el responsable de la conducción del taller o reunión de trabajo, hará notar la falta verbalmente al Agente Participante que incurrió en ella, haciéndolo constar en Actas. c) Si ocurre en una tercera oportunidad, el responsable de la conducción del taller o reunión de trabajo invitará al agente participante a que se retire del evento, dejando la debida constancia en actas, lo cual será comunicado por escrito a la organización que representa, indicando que dicho agente ha sido retirado definitivamente del resto de talleres y/o reuniones de trabajo, a fin que designe a un nuevo representante. d) La aplicación de las sanciones previstas se aplican progresivamente, conforme al comportamiento de cada agente participante en cada uno de los talleres o reuniones de trabajo; debiéndose precisar que las sanciones antes mencionadas son acumulativas en todos los actos del proceso participativo. En los siguientes casos la sanción a aplicar será la cancelación de la acreditación de la organización en el proceso, sin ser necesaria la reiteración de la falta del agente participante: e) Asistir a los talleres de trabajo en estado etílico o alterado por consumo de drogas. f) Agresión física que pudiera producirse entre actores del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. Artículo 11°.- El alcalde y los miembros del Consejo de Coordinación Local Distrital convocan a participar en el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. Artículo 12°.- El Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación de la Municipalidad de La Molina y los representantes de la Sociedad Civil. Está integrado por el Alcalde, quien lo preside, pudiendo delegar tal función en el Teniente Alcalde, los once (11) regidores del Concejo Municipal y los cinco (5) representantes de la sociedad civil elegidos previamente para tal fin. Artículo 13°.- El Equipo Técnico Municipal tiene la misión de brindar soporte técnico, preparación y suministro de información, capacitación, desarrollo de talleres participativos y reuniones de trabajo, la evaluación técnica y presupuestal de las propuestas y la consolidación de resultados, y elaborar del documento final del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2018. Artículo 14°.- El Equipo Técnico Municipal está integrado por: a) Gerente de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, quien lo preside. b) Gerente de Asesoría Jurídica. c) Gerente de Administración y Finanzas. d) Gerente de Desarrollo Urbano y Económico. e) Gerente de Gestión Ambiental y Obras Públicas. f) Gerente de Seguridad Ciudadana y Gestión de Riesgo de Desastres. g) Gerente de Tecnologías de Información. h) Gerente de Desarrollo Humano. i) Gerente de Participación Vecinal. j) Especialista en Proyectos de Inversión OPMI. k) Gerente de Comunicaciones e Imagen Institucional. l) Dos (2) representantes de la Sociedad Civil del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el

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