Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2017 (04/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano / Jueves 4 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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de Asesoría Jurídica; el Oficio Nº 000165-2017/DDC/ TAC/MC de fecha 17 de marzo de 2017, emitido por la Dirección Desconcentrada de Cultura de Tacna; y demás documentación anexada, se sustenta y recomienda la aprobación de la propuesta normativa. Que, la Comisión Ordinaria de Desarrollo Social del Consejo Regional de Tacna, luego de analizar y debatir el tema, procedió a emitir el Dictamen Nº 001-2017-CODSCR de fecha 24 de marzo de 2017, sobre: "DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA CONMEMORACIÓN DEL AÑO DEL BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL CORONEL DE CABALLERÍA GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA", dictamen con opinión favorable que se puso a consideración del Pleno del Consejo Regional, en Sesión Ordinaria de fecha 30 de marzo de 2017. Que, el próximo 30 de mayo del año 2017 se conmemorará los 200 años del nacimiento, en la ciudad de Tacna, del insigne héroe Gregorio Albarracín Lanchipa; por lo que, corresponde promover su esfuerzo, legado e imagen como el paradigma del valor de la Resistencia frente a la invasión extranjera y la defensa nacional. Asimismo, sus inmortales palabras "Un coronel peruano no se rinde jamás" nos deja una lección de honor, dignidad y valor a todos los peruanos de no rendirnos jamás ante el infortunio. Las nuevas generaciones de tacneños y peruanos desde entonces han asumido esta inmortal respuesta como un reto ético y una forma de comprometernos con la defensa y el desarrollo nacional. Debe ser un mensaje de unidad de los peruanos ahora que estamos a puertas de conmemorar el Bicentenario de Independencia Nacional; por lo que, resulta pertinente declarar de interés regional la conmemoración del año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel de Caballería Gregorio Albarracín Lanchipa. Que, el Pleno del Consejo Regional, en mérito a sus atribuciones, y por las consideraciones expuestas, debatido y conforme a los artículos 15 literal a), 36, 37 literal a) y 38 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nos. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968, 29053 y 30055; y el Reglamento Interno del Consejo Regional de Tacna, en Sesión Ordinaria de la fecha, ha aprobado por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- DECLARAR DE INTERÉS REGIONAL LA CONMEMORACIÓN DEL AÑO DEL BICENTENARIO DEL NACIMIENTO DEL CORONEL DE CABALLERÍA GREGORIO ALBARRACÍN LANCHIPA, proclamado por Ley Nº 23484 Héroe de la Resistencia durante la guerra con Chile y por tanto merecedor de la "gratitud perenne del Perú" y paradigma del valor de la resistencia frente a la invasión extranjera y la defensa nacional. Artículo Segundo.- CONSTITUIR una Comisión Especial denominada "Comisión Regional del Año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa", encargada de organizar, ejecutar y evaluar las actividades conmemorativas del bicentenario. La referida comisión regional estará conformada por: a) Un representante del Gobierno Regional de Tacna, a través de la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social, quien la presidirá. b) Un representante de la Dirección Regional de Educación. c) Un representante del Ministerio de Defensa. d) Un representante del Archivo Regional de Tacna. e) Un representante de la Benemérita Sociedad Fundadores de la Independencia, Vencedores del 2 de Mayo, y Defensores Calificados de la Patria, filial Tacna. f) Un representante de la Benemérita Sociedad de Artesanos de Tacna. g) Un representante de la Municipalidad Distrital Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa. h) Un representante de la Municipalidad Distrital Héroes Albarracín. i) Un representante de la I.E. 42003 "Gregorio Albarracín" de Tacna.

j) Un representante de los Ex alumnos de la I.E. 42003 "Gregorio Albarracín" de Tacna. k) Un representante de la I.E. Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa de Tarata. l) Un representante del Colegio Militar Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa - Tacna. Artículo Tercero.- DECLARAR feriado no laborable para los trabajadores que laboran en las dependencias públicas de la Región Tacna, en el ámbito territorial del departamento, el día 30 de mayo de 2017 al conmemorarse el "Año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel de Caballería Gregorio Albarracín Lanchipa" con el fin de facilitar la realización y participación en actividades con motivo de dicha conmemoración. Artículo Cuarto.- ESTABLECER que las horas dejadas de laborar, serán compensadas en las semanas posteriores al evento, de acuerdo a lo que establezca el titular de la entidad pública correspondiente, en función a sus propias necesidades. Asimismo, los titulares de las entidades del sector público regional adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad durante el día feriado. Artículo Quinto.- PRECISAR que los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, a falta de acuerdo decidirá el empleador. Artículo Sexto.- EXHORTAR a los gobiernos locales provinciales, distritales y de centros poblados a que dispongan el embanderamiento de los domicilios así como de los locales de las entidades públicas y privadas de sus respectivas jurisdicciones el día 30 de mayo de 2017. Artículo Sétimo.- SOLICITAR al Destacamento Tacna a que el día 30 de mayo de 2017 organicen una ceremonia de izamiento del pabellón nacional en la Plaza de Armas de Tacna como día central de la conmemoración del "Año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel de Caballería Gregorio Albarracín Lanchipa". Artículo Octavo.- DISPONER que en todas las Instituciones Públicas de la Región Tacna se difunda la vida y obra del Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa, así como exhortar a las entidades privadas a que también hagan lo propio. Artículo Noveno.- DISPONER que se consigne en toda la documentación oficial de las entidades públicas del Gobierno Regional de Tacna "Año del Bicentenario del Nacimiento del Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa". Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social y a la Dirección Regional de Educación de Tacna a que dispongan las medidas pertinentes a fin de que las Instituciones Educativas de la Región tributen homenaje a la memoria del héroe Coronel don Gregorio Albarracín Lanchipa como ejemplo para las nuevas generaciones, ello en mérito a lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Nº 23484. Artículo Décimo Primero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, a la Gerencia Regional de Desarrollo e Inclusión Social y a la Dirección Regional de Educación de Tacna la implementación de la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo Segundo.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Décimo Tercero.- PUBLICAR Y DIFUNDIR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en el portal electrónico de la institución, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, disponiéndose que dicha publicación sea efectuada por la Gobernación Regional del Gobierno Regional de Tacna. Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Tacna, para su promulgación.

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