Norma Legal Oficial del día 04 de mayo del año 2017 (04/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 62

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NORMAS LEGALES

Jueves 4 de mayo de 2017 /

El Peruano

"GERENCIA DE DEFENSA CIVIL Y GESTIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES Artículo 170-J.- La Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres es el órgano de línea responsable de conducir y supervisar los procesos de defensa civil y gestión del riesgo de desastres en la jurisdicción de Lima Metropolitana, de conformidad con la normatividad que regula la materia. Artículo 170-K.- Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, las siguientes: 1. Programar, dirigir, monitorear y supervisar el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores y la ejecución de actividades y presupuesto de la Gerencia conforme a sus funciones. 2. Presentar propuestas de ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas, de acuerdo a las funciones de la Gerencia. 3. Aprobar instructivos, de acuerdo a las funciones de la Gerencia y en atención a la normativa que regula la materia. 4. Formular y solicitar informes técnicos que sustenten una opinión especializada en el marco de las funciones de la Subgerencia. 5. Gestionar los bienes, servicios y recursos humanos de la Gerencia, retroalimentando e incorporando buenas prácticas de gestión. 6. Aprobar los instrumentos de gestión y planeamiento de la Gerencia, en coordinación con los órganos competentes y conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente, y supervisar el cumplimiento de las regulaciones dispuestas en los mismos. 7. Supervisar y orientar las acciones del Centro de Operaciones de Emergencia Metropolitano para la oportuna toma de decisiones en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. 8. Conducir y supervisar el ejercicio de funciones de las unidades orgánicas conformantes de la Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres. 9. Proponer a la Alta Dirección la conformación de espacios de coordinación y la aprobación de mecanismos de articulación de las acciones de defensa civil y gestión del riesgo de desastres, en la jurisdicción de la Municipalidad. 10. Monitorear la planificación y realización de acciones de estimación, prevención, reducción y reconstrucción, conforme a lo dispuesto en la normatividad de gestión del riesgo de desastres. 11. Emitir la Resolución que se pronuncia sobre el cumplimiento de la normativa en materia de seguridad en edificaciones, conforme al procedimiento establecido en la normatividad que regula la materia. 12. Supervisar la ejecución de las visitas de seguridad y las inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones, conforme a lo establecido en la normatividad vigente. 13. Conducir y supervisar el desarrollo de acciones y medidas de defensa civil destinadas a enfrentar los desastres, ya sea por un peligro inminente o por la materialización del riesgo. 14. Supervisar el almacenamiento y abastecimiento de suministros, equipos y personal para la atención de emergencias o desastres. 15. Monitorear el desarrollo de las acciones de movilización en la jurisdicción de la Municipalidad, conforme a lo establecido en las normas que regulan la materia. 16. Otras funciones que le asigne la Gerencia Municipal Metropolitana. Artículo 170-L.- La Gerencia de Defensa Civil y Gestión del Riesgo de Desastres, para el cumplimiento de sus funciones, contará con la siguiente estructura orgánica: *Subgerencia de Estimación, Prevención, Reducción y Reconstrucción *Subgerencia de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones

*Subgerencia de Defensa Civil SUBGERENCIA DE ESTIMACIÓN, PREVENCIÓN, REDUCCIÓN Y RECONSTRUCCIÓN Artículo 170-M.- La Subgerencia de Estimación, Prevención, Reducción y Reconstrucción es la unidad orgánica responsable de los procesos de estimación, prevención, reducción y reconstrucción, en el marco de lo establecido en la normatividad que regula la gestión del riesgo de desastres. Artículo 170-N.- Son funciones y atribuciones de la Subgerencia de Estimación, Prevención, Reducción y Reconstrucción, las siguientes: 1. Programar, dirigir, monitorear y supervisar el cumplimiento de objetivos, metas e indicadores y la ejecución de actividades y presupuesto de la Subgerencia, conforme a sus funciones. 2. Elaborar propuestas de ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas, de acuerdo a las funciones de la Subgerencia. 3. Formular y solicitar informes técnicos que sustenten una opinión especializada en el marco de las funciones de la Subgerencia. 4. Gestionar los bienes, servicios y recursos humanos de la Subgerencia, retroalimentando e incorporando buenas prácticas de gestión. 5. Formular los instrumentos de gestión y planeamiento de la Subgerencia, conforme a lo dispuesto en la normatividad vigente. 6. Formular lineamientos y herramientas técnicas apropiadas para estimación, prevención, reducción y reconstrucción del riesgo, en el ámbito de influencia de Lima Metropolitana. 7. Desarrollar mecanismos para la participación de la población, las entidades privadas y las entidades públicas en la identificación de peligros y vulnerabilidades así como en la planificación y desarrollo de las acciones de prevención, reducción y reconstrucción. 8. Identificar, caracterizar y valorar los peligros existentes; analizar las vulnerabilidades y determinar los riesgos para la toma de decisiones en materia de la gestión del riesgo de desastre y el desarrollo sostenible, y registrar la información en el Sistema Nacional de Información para la Gestión del Riesgo de Desastres. 9. Formular mecanismos para la incorporación de la Gestión del Riesgo de Desastres en los procesos de ordenamiento territorial, planificación, priorización de recursos presupuestarios y demás procesos de gestión de la Municipalidad, de manera articulada con la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres. 10. Desarrollar, en coordinación con la Subgerencia de Defensa Civil, acciones tendientes a generar una cultura de prevención en las entidades privadas, entidades públicas y población en la jurisdicción metropolitana de Lima, y organizar, ejecutar y monitorear las acciones para reducir el riesgo de desastres. 11. Determinar zonas seguras para la instalación de albergues temporales en coordinación con la Subgerencia de Defensa Civil. 12. Recoger, analizar y evaluar la información necesaria para evaluar el impacto generado por los desastres y el desarrollo de las acciones de reconstrucción, incluyendo opciones de reubicación de población y análisis socioeconómico de las comunidades afectadas. 13. Brindar información para la elaboración del plan integral de reconstrucción, y ejecutar acciones al respecto que no reproduce los riesgos preexistentes, de conformidad con la normatividad que regula la materia. 14. Diseñar los lineamientos y herramientas para el inventario de la infraestructura pública, a fin de priorizar y programar las acciones de reconstrucción, de conformidad con las normas que rigen la gestión presupuestal. 15. Monitorear y evaluar la ejecución de acciones de reconstrucción, verificando que no se regeneren condiciones inseguras previas al impacto. 16. Formular y monitorear la estrategia metropolitana en gestión del riesgo de desastres, en concordancia con los lineamientos que regulan la materia.

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