Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2017 (12/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 90

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NORMAS LEGALES

Viernes 12 de mayo de 2017 /

El Peruano

20.- Proponer, gestionar e implementar mejoras en los procesos y procedimientos necesarios según su competencia. 21.- Formular, actualizar y proponer otras normativas internas necesarias según su competencia a través de directivas, procedimientos, reglamentos y otros documentos pertinentes. 22.- Participar de acuerdo a su competencia, en la Gestión del riesgo de desastres. 23.- Impulsar, promover y apoyar el establecimiento y mantenimiento de los lineamientos de Control Interno a través de políticas, documentos, reuniones, charlas y otros medios que dictamine el Comité de Control Interno. 24.- Ejecutar el Plan Operativo y Presupuesto Municipal correspondiente a la Gerencia de Ejecución Coactiva disponiendo eficiente y eficazmente de los recursos presupuestales, económicos, financieros, materiales y equipos asignados. 25.- Cumplir con las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funciones de acuerdo a Ley y Reglamentos. Artículo Cuarto.- SUPRIMIR los artículos 104º y 105º del Subcapítulo 07.3.5: Subgerencia de Ejecución Coactiva Administrativa del ROF, dejando sin efecto su contenido respecto a su definición de unidad orgánica y funciones de la Subgerencia de Ejecución Coactiva Administrativa; en mérito a que esta unidad orgánica y la Subgerencia de Ejecución Tributaria se unifican en una sola unidad con nivel de órgano de línea denominado Gerencia de Ejecución Coactiva. Artículo Quinto.- MODIFICAR el artículo 125º del ROF sustituyendo el numeral 18 de las funciones de la Subgerencia de Bienestar Social y Salud la referida al Centro Integral del Adulto Mayor (CIAM) a cargo de un responsable, conforme a lo siguiente: SUBCAPÍTULO 07.6.2: SUBGERENCIA DE BIENESTAR SOCIAL Y SALUD Artículo 125º.- Son Funciones de la Subgerencia de Bienestar Social y Salud: (...) 18.- Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con el bienestar e integración social de las personas adultos mayores de la localidad a cargo del CIAM, teniendo como funciones: 18.1. Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos de en relación a la temática de las personas adultas mayores. 18.2. Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general con equidad de género. 18.3. Regular las acciones del CIAM adecuando las normas nacionales a la realidad local. 18.4. Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la Municipalidad. 18.5. Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. 18.6. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social del Estado, propio y transferido, asegurando la calidad y focalización de los servicios, la igualdad de oportunidades y el fortalecimiento de la economía regional y local en favor de la población adulta mayor. 18.7. Difundir y promover los derechos del adulto mayor, propiciando espacios para su participación en la Municipalidad. 18.8. Promover, organizar y sostener, de acuerdo a sus posibilidades, establecimientos de protección en especial a la población adulta mayor en situación de riesgo y vulnerabilidad, así como casas de refugio. 18.9. Otras que le asigne de acuerdo a su competencia. (...)

Artículo Sexto.- ADECUAR progresivamente los instrumentos de gestión en marco del proceso de adecuación a la Ley del Servicio Civil, con énfasis en el Cuadro de Asignación de Personal CAP Provisional, previa presentación de cuadro de necesidades de personal; además del Plan Operativo Institucional (POI), el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) y demás instrumentos de gestión que correspondan. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la remisión del texto íntegro del ROF y organigrama institucional modificados, para su publicación en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.serviciosalciudadano. gob.pe; y a la Secretaría de Comunicación e Imagen institucional para su publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad (www.munisjl.gob.pe), conforme prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010PCM/SGP aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010-PCM. Artículo Octavo.- FACÚLTAR al señor Alcalde para que a través de un Decreto de Alcaldía apruebe el Reglamento del Centro Integral de Atención del Adulto Mayor - CIAM así como las acciones necesarias para su implementación efectiva, en beneficio de la población adulta mayor de la comunidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN VALENTIN NAVARRO JIMENEZ Alcalde ESTRUCTURA DE LA ORGANIZACIÓN MUNICIPAL La Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho, para el cumplimiento de sus objetivos ha diseñado su Organización Municipal teniendo en cuenta la naturaleza de sus actividades, volumen de operaciones y en base al criterio de racionalidad, asumiendo la siguiente estructura de organización: 01. Órganos de Alta Dirección: 01.1. Concejo Municipal 01.2. Alcaldía 01.3. Gerencia Municipal 02. Órganos Consultivos: 02.1. Comisión de Regidores 02.2. Consejo de Coordinación Local Distrital 02.3. Junta Distrital de Delegados Vecinales 02.4. Comité Distrital de Seguridad Ciudadana 02.5. Plataforma Distrital de Defensa Civil 02.6. Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche 02.7. Consejo Distrital de Participación de la Juventud 02.8. Agencia del Fomento de Inversión Privada 02.9. Comisión Ambiental Municipal 03. Órgano de Control Institucional: 03.1. Órgano de Control Institucional 04. Órganos de Defensa Judicial: 04.1. Procuraduría Pública Municipal 05. Órgano de Asesoría: 05.1. Gerencia de Asesoría Jurídica 05.2. Gerencia de Planificación 05.2.1. Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto 05.2.2. Subgerencia de Desarrollo Institucional y Cooperación Nacional e Internacional.

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