Norma Legal Oficial del día 14 de mayo del año 2017 (14/05/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Domingo 14 de mayo de 2017

NORMAS LEGALES

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de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, correspondiente a la plaza N° 083/SP-DS. Artículo 3°.- Notificar la presente resolución a la señora Lucy Silvia Henderson Palacios, al señor Fernando Momiy Hada, a la Secretaría General y a la Oficina de Administración. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO QUIJANDRÍA FERNÁNDEZ Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1520140-1

Estando a lo dispuesto por el artículo 3°, numeral 1, del Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado mediante Decreto Ley N° 26126 y modificado por Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervisión del Mercado de Valores, y por el artículo 12° numeral 1, del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF. RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el funcionamiento de Faro Capital SAFI S.A. como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, la que se denominará Faro Capital Sociedad Administradora de Fondos S.A. Artículo 2°.- Disponer la inscripción de Faro Capital Sociedad Administradora de Fondos S.A. en la sección correspondiente del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3°.- Disponer la difusión de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv. gob.pe). Artículo 4°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5°.- Transcribir la presente resolución a Faro Capital Sociedad Administradora de Fondos S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Superintendente del Mercado de Valores 1519301-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Autorizan el funcionamiento de Faro Capital SAFI S.A como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión de valores, la que se denominará Faro Capital Sociedad Administradora de Fondos S.A.
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 032-2017-SMV/02 Lima, 10 de mayo de 2017 LA SUPERINTENDENTE DEL MERCADO DE VALORES VISTOS: El Expediente N° 2016047441, así como el Informe N° 346-2017-SMV/10.2 del 9 de mayo de 2017, presentado por la Superintendencia Adjunta de Supervisión Prudencial; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución CONASEV N° 0532011-EF/94.01.1 del 30 de junio de 2011 se autorizó el funcionamiento de Faro Capital SAFI S.A., para actuar como administradora de fondos de inversión; Que, Faro Capital SAFI S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores ­ SMV autorización de funcionamiento para actuar adicionalmente como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, el artículo 33° del Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1, así como el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02, señalan los requisitos mínimos que deben cumplirse para que una sociedad administradora de fondos de inversión pueda obtener la autorización de funcionamiento como una sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; Que, a efectos de verificar que Faro Capital SAFI S.A. cuenta con la infraestructura física, capacidad tecnológica y recursos humanos necesarios para su funcionamiento, la SMV, a través de la Intendencia General de Supervisión de Entidades, realizó una visita de inspección a las instalaciones de la referida sociedad el 27 de marzo de 2017; Que, de la evaluación de la documentación presentada por Faro Capital SAFI S.A. y de la visita de inspección efectuada, se determinó que dicha empresa cumple con los requisitos previstos para la obtención de la autorización de funcionamiento como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores; y,

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Gerente de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 119-2017/SUNAT Lima, 12 de mayo de 2017 CONSIDERANDO: Que el artículo 3° de la Ley N.° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1° de la citada Ley, se efectúa mediante Resolución del titular de la Entidad; Que mediante Resolución de Superintendencia N.° 105-2017/SUNAT se encargó al señor Raúl Daniel Carrasco Clavijo en el cargo de confianza de Gerente de Organización y Procesos de la Oficina Nacional de Planeamiento, la misma que se ha estimado conveniente dejar sin efecto y proceder a designar a la persona que ocupará dicho cargo de confianza; En uso de las facultades conferidas por la Ley N.° 27594 y el inciso i) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 122-2014/SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Dejar sin efecto, a partir del 15 de mayo de 2017, la encargatura del señor Raúl Daniel

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