Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2017 (06/10/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

Viernes 6 de octubre de 2017 /

El Peruano

convicción de que efectivamente en el Congreso Nacional Extraordinario, de fechas 20 y 21 de febrero de 2015, se designó a dichas personas como miembros del TNE. f) En igual sentido, la inscripción de Lauro Muñoz Garay y Celso Sotomarino Chávez como miembros del TNE sí resulta procedente a la luz de una valoración integral de los documentos, declaraciones asimiladas y hechos no controvertidos, y en aplicación de los principios de presunción de veracidad y verdad material. g) Ante la situación de conflicto que existía en el PPC, el Consejo Consultivo del partido político, a propuesta del mismo presidente fundador, designó una "Comisión Especial" o "Comisión Delegada" integrada por 3 miembros del citado Consejo Consultivo (Armando Buendía Gutiérrez, Celso Sotomarino Chávez y Mario Castillo Freyre), la cual se creó con el objetivo de promover el diálogo y actuar de mediador entre ambos grupos en discrepancia (el grupo del presidente del partido, por un lado, y el grupo de dirigentes y militancia encabezados por la expresidenta del partido, Lourdes Flores Nano, por el otro) y llegar a acuerdos de consenso para el adecuado funcionamiento del partido. Además, la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo tuvo como uno de sus principales propósitos proponer la conformación de un TNE que ofreciera garantías de imparcialidad. h) Los representantes de los grupos en discrepancia, "en el marco de sus reuniones de trabajo", con fecha 13 de diciembre de 2014, arribaron a un acuerdo integral de solución, tal como se acredita con el documento denominado "Acuerdos ante la Comisión designada por el Consejo Consultivo del Partido Popular Cristiano" (fojas 142 a 145), en donde se señala que: "la Comisión ha sostenido un diálogo fluido con los representantes de la presidencia del partido, señores Rafael Yamashiro Oré y Jaime Zea Usca y con los representantes del Comité impulsor del Congreso Nacional Extraordinario, señores Javier Bedoya de Vivanco y Alberto Valenzuela Soto". En otro punto, se acordó que el Comité Ejecutivo Nacional del PPC (en adelante, CEN) convocaría a un Congreso Nacional Extraordinario y Estatutario entre el 20 y 22 de febrero de 2015. i) Complementando lo acordado en diciembre de 2014, los miembros de la "Comisión Especial" delegada del Consejo Consultivo y los representantes de las partes en conflicto, con fecha 16 de febrero de 2015, adoptaron acuerdos adicionales para materializarse en el Congreso Nacional Extraordinario que se iniciaría el día 20 de febrero de 2015. Estos nuevos acuerdos se plasmaron en el documento denominado "Acuerdo ante el Consejo Consultivo del Partido Popular Cristiano" (fojas 146 a 148). En el numeral 1 de dicho acuerdo, se hace referencia expresa a que en el Congreso Nacional Extraordinario y Estatutario convocado para los días 20 y 21 de febrero de 2015, se trataría como parte de la agenda los puntos que se desarrollan en dicho documento. Un acuerdo fundamental fue el consignado en el numeral 9 que señala que la "Comisión Especial" asistiría al partido en las decisiones que debía adoptar el Congreso Partidario de los días 20 y 21 de febrero de 2015, e incluso en el curso de las actividades y decisiones del partido hasta la conclusión del proceso político con las elecciones generales de 2016. j) Así pues, la labor de asistencia permanente hasta la conclusión de las elecciones generales de 2016 fue aceptada por las partes en controversia y ratificada por el Congreso Nacional, delegando esa potestad en la "Comisión Especial" delegada del Consejo Consultivo. k) En efecto, reunido el Congreso Nacional Extraordinario, los días 20 y 21 de febrero de 2015, además de nombrar a Ernesto Álvarez Miranda y Alejandro Castagnola Pinillos, como nuevos miembros del TNE, a propuesta de la citada "Comisión Especial", se acordó validar su papel para atender todo asunto en el curso de las actividades y decisiones del partido hasta la conclusión de las elecciones generales de 2016. l) La omisión del acta del citado congreso, respecto de dos acuerdos fundamentales (la designación de miembros del TNE y la delegación de funciones de asistencia en la "Comisión Especial" hasta las elecciones generales de 2016, se suple con los acuerdos de la "Comisión Especial" designada por el Consejo Consultivo, de fechas 13 de

diciembre de 2014, 16 de febrero y 19 de noviembre 2015; y, además, con el documento de ratificación de actos ejecutados por el Consejo Consultivo del PPC (fojas 335 y 336), que presentaron con el escrito de subsanación de observaciones. m) Faltando pocos días para que se lleve a cabo el proceso de elecciones internas de autoridades territoriales partidarias, convocadas para el 22 de noviembre de 2015, ante la renuncia de María Magdalena Pazos Arnáez, se encontraron en el TNE en una situación que determinaba la imposibilidad de tan siquiera sesionar, ya que este órgano electoral requiere para su instalación un mínimo de 3 miembros. Esta renuncia impedía su funcionamiento y, por ende, la realización de las elecciones territoriales que, a su vez, son la base para la elección de los miembros natos del Congreso Ordinario, con lo cual no había posibilidad de elegir a la nueva Directiva Nacional y, en consecuencia, la conducción del partido estaría en manos de autoridades con mandato vencido. En este escenario excepcional, y ante la cercanía de las elecciones internas, se buscó una solución lo más ajustada posible al mandato legal y estatutario, que permitiera llevar a cabo el acto electoral, prescindiendo de la convocatoria a un Congreso Nacional Extraordinario. n) Por ello, los doctores Armando Buendía Gutiérrez y Mario Castillo Freyre conocedores de la ratificación de la delegación de facultades que el Congreso Nacional Extraordinario, del 20 y 21 de febrero de 2015, le había efectuado a la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo del PPC, emitieron el acuerdo, de fecha 19 de noviembre de 2015 (fojas 149 y 150), integrando el TNE con los militantes Celso Sotomarino Chávez y Lauro Muñoz Garay. En dicho acuerdo los dos distinguidos juristas señalaron que la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo fue constituida para asistir al partido en las decisiones que debía adoptar en el curso de las actividades y decisiones del partido hasta la conclusión de las elecciones generales de 2016. Por lo tanto, la intervención de la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo se realizó en mérito a las facultades que el Congreso Nacional Extraordinario, de fechas 20 y 21 de febrero de 2015, le confirió. o) Así, la designación de Celso Sotomarino Chávez y Lauro Muñoz Garay por parte de la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo, obedeció a una situación de emergencia ante la inminencia del proceso electoral interno, con el claro propósito de garantizar el funcionamiento del TNE como órgano autónomo, y se realizó en mérito a un acuerdo político interno válidamente adoptado. p) De esta forma, consideran que el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, aplicando los principios de presunción de veracidad y de verdad material, deberá suplir el vacío del acta del Congreso Nacional Extraordinario realizado los días 20 y 21 de febrero de 2015, y determinar la veracidad del acuerdo de ratificación de delegación de facultades en la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo, en mérito a los siguientes documentos: i) documento denominado "Acuerdos ante la Comisión designada por el Consejo Consultivo del Partido Popular Cristiano", de fecha 13 de diciembre de 2014 (fojas 142 a 145), ii) documento denominado "Acuerdo ante el Consejo Consultivo del Partido Popular Cristiano", adoptado el 16 de febrero de 2015 (fojas 146 a 148), iii) el hecho de que uno de los acuerdos no consignados en el Acta del Congreso Nacional Extraordinario, del 20 y 21 de febrero de 2015 (elección de Ernesto Álvarez Miranda y Alejandro Castagnola Pinillos como miembros del TNE), ya ha sido admitido como cierto y ha dado lugar a la inscripción correspondiente, y iv) el documento de ratificación de actos ejecutados por el Consejo Consultivo del PPC suscrito por la mayoría de miembros del citado Consejo Consultivo, de fecha 8 de mayo de 2017 (fojas 335 y 336), en donde distinguidas personalidades del PPC ratifican haber sido partícipes de las decisiones del Consejo Consultivo y del propio Congreso Partidario en el sentido de haberse ratificado la delegación en la "Comisión Delegada" del Consejo Consultivo y, por tanto, la plena validez del acuerdo adoptado el 19 de noviembre de 2015 (fojas 149 y 150), designando a los

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